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| Real Decreto Legislativo 8/2004, De 29 De Octubre, Por El Que Se Aprueba El Texto Refundido De La Ley Sobre Responsabilidad Civil Y Seguro En La Circulación De Vehículos A MotorArea: Protección Civil. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto Legislativo. Fecha: 29/10/2004 Estado: Vigente Tamaño:1 kb
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| Real Decreto 2063/2004, De 15 De Octubre, Por El Que Se Aprueba El Reglamento General Del Régimen Sancionador TributarioEl ejercicio de la potestad sancionadora regulada en el título IV de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se ajustará a las normas de procedimiento y demás disposiciones de desarrollo contenidas en este reglamento. Lo dispuesto en este reglamento también se aplicará en el ámbito de competencia normativa del Estado, de forma supletoria y en aquello en que resulte procedente, a la imposición de sanciones tributarias distintas de las establecidas en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Area: Economía. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 28/10/2004 Estado: Vigente Tamaño:2 kb
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| Orden Pre/3360/2004, De 14 De Octubre, Por La Que Se Regula La Información Complementaria Del Etiquetado De Los Productos Alimenticios Congelados Que Se Presenten Sin Envasar Y Se Establece El Método De Análisis Para La Determinación De La Masa De Glaseado.La Norma General de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios, aprobada por el Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, establece en el artículo 15 las indicaciones que han de formar parte del etiquetado de los productos sin envasar, haciendo en el apartado f) una referencia a que la denominación se acompañará de aquellos requisitos establecidos en el artículo 5, que se dispongan para esta modalidad de venta en las disposiciones específicas correspondientes. Area: Salud. Ambito: Nacional. Tipo: Orden. Fecha: 19/10/2004 Estado: Vigente Tamaño:7 kb
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| Orden Eha/3256/2004, De 30 De Septiembre, Por La Que Se Establecen Los Términos En Los Que Podrán Expedirse Certificados Electrónicos A Las Entidades Sin Personalidad Jurídica A Que Se Refiere El Artículo 35.4 De La Ley General Tributaria.Se podrán expedir certificados electrónicos a las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, cons- tituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptibles de imposición, a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria. Area: Internet y Administración Electrónica. Ambito: Nacional. Tipo: Orden. Fecha: 12/10/2004 Estado: Vigente Tamaño:138 kb
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| Real Decreto 1911/2004, De 17 De Septiembre, Por El Que Se Aprueba El Plan Estadístico Nacional, 2005-2008De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública, y con lo establecido en la disposición adicional cuarta de la Ley 4/1990, de 29 de junio, modificada por la disposición adicional segunda de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, las estadísticas incluidas en el Plan Estadístico Nacional son de cumplimentación obligatoria, sin perjuicio de que serán de aportación estrictamente voluntaria y, en consecuencia, sólo podrán recogerse previo consentimiento expreso de los interesados los datos susceptibles de revelar el origen étnico, las opiniones políticas, las convicciones religiosas o ideológicas y, en general, cuantas circunstancias puedan afectar a la intimidad personal o familiar. Area: Economía. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 02/10/2004 Estado: Vigente Tamaño:4344 kb
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| Real Decreto 1940/2004, De 27 De Septiembre, Sobre La Vigilancia De Las Zoonosis Y Los Agentes ZoonóticosEste Real Decreto tiene como finalidad asegurar la adecuada vigilancia de las zoonosis, los agentes zoonóticos y la resistencia a los antimicrobianos asociada, así como la debida investigación epidemiológica de los brotes de zoonosis, de forma que pueda recogerse la información necesaria para evaluar las fuentes y tendencias pertinentes. Area: Salud. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 01/10/2004 Estado: Vigente . Grupo: Inspección Técnica Salud y ConsumoTamaño:15 kb ,Real Decreto 1940/2004, De 27 De Septiembre, Sobre La Vigilancia De Las Zoonosis Y Los Agentes ZoonóticosEste Real Decreto tiene como finalidad asegurar la adecuada vigilancia de las zoonosis, los agentes zoonóticos y la resistencia a los antimicrobianos asociada, así como la debida investigación epidemiológica de los brotes de zoonosis, de forma que pueda recogerse la información necesaria para evaluar las fuentes y tendencias pertinentes. Area: Salud. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 01/10/2004 Estado: Vigente . Grupo: Sancionador SaludTamaño:15 kb
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| 2004:09-(Septiembre) |
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| Reglamento (Ce) No 854/2004 Del Parlamento Europeo Y Del Consejo De 29 De Abril De 2004 Por El Que Se Establecen Normas Específicas Para La Organización De Controles Oficiales De Los Productos De Origen Animal Destinados Al Consumo HumanoSe requieren normas específicas para la realización de controles oficiales de los productos de origen animal con objeto de tener en cuenta aspectos específicos asociados a esos productos. Area: Salud. Ambito: Europeo. Tipo: Reglamentos. Fecha: 29/04/2004 Estado: Vigente . Grupo: AlimentaciónTamaño:291 kb ,Reglamento (Ce) No 854/2004 Del Parlamento Europeo Y Del Consejo De 29 De Abril De 2004 Por El Que Se Establecen Normas Específicas Para La Organización De Controles Oficiales De Los Productos De Origen Animal Destinados Al Consumo HumanoSe requieren normas específicas para la realización de controles oficiales de los productos de origen animal con objeto de tener en cuenta aspectos específicos asociados a esos productos. Area: Salud. Ambito: Europeo. Tipo: Reglamentos. Fecha: 29/04/2004 Estado: Vigente . Grupo: Sancionador SaludTamaño:291 kb
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| Reglamento (Ce) Nº 852/2004 Del Parlamento Europeo Y Del Consejo De 29 De Abril De 2004, Relativo A La Higiene De Los Productos AlimenticiosUno de los objetivos fundamentales de la legislación alimentaria consiste en lograr un nivel elevado de protección de la vida y la salud de las personas, según establece el Reglamento (CE) no 178/2002 (4). Dicho Reglamento establece asimismo otros principios y definiciones comunes
para la legislación alimentaria comunitaria y nacional, incluyendo el objetivo de lograr la libre circulación de los alimentos en la Comunidad. Area: Salud. Ambito: Europeo. Tipo: Reglamentos. Fecha: 29/04/2004 Estado: Vigente . Grupo: AlimentaciónTamaño:1 kb ,Reglamento (Ce) Nº 852/2004 Del Parlamento Europeo Y Del Consejo De 29 De Abril De 2004, Relativo A La Higiene De Los Productos AlimenticiosUno de los objetivos fundamentales de la legislación alimentaria consiste en lograr un nivel elevado de protección de la vida y la salud de las personas, según establece el Reglamento (CE) no 178/2002 (4). Dicho Reglamento establece asimismo otros principios y definiciones comunes
para la legislación alimentaria comunitaria y nacional, incluyendo el objetivo de lograr la libre circulación de los alimentos en la Comunidad. Area: Salud. Ambito: Europeo. Tipo: Reglamentos. Fecha: 29/04/2004 Estado: Vigente . Grupo: Sancionador SaludTamaño:1 kb
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| Reglamento (Ce) Nº 853/2004 Del Parlamento Europeo Y Del Consejo De 29 De Abril De 2004 Por El Que Se Establecen Normas Específicas De Higiene De Los Alimentos De Origen AnimalDeterminados productos alimenticios pueden presentar peligros para la salud humana, y ello hace necesario el establecer normas higiénicas específicas. Así ocurre en particular con los alimentos de origen animal, con respecto a los cuales se han observado con frecuencia riesgos microbiológicos y químicos. Area: Salud. Ambito: Europeo. Tipo: Reglamentos. Fecha: 29/04/2004 Estado: Vigente . Grupo: AlimentaciónTamaño:1 kb ,Reglamento (Ce) Nº 853/2004 Del Parlamento Europeo Y Del Consejo De 29 De Abril De 2004 Por El Que Se Establecen Normas Específicas De Higiene De Los Alimentos De Origen AnimalDeterminados productos alimenticios pueden presentar peligros para la salud humana, y ello hace necesario el establecer normas higiénicas específicas. Así ocurre en particular con los alimentos de origen animal, con respecto a los cuales se han observado con frecuencia riesgos microbiológicos y químicos. Area: Salud. Ambito: Europeo. Tipo: Reglamentos. Fecha: 29/04/2004 Estado: Vigente . Grupo: Sancionador SaludTamaño:1 kb
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| Orden De 29 De Junio De 2004, Por La Que Se Regulan Los Técnicos Acreditados Y La Actuación Subsidiaria De La Consejería En Materia De Contaminación Acústica.se desarrollan cuestiones como los requisitos que deben cumplir los técnicos acreditados en materia de contaminación acústica mencionados en los artículos 38.2, 41.7 y 47 del Reglamento, que deben quedar convenientemente diferenciados de los mecanismos de habilitación del personal funcionario. También se determina el procedimiento para la acción, tanto subsidiaria como en auxilio de los Ayuntamientos, de la Consejería de Medio Ambiente en materia de prevención e inspección acústica, introducida en los artículos 48.3, 50 y 59.3 del Reglamento. Igualmente, se fija el contenido de los distintos tipos de informes de estudios y ensayos acústicos, referidos a las actividades descritas en los artículos 35 y 36 y en el Título V del Reglamento. Area: Medio Ambiente. Ambito: Andaluz. Tipo: Orden. Fecha: 08/04/2004 Estado: Vigente Tamaño:13 kb
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| Real Decreto 439/2004, De 12 De Marzo, Por El Que Se Aprueba El Plan Técnico Nacional De La Televisión Digital LocalEn la medida en que la capacidad del espectro lo permita, el Plan técnico nacional de la televisión digital local establece los canales múltiples para obtener la cobertura de las capitales de provincia y autonómicas y de los municipios con una población de derecho superior a 100.000 habitantes. No obstante, en la práctica, la puesta en servicio de algunos de estos canales múltiples requerirá la previa modificación de los canales de emisión de estaciones de televisión analógica. En la actualidad, resulta difícil determinar las estaciones de televisión analógica que se verán afectadas porque depende de los emplazamientos reales donde se sitúen las estaciones de televisión digital local y de sus características técnicas de radiación proyectadas, por lo que su identificación se realizará cuando se conozcan esas variables a partir de los proyectos técnicos de las instalaciones. Area: Leyes de Interés. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 08/04/2004 Estado: Vigente Tamaño:26 kb
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| Orden Sco/857/2004, De 17 De Marzo, Por La Que Se Modifica El Anexo Del Real Decreto 1917/1997, De 19 De Diciembre, Por El Que Se Establecen Las Normas De Identidad Y Pureza De Los Aditivos Alimentarios Distintos De Colorantes Y Edulcorantes Utilizados En Los Productos Alimenticios. Se modifica el anexo del Real Decreto 1917/1997, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de Identidad y Pureza de los aditivos alimentarios distintos de colorantes y edulcorantes, utilizados en los productos alimenticios, se sustituyen los criterios de identidad y pureza del aditivo: E-251 Nitrato sódico sólido, y se establecen los criterios de pureza para la presentación del Nitrato sódico líquido. Area: Salud. Ambito: Nacional. Tipo: Orden. Fecha: 02/04/2004 Estado: Vigente . Grupo: AlimentaciónTamaño:317 kb
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| Real Decreto 480/2004, De 26 De Marzo, Por El Que Se Modifica El Real Decreto 490/1998, De 27 De Marzo, Por El Que Se Aprueba La Reglamentación Técnico-Sanitaria Específica De Los Alimentos Elaborados A Base De Cereales Y Alimentos Infantiles Para Lactantes Y Niños De Corta Edadpara proteger mejor la salud de los lactantes y niños de corta edad, se han establecido requisitos adicionales que se pueden hacer cumplir mediante los métodos analíticos más avanzados, independientemente del origen del producto, aun cuando no se hayan utilizado para los alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles. Area: Salud. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 02/04/2004 Estado: Vigente . Grupo: Sancionador ConsumoTamaño:5 kb
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| 2004:03-(Marzo) |
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| 2004:01-(Enero) |
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| 2003:11-(Noviembre) |
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| 2003:09-(Septiembre) |
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| 2003:07-(Julio) |
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| 2003:05-(Mayo) |
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