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| Resolución De 14 De Junio De 2001, De La Secretaría General De Medio Ambiente, Por La Que Se Dispone La Publicación Del Acuerdo De Consejo De Ministros, De 1 De Junio De 2001, Por El Que Se Aprueba El Plan Nacional De Lodos De Depuradoras De Aguas Residuales 2001-2006.
El Consejo De Ministros, En Su Reunión De 1 De Junio De 2001, Adoptó, Entre Otros, Un Acuerdo Por El Que Se Aprueba El Plan Nacional De Lodos De Depuradoras De Aguas Residuales 2001-2006. a gestión de Iodos de las depuradoras de aguas residuales-EDAR (LD), código CER 190805, tiene con respecto a otros tipos de residuos la peculiaridad de que ciertos usos y posibilidades de reciclaje están regulados por normas específicas, algunas de carácter agronómico al existir la posibilidad de utilizarlos como abonos y enmiendas orgánicas en los suelos. En este sentido cabe mencionar la Directiva 86/278/CEE, relativa a la protección del medio ambiente y en particular de los suelos en la utilización de los Iodos con fines agrícolas. Esta Directiva regula las condiciones en que podrán ser aplicados los LD a los suelos agrícolas, condiciones tendentes a la protección del posible efecto nocivo sobre las aguas, el suelo, la vegetación, los animales y el propio hombre. Area: Medio Ambiente. Ambito: Nacional. Tipo: Resolución. Fecha: 12/07/2001. Grupo: LimpiezaTamaño:127 kb
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| 2001:05-(Mayo) |
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| 2001:03-(Marzo) |
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| 2001:01-(Enero) |
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| 2000:11-(Noviembre) |
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| 2000:09-(Septiembre) |
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| 2000:07-(Julio) |
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| 2000:04-(Abril) |
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| 2000:01-(Enero) |
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| 1999:11-(Noviembre) |
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| Ley 7/1999, De 29 De Septiembre, De Bienes De Las Entidades Locales De AndalucíaA grandes rasgos, se puede afirmar que los objetivos que pretende alcanzar esta ley son los siguientes:
a. Actualizar determinadas materias relacionadas con los bienes y el patrimonio de las entidades locales mediante la utilización de figuras jurídicas procedentes del derecho privado, de dudosa aplicación en el vigente ordenamiento público; en este sentido, cabría destacar la regulación que se hace de la permuta de cosa futura, de la aportación a las sociedades municipales de bienes patrimoniales e incluso de concesiones administrativas, del desahucio administrativo.
b. Adaptar las facultades de disposición del patrimonio a los nuevos modos y figuras del mercado inmobiliario.
c. Innovar algunos aspectos, ya que, además de contener el régimen jurídico sobre los patrimonios de las entidades locales, extiende su regulación a los de sus organismos autónomos y sociedades mercantiles.
d. Dar respuesta a antiguos y graves problemas existentes en un número elevado de entidades locales de imposible solución sin este tratamiento legislativo, y que al afectar normalmente a sectores socialmente desfavorecidos o a terceras personas actuantes de buena fe justifican plenamente el carácter excepcional de la disposición.
Publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, número 124, de 26 de octubre de 1999. Area: Patrimonio,Junta de Andalucía. Ambito: Andaluz. Tipo: Leyes. Fecha: 26/10/1999 Estado: Vigente Tamaño:38 kb
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| Orden De 8 De Octubre De 1999, Por La Que Se Regula El Pago Del Ingreso Mínimo De Solidaridad Establecido En El Decreto 2/1999, De 12 De Enero.La presente Orden tiene por objeto desarrollar el régimen de pago del Ingreso Mínimo de Solidaridad, establecido por el Decreto 2/1999, de 12 de enero, por el que se regula el Programa de Solidaridad de los Andaluces para la Erradicación de la Marginación y la Desigualdad en Andalucía. Area: Bienestar Social. Ambito: Andaluz. Tipo: Orden. Fecha: 26/10/1999 Colectivo: Otros Estado: Vigente Tamaño:3 kb
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| 1999:07-(Julio) |
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| 1999:04-(Abril) |
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| 1999:02-(Febrero) |
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| 1998:11-(Noviembre) |
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Los textos consolidados no tienen validez oficial y no sustituyen a los publicados en los diarios oficiales, que son los únicos instrumentos que dan fe de su autenticidad