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| Ley 27/2003, De 31 De Julio, Reguladora De La Orden De Protección De Las Víctimas De La Violencia DomésticaLa violencia ejercida en el entorno familiar y, en particular, la violencia de género constituye un grave problema de nuestra sociedad que exige una respuesta global y coordinada por parte de todos los poderes públicos. La situación que originan estas formas de violencia trasciende el ámbito meramente doméstico para convertirse en una lacra que afecta e involucra a toda la ciudadanía. Resulta imprescindible por ello arbitrar nuevos y más eficaces instrumentos jurídicos, bien articulados técnicamente, que atajen desde el inicio cualquier conducta que en el futuro pueda degenerar en hechos aún más graves. Es necesaria, en suma, una acción integral y coordinada que aúne tanto las medidas cautelares penales sobre el agresor, esto es, aquellas orientadas a impedir la realización de nuevos actos violentos, como las medidas protectoras de índole civil y social que eviten el desamparo de las víctimas de la violencia doméstica y den respuesta a su situación de especial vulnerabilidad. Area: Bienestar Social. Ambito: Nacional. Tipo: Leyes. Fecha: 01/08/2003 Colectivo: Menores y familia, Mujer, Población general Estado: Vigente Tamaño:9 kb
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| Ley 2/2003, De 12 De Mayo, De Ordenación De Los Transportes Urbanos Y Metropolitanos De Viajeros En AndalucíaArea: Movilidad Tráfico y Transportes. Ambito: Andaluz. Tipo: Leyes. Fecha: 18/06/2003 Estado: Vigente Tamaño:1 kb
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| Decreto 135/2003, De 20 De Mayo, Por El Que Se Desarrolla La Situación Administrativa De Segunda Actividad De Los Funcionarios De Los Cuerpos De La Policía Local De AndalucíaLa Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales regula en su Título IV, Capítulo II, Sección 2.ª, la situación administrativa de segunda actividad, según la cual ésta se desarrollará en otro puesto de trabajo adecuado a la categoría que se ostente y determinado por el Municipio, preferentemente en el área de seguridad, y si ello no fuese posible, en otros servicios municipales. Area: Policía Local. Ambito: Andaluz. Tipo: Decretos. Fecha: 12/06/2003 Estado: Vigente Tamaño:90 kb
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| Decreto 144/2003, De 3 De Junio, De La Inspección De TurismoArea: Turismo. Ambito: Andaluz. Tipo: Decretos. Fecha: 10/06/2003 Estado: Vigente . Grupo: GeneralTamaño:19 kb
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| Real Decreto 682/2003, De 7 De Junio, Por El Que Se Regula El Sistema De Tramitación Telemática A Que Se Refiere El Artículo 134 Y La Disposición Adicional Octava De La Ley 2/1995, De 23 De Marzo, De Sociedades De Responsabilidad LimitadaCon este Real Decreto se da carta de naturaleza a la simplificación de los trámites de constitución de empresas y a la utilización de la información necesaria para ayudar a los emprendedores a convertirse en empresarios. Con este fin, el Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE) se concibe como una red de puntos de asesoramiento e inicio de tramitación Area: Leyes de Interés. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 10/06/2003 Estado: Vigente Tamaño:20 kb
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| Decreto 123/2003, De 6 De Mayo, Por El Que Se Aprueba El I Plan Andaluz Del Voluntariado En AndalucíaSe aprueba el I Plan Andaluz del Voluntariado en Andalucía 2003-2005 como instrumento de planificación y coordinación de todas las actuaciones de la Administración de la Comunidad Autónoma en materia de Voluntariado, el cual se desarrollará en colaboración con otras entidades y organismos
públicos y privados Area: Junta de Andalucía. Ambito: Andaluz. Tipo: Decretos. Fecha: 04/06/2003 Estado: Vigente Tamaño:2374 kb
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| Ordenanza Municipal Reguladora De Las Viviendas De Protección Local (V.P.L)Se define como Vivienda de Protección Local (V.P.L.) aquella edificación de carácter residencial que por su destino, dimensiones, calidades y precio le es aplicable la normativa del Plan General de Ordenación Urbana de Granada en materia de vivienda protegida y su implantación contribuye al acceso a la primera vivienda a aquellos sectores de la población necesitados de un domicilio habitual y permanente
Esta calificación será aplicable a toda vivienda considerada de protección en el plan general de Granada resultante del desarrollo del Suelo Urbanizable y será optativo por el Promotor su conjugación con las Viviendas de Protección Pública reguladas por la Comunidad Autónoma Andaluza.
El plazo de duración de la calificación de protección local será de quince años, no pudiendo descalificarse bajo ningún concepto. Area: Vivienda y Suelo. Ambito: Local. Tipo: Ordenanzas. Fecha: 03/06/2003Tamaño:8 kb
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| 2003:04-(Abril) |
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| 2003:02-(Febrero) |
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| 2002:12-(Diciembre) |
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| 2002:10-(Octubre) |
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| 2002:08-(Agosto) |
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| 2002:06-(Junio) |
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| 2002:04-(Abril) |
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| 2002:02-(Febrero) |
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| 2001:12-(Diciembre) |
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| 2001:10-(Octubre) |
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