Bodas y Palacios

Información general


Ordenanza reguladora de la concesión de edificios y dependencias municipales
Resumen: Esta ordenanza tiene por objeto la regulación de la utilización privativa de las dependencias municipales que tengan la condición de bienes de dominio público que así se determinen por la Corporación Municipal, a cualquier ciudadano, entidades públicas o privadas para la realización por éstas de toda clase de actos sociales o comerciales, tales como comidas, cenas, exposiciones y congresos, grabaciones de todo tipo de carácter publicitario, para las que el Ayuntamiento autorice su uso temporal, conforme a la legislación vigente

Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Utilización de Edificios Municipales
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Solicitud para la concesión de edificios municipales
Solicitud donde se debe especificar la Dependencia o Palacio solicitado, uso concreto, fecha y hora del acto, fecha de utilización, montaje y desmontaje de los elementos que sean autorizados por el Ayuntamiento, en el caso de que la actividad solicitada implicase la utilización de los servicios de una empresa de catering, identificación de la misma, además deberá acompañarse resguardo del pago del depósito previo que establece la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Utilización de Edificios Municipales vigente en el momento de la celebración del acto autorizado.

Ordenanza de la autorización y celebración de matrimonios civiles
Resumen: Esta ordenanza tiene por objeto la regulación de la autorización y celebración de matrimonios civiles en el término municipal del Ayuntamiento de Granada por el Alcalde de la ciudad o, en su caso, por el concejal en quien éste delegue, en los términos establecidos en el Código Civil y demás disposiciones vigentes.

Solicitud para ceremonía de Boda Civil
Solicitud donde se deben especificar los datos de los contrayente, el palacio solicitado, la fecha y la hora de la ceremonia de boda civil, una vez han sido confirmados en el Departamente de Gestión de Palacios, acompañada de lso DNI de los contrayentes, el justificante del pago de la tasa de utilización de edifcios municpales para bodas civiles, en el caso de realizarse en el mismo año d ela solicitud, así como , atuorización judifical del Registro Civil para oficiar la boda civil en el Ayuntamiento de Granada.

Más información

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Delegación de Fiestas Mayores y Protocolo

Avda. de las Fuerzas Armadas nº 4, ed. C, Bajo Ver detalles y plano 18071 GRANADA
Horario Oficina
De lunes a viernes de 10.30 a 13.00 horas
Visita de jardines
Desde al 1 de Abril hasta el 14 de Octubre
Laborables: de 10,00 a 14,00 y de 18,00 a 20,00 horas
Sábados, domingos y festivos de 10,00 a 20,00 ininterrumpidamente.
desde el 15 de Octubre hasta el 31 de marzo
Laborables: de 10,00 a 14,00 y de 16,00 a 18,00 horas
Sábados, domingos y festivos, horario de 10,00 a 18,00 ininterrumpidamente.
(Este horario podría sufrir modificaciones dependiendo de los eventos que se celebren en los Palacios)
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