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Moción del Grupo Municipal Socialista relativa a fomento de medidas para una Contratación Pública Socialmente Responsable en el Ayuntamiento de Granada.
Fecha del Pleno:
26/02/2016
Número de acuerdo:
51/2016
Grupos políticos:
Grupo Municipal Socialista
Fases:
Moción:
La siguiente moción también corresponde al Grupo Municipal Socialista y es relativa a fomento de medidas para una Contratación Pública socialmente responsable en el Ayuntamiento de Granada. Para exponer la moción, que se transcribe literalmente a continuación, interviene su Portavoz, D. Francisco Cuenca Rodríguez:
“La contratación pública por parte de un Ayuntamiento, de sus empresas y de sus organismos autónomos debe ser una herramienta para la justicia y la cohesión social, la redistribución de la riqueza y la igualdad, y debe estar servicio de la ciudadanía para el cumplimiento de unas políticas sociales más efectivas, no siendo sólo un medio para la gestión de obras o servicios en las condiciones económicamente más ventajosas.
Desde el Grupo Municipal Socialista creemos en una Contratación Pública Socialmente Responsable que nos permita disponer de nuevas herramientas de política social como la inserción laboral, la igualdad de género o la calidad en el empleo. Por esto se hace necesario entender e impulsar la contratación pública como palanca de cambio en materia de generación de empleo.
En el pleno ordinario del pasado mes de enero, el Grupo Municipal Socialista preguntó sobre los criterios sociales que se han establecido en los pliegos para la contratación pública desde el año 2011, haciendo referencia a la moción presentada en septiembre de ese mismo año por este Grupo. La respuesta se basó en varios ejemplos que están muy lejos de lo que se planteaba en dicha iniciativa. De hecho, los pliegos de este Ayuntamiento fijan su puntuación en función a la oferta económica más ventajosa, dejando el programa de trabajo o el proyecto técnico en un segundo plano y descartando la inclusión de cláusulas sociales para la generación de empleo, por ejemplo, entre los colectivos más vulnerables de nuestra ciudad.
Es público, además, que otros ayuntamientos incorporan este tipo de criterios sociales en su contratación pública. Y yendo más allá, en numerosos Ayuntamientos españoles ya se ha redactado una instrucción o acuerdo genérico para la implantación de cláusulas sociales en la contratación pública.
En las últimas semanas, a través de una sentencia, el Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid ha avalado la inclusión de criterios sociales, sentencia que ha servido para emitir un juicio general sobre la inclusión de requisitos sociales en los pliegos de contratación
En este ámbito, es necesario destacar que:
- la Constitución Española en su artículo 40.1 impone a los poderes públicos la obligación de promover el progreso social y económico, una distribución de la renta más equitativa y una política orientada al pleno empleo con el objetivo de garantizar la igualdad efectiva y la plena participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica y social (artículo 9.2 de la CE) sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social (artículo 14 CE), promover la formación y readaptación profesional y la seguridad e higiene en el trabajo (artículo 40.2 CE), o la integración de los ‘disminuidos’ físicos, sensoriales y psíquicos (artículo 49 CE).
- el Estatuto de Autonomía para Andalucía en su artículo 174 establece que las Administraciones Públicas de Andalucía, en el marco de sus competencias, y en el ámbito de la contratación adoptarán medidas relativas (entre otras) a la inserción laboral de los colectivos más desfavorecidos.
- el considerando 90 de la Directiva Europea sobre contratación pública (Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014), señala que “la adjudicación de los contratos debe basarse en criterios objetivos que garanticen el respeto de los principios de transparencia, no discriminación e igualdad de trato (…)”.
- Por otro lado, la reciente aprobación de la Ley 31/2015 de 9 de septiembre de 2015, que actualiza la normativa en materia de autoempleo e incluye medidas de fomento y promoción de la economía social, obliga a las entidades públicas a fijar una reserva de mercado de la siguiente manera: “se fijarán porcentajes mínimos de reserva del derecho a participar en los procedimientos de adjudicación de determinados contratos o de determinados lotes de los mismos a Centros Especiales de Empleo y a Empresas de Inserción”.
En los últimos meses estamos asistiendo a la publicación de numerosas noticias sobre la inclusión de cláusulas sociales en diferentes administraciones públicas, pero tal y como avisa la consultoría de cláusulas sociales y transparencia De Par En Par, “aconsejamos tanto no quedarse cortos como no excederse, elegir las temáticas sociales de forma cuidadosa, adaptar las cláusulas a las características de los contratos (…), establecer cláusulas objetivas o aritméticas, acompañarlas de sistemas de transparencia máxima, realizar procesos participativos…”. Por este motivo es necesaria la redacción de una Instrucción municipal relativa a la implantación de cláusulas sociales en nuestra contratación pública.
En este sentido proponemos para su aprobación en el pleno, los siguientes
acuerdos:
1. Creación de una mesa técnica en la que se redacte una Instrucción relativa a la incorporación de cláusulas sociales en los contratos celebrados por este Ayuntamiento, organismos autónomos o empresas municipales.
2. Incorporar criterios sociales en los contratos públicos del Ayuntamiento de Granada, por sus organismo autónomos, empresas municipales o aquellas entidades cuyo capital social esté participado mayoritariamente por la corporación local, con el objetivo de insertar laboralmente a las personas en situación de exclusión social y/o personas discapacitadas; introducir principios de calidad en el empleo; fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres; y procurar la accesibilidad universal para todas las personas.
3. Reservar determinados contratos administrativos de obras, suministros o servicios, a Centros Especiales de Empleo y Empresas de Inserción en base a la Ley 31/2015 de 9 de septiembre de 2015, todo ello en el marco fijado por el Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
4. Creación de una Comisión de Contratación Responsable encargada de la aplicación de estas propuestas.”
Durante el debate de la moción se producen las siguientes intervenciones:
Por el Equipo de Gobierno responde el Sr. D. Sebastián Jesús Pérez Ortiz, Teniente de Alcalde Delegado de Presidencia, Contratación y Transparencia que dice no dudar de la buena voluntad del grupo socialista con la presentación de esta iniciativa pero que tiene que hacer una serie de consideraciones al respecto; en primer lugar señala que es conocido por todos que se tienen que cumplir tanto las leyes estatales como las europeas en materia de contratos, cometiendo fraude de ley si esto no fuera así; piensa que en el área de contratación ha habido un importante avance en esas materias, siendo referente este Ayuntamiento en políticas de integración y contratación, con colaboraciones de nuestros técnicos municipales de manera activa con otras instituciones, destacando la ponencia que han realizado sobre la contratación política de acercamiento y atención de las mujeres que ejercen la prostitución de calle, pisos y locales de Granada.
Asegura que se van abordando las cuestiones que el grupo socialista plantea, que aprobar esta moción sería entrar en una contradicción y fraude de ley, como así lo atestigua e indica un informe del Director General del Área, y que además consultados los técnicos, funcionarios y el Director General dicen que no es necesario.
Insiste en que el Ayuntamiento en todos sus contratos tiene y estipula anexos en donde ponen de relieve la sensibilidad de las cuestiones que aquí se han planteado, y que se podría entrar en contradicción y en fraude de ley, anunciando que votarán en contra de la moción.
Por su parte el Sr. Cuenca quiere que conste su petición de que le remita el informe al que alude en su intervención el Sr. Pérez Ortiz, cuestión que le parece imprescindible.
Afirma que en pro de la lógica, y sin posibilidad de caer en fraude de ley, se remite a la Ley 31/2015, de 9 de septiembre que actualiza la normativa en materia de empleo y autoempleo, y que plantea la inclusión de medidas de fomento y promoción de la economía, que obliga literalmente a las entidades públicas a fijar una reserva de mercado, especificando, según explica, lo que ellos plantean en el petitum.
Considera que no se trata solo de tener buena voluntad sino de cumplir la ley y ser socialmente comprometidos, insistiendo en que lo que quieren es que se cumpla la normativa en materia de seguimiento de los contratos y que se apliquen a éstos criterios de economía social.
Se inicia el turno de posicionamiento de voto del resto de los grupos políticos interviniendo en primer lugar el Portavoz del Grupo Municipal IUAS-GPG, D. Francisco Puentedura Anllo que recuerda que todos los años se presenta una moción de este tipo, con la diferencia de la incorporación de la última normativa al respecto, y que en todas las mociones se habla de ese informe jurídico, que de lo que habla no es de las cláusulas o procedimientos de contratación pero que dice que se puede hacer en las condiciones de ejecución de los contratos.
Señala que no está de acuerdo con la petición de creación de una nueva comisión, porque ya existe la de presidencia y contratación, que entiende que tendría que asumir este asunto, y anuncia que votará a favor, matizando que se apruebe o no esta moción, al final no se ejecuta.
Igualmente y para mostrar el posicionamiento de voto de su equipo interviene la Portavoz del Grupo Municipal “Vamos, Granada”, Dña. Marta Gutiérrez Blasco, que agradece al grupo socialista que haya presentado esta iniciativa porque, según explica, ellos estaban preparando una muy similar, que se está presentando en todos los Ayuntamientos del cambio y de los que duda mucho que estén incumpliendo la legalidad, poniendo como ejemplo el Ayuntamiento de Ahora Madrid.
En cuanto a la moción señala que ellos quieren que se incluyan también medidas medioambientales al respecto marcadas por directivas europeas.
Por el Grupo Municipal Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C´s), su Concejal D. Raúl Fernando Fernández Asensio, manifiesta que su grupo no va a presentar una moción de este estilo no solo porque va a aprobar esta, sino porque entiende que junto a los criterios que tienen que regir en la contratación también se deben incluir criterios sociales, los cuales considera que tienen que ser objetivos; reitera en su apoyo a la moción.
Por su parte el Sr. Pérez Ortiz dice haber hecho una exposición de motivos basada en el informe emitido por los servicios técnicos y el Director General del Área de Contratación.
Declara que cada grupo es libre de tomar la decisión que estime oportuna, e insiste en que se están acometiendo los criterios que se plantean en la moción hasta donde les permite la ley, que fuera de ahí se está en fraude de ley, y que no se trata de un matiz político.
Asegura que quieren respetar esa nueva ley aludida por el Sr. Cuenca en su intervención, que no es verdad que no se tengan en cuenta cláusulas sociales en los contratos del Ayuntamiento, tal y como se expone en la iniciativa, y que votando a favor se deja en evidencia no al Equipo de Gobierno sino a los funcionarios y técnicos de esta casa.
Cerrando el debate el Sr. Cuenca señala que está clara la distancia que tienen ambos en cuanto a la visión y al modelo; agradece el apoyo del resto de los grupos municipales, y dice que no es una cuestión de cuantificar ni medir sino cuestiones de necesidad, que vienen recogidas en una ley con aplicación y entrada en vigor a partir de noviembre de 2015.
Por último invita a revisar juntos los peros técnicos que hay, e insiste en la aplicación de la nueva ley, advirtiendo que como la iniciativa se va a aprobar, de acuerdo al posicionamiento de voto mostrado por el resto de los grupos, exigirán su cumplimento.
Tras el debate, se somete a votación la moción obteniéndose el siguiente resultado:
- 16 votos a favor emitidos por los 8 Corporativos del Grupo Municipal Socialista, Sres./Sras.: D. Francisco Cuenca Rodríguez, Dña. Ana María Muñoz Arquelladas, D. Baldomero Oliver León, Dña. María Raquel Ruz Peis, D. Miguel Ángel Fernández Madrid, Dña. Jemima Sánchez Iborra, D. Eduardo José Castillo Jiménez y Dña. María de Leyva Campaña, los 4 Corporativos del Grupo Municipal de Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C’s), Sres./Sras.: D. Luis Miguel Salvador García, D. Manuel José Olivares Huertas, Dña. Lorena Rodríguez Torres y D. Raúl Fernando Fernández Asensio, los 3 Corporativos del Grupo Municipal Vamos, Granada, Sres./Sras.: Dña. Marta Gutiérrez Blasco, D. Luis de Haro-Rossi Giménez y Dña. María del Pilar Rivas Navarro y 1 Corporativo del Grupo Municipal de IUAS-GPG, Sr. D. Francisco Puentedura Anllo.
- 11 votos en contra emitidos por los Corporativos del Grupo Municipal del Partido Popular, Sres./Sras.: D. José Torres Hurtado, D. Sebastián Jesús Pérez Ortiz, Dña. Isabel María Nieto Pérez, D. Fernando Arcadio Egea Fernández-Montesinos, Dña. María Rocío Díaz Jiménez, D. Juan Manuel García Montero, D. Juan Antonio Fuentes Gálvez, Dña. María Francés Barrientos, D. Ruyman Francisco Ledesma Palomino, Dña. María Telesfora Ruiz Rodríguez y Dña. Raquel Fernández Cruz.
En consecuencia, el Ayuntamiento Pleno
acuerda
por mayoría (16 votos a favor y 11 votos en contra)
aprobar
la moción del Grupo Municipal Socialista relativa a fomento de medidas para una Contratación Pública Socialmente Responsable en el Ayuntamiento de Granada, cuyo texto íntegro se ha transcrito literalmente al comienzo del presente acuerdo
.
Incidencias:
Página actualizada el: 01/08/2016 10:37
URL:
http://www.granada.org/segmociones.nsf/byclave/A9A1C27E71E83AEDC12580020029293A