La siguiente moción también ha sido presentada por el Grupo Municipal de Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C’s), siendo presentada por su Concejal, D. Raúl Fernández Asensio, relativa a propuesta para la regulación de la tasa por utilización del dominio público de instalaciones de transporte de energía.
Durante la exposición de la moción, el Sr. Fernández Asensio pide que conste en acta que quiere modificar el punto primero del
petitum de forma que diga lo siguiente:
“1. Que los servicios jurídicos y administrativos del Ayuntamiento de Granada procedan al estudio de las sentencias anteriormente señaladas, procediendo, en su caso, a cuantificar y reclamar la tasa por la utilización del dominio público para instalaciones de transporte de energía, previa auditoría técnica del grado de afectación de dicho dominio público en nuestro municipio.”
Durante el transcurso del debate se producen las siguientes intervenciones:
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Tras el debate se somete a votación la moción con la modificación propuesta durante su exposición, obteniéndose el siguiente resultado:
- 26 votos a favor emitidos por los 10 Corporativos presentes del Grupo Municipal del Partido Popular, Sres./Sras.: D. Fernando Arcadio Egea Fernández-Montesinos, Dña. María Rocío Díaz Jiménez, D. Juan Manuel García Montero, Dña. María Francés Barrientos, D. Ruyman Francisco Ledesma Palomino, Dña. María Telesfora Ruiz Rodríguez, Dña. Raquel Fernández Cruz, D. Antonio Jesús Granados García, D. Rafael Francisco Caracuel Cáliz y Dña. Inmaculada Puche López, los 8 Corporativos del Grupo Municipal Socialista, Sres./Sras.: D. Francisco Cuenca Rodríguez, Dña. Ana María Muñoz Arquelladas, D. Baldomero Oliver León, Dña. María Raquel Ruz Peis, D. Miguel Ángel Fernández Madrid, Dña. Jemima Sánchez Iborra, D. Eduardo José Castillo Jiménez y Dña. María de Leyva Campaña, los 4 Corporativos del Grupo Municipal de Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C’s), Sres./Sras.: D. Manuel José Olivares Huertas, Dña. Lorena Rodríguez Torres, D. Raúl Fernando Fernández Asensio y Dña. Mª del Mar Sánchez Muñoz, los 3 Corporativos del Grupo Municipal Vamos, Granada, Sres./Sras.: Dña. Marta Gutiérrez Blasco, D. Luis de Haro-Rossi Giménez y Dña. María del Pilar Rivas Navarro y 1 Corporativo del Grupo Municipal de IUAS-GPG, Sr. D. Francisco Puentedura Anllo.
- 1 abstención por ausencia del Sr. Corporativo del Grupo Municipal Popular, D. Juan Antonio Fuentes Gálvez.
En consecuencia, el Ayuntamiento Pleno
acuerda por mayoría (26 votos a favor y 1 abstención)
aprobar la Moción del Grupo Municipal de Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C’s) relativa a propuesta para la regulación de la tasa por utilización del dominio público de instalaciones de transporte de energía, cuyo texto, tras la inclusión de la modificación del primer punto de la parte dispositiva propuesta durante la exposición de la moción, literalmente dice:
“Exposición de motivos.
La Ley Reguladora de las Haciendas Locales estableció en 2004 que las compañías eléctricas, con sus tendidos de todo tipo de tensión, las empresas de gas, de agua e hidrocarburos deben de pagar a los municipios a los que suministren por aire, suelo o subsuelo un 1.5 % de su facturación en el término local, y que también están obligadas a pagar por atravesar los municipios, aunque no les suministren. Dicha tasa debe ser fijada por un informe técnico-financiero.
Sin embargo, diversos agentes del sector recurrieron ante los tribunales las ordenanzas fiscales en ese sentido de varios ayuntamientos de España (Arteixo –A Coruña-, Serradilla –Cáceres- y Villalcampo –Zamora-, asunto que finalmente resuelve el Tribunal Supremo en firme con cinco sentencias, avalando que los ayuntamientos graven a las empresas eléctricas y de gas por la utilización del dominio público de sus instalaciones de transporte de energía, con un cálculo que sobrepasa el valor de los terrenos y que incluye su utilidad.
Cabe reseñar que REE (Red Eléctrica Española) ya ha iniciado gestiones con el ministerio de Hacienda para que éste unifique los criterios que sirvan de base para el cálculo de las tasas, lo cual es prueba de la inminencia de iniciativas en miles de ayuntamientos en el sentido que proponemos.
EN VIRTUD DE LO ANTERIOR, ESTA MOCIÓN DESEA ELEVAR A SU DEBATE Y APROBACIÓN LOS SIGUIENTES PUNTOS DE ACUERDO POR EL PLENO DE LA CORPORACIÓN:
Atendiendo al procedimiento y los cauces a seguir, es prioritaria una toma de conocimiento del contenido de las sentencias que ratifican esta nueva vía de financiación municipal, así como la realización de una auditoría de redes en todo el municipio y dominio afectado y, por último, la confección de la tasa específica. Por tanto, proponemos los siguientes puntos de acuerdo:
1. Que los servicios jurídicos y administrativos del Ayuntamiento de Granada procedan al estudio de las sentencias anteriormente señaladas, procediendo, en su caso, a cuantificar y reclamar la tasa por la utilización del dominio público para instalaciones de transporte de energía, previa auditoría técnica del grado de afectación de dicho dominio público en nuestro municipio.
2. Independientemente de lo anterior, que se cumplirá en todo caso, que se inste al Ministerio de Economía y Hacienda a que unifique los criterios que sirvan de base para el cálculo de las tasas, de tal forma que si el Ministerio los fija de manera rápida y diligente, podamos acogernos a esos criterios objetivos a la hora de efectuar la reclamación correspondiente.”