Moción:
Se presenta a Pleno Moción del Grupo Municipal Popular sobre compensación a favor de las Entidades Locales por la aplicación del Impuesto sobre el Depósito de Residuos en Vertedero, que pasa a exponer su Portavoz, D. Jorge Saavedra Requena, y que cuenta con el siguiente tenor literal:
"EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Entre las propuestas de enmiendas al PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO para el año 2023, realizadas por la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y elevadas al Congreso de los Diputados, se formuló una sobre la aplicación del nuevo Impuesto sobre Residuos en Vertedero, llamando la atención sobre el impacto que sobre las haciendas municipales provocarían la aplicación de dicho impuesto.
El art. 91 de la ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular establece que:
1. Son contribuyentes del impuesto las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que realicen el hecho imponible.
2. Son sujetos pasivos como sustitutos del contribuyente del impuesto las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que sean gestores de los vertederos, o de las instalaciones de incineración, o de coincineración de residuos cuando sean distintas de quienes realicen el hecho imponible.
Por otra parte, el artículo 94 de la ley, a la hora de regular la repercusión, señala:
1. Los sustitutos del contribuyente deberán repercutir el importe de las cuotas devengadas sobre los contribuyentes del impuesto, quedando estos obligados a soportarlas. No será exigible la repercusión en los supuestos de liquidaciones practicadas por la Administración y en los casos en los que el propio contribuyente deba presentar la correspondiente autoliquidación.
2. La repercusión de las cuotas devengadas se efectuará en la factura separadamente del resto de conceptos comprendidos en ella. La entrada en vigor de este impuesto se producirá el 1/1/2023 según la Disposición Final Decimotercera de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular. Esto provocaría en caso de la no repercusión de ese impuesto un grave déficit municipal.
Por todo ello, el Grupo Popular en el Ayuntamiento de Granada, presenta la siguiente:
PROPUESTA DE ACUERDO
PRIMERO.- Se insta al Estado a que proceda a compensar a las entidades locales por la aplicación del nuevo impuesto sobre Vertidos, con la finalidad de preservar el principio de suficiencia financiera de las entidades locales, dando cobertura al coste adicional que aquéllas van a soportar como consecuencia de la entrada en vigor del Impuesto sobre Vertidos, que se produjo el 1 de enero de 2023. El Estado debe compensar a las Entidades Locales por el gasto que soporten por el pago de dicho impuesto.
SEGUNDO.- Dar traslado del presente Acuerdo al Gobierno de España y a los Grupos Parlamentarios del Congreso de los Diputados y Senado."
Durante el transcurso del debate se producen las siguientes intervenciones:
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Finalizado el debate, se procede a la votación de la moción obteniéndose el siguiente resultado:
- 17 votos a favor emitidos por los 15 Concejales/Concejalas del Grupo Municipal del Partido Popular, Sres./Sras.: Dña. María Francisca Carazo Villalonga, D. Jorge Saavedra Requena, Dña. Ana Isabel Agudo Martínez, D. Enrique Manuel Catalina Carmona, D. Vito Rafael Episcopo Solís, Dña. María Rosario Pallares Rodríguez, D. Juan Ramón Ferreira Siles, D. Jorge Iglesias Puerta. Dña. Amparo Arrabal Martín, Dña. Ana Belén Sánchez Requena, D. Francisco José Almohalla Noguerol, Dña. Encarnación González Fernández, Dña. Carolina Amate Villanueva, D. Fernando Parra Moreno y Dña. Elisa Campoy Soler; y las 2 Concejalas del Grupo Municipal VOX, Sras.: Dña. Beatriz Sánchez Agustino y Dña. Mónica del Carmen Rodríguez Gallego.
- 10 votos en contra emitidos por los Concejales/Concejalas del Grupo Municipal Socialista, Sres./Sras.: D. Francisco Cuenca Rodríguez, Dña. Ana María Muñoz Arquelladas, D. Jacobo Calvo Ramos, Dña. María Raquel Ruz Peis, D. Eduardo José Castillo Jiménez, Dña. María Eva Fernández Romero, Dña. María de Leyva Campaña, D. Francisco Herrera Triguero, Dña. Nuria Gutiérrez Medina y D. Juan José Ibáñez Martínez.
En consecuencia, el Ayuntamiento Pleno acuerda por mayoría (17 votos a favor y 10 votos en contra) aprobar la Moción del Grupo Municipal Popular sobre compensación a favor de las Entidades Locales por la aplicación del Impuesto sobre el Depósito de Residuos en Vertedero, cuyo texto ha sido reproducido de forma íntegra al comienzo del presente acuerdo.