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Moción Conjunta de los Grupos Municipales Popular y Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C’s) relativa a estabilidad laboral en el Ayuntamiento de Granada.
Fecha del Pleno:
28/09/2018
Número de acuerdo:
335/2018
Previsión de ejecución:
Grupos Municipales Popular y Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C’s)
Grupos políticos:
Grupo Municipal Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C’s)
Grupo Municipal Popular
Fases:
Moción:
335
Moción Conjunta de los Grupos Municipales Popular y Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C’s) relativa a estabilidad laboral en el Ayuntamiento de Granada.
Comienza el turno de mociones con la presentada de forma Conjunta por los Grupos Municipales Popular y Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C’s) relativa a estabilidad laboral en el Ayuntamiento de Granada, y que pasa a exponer el Concejal del Grupo Municipal Popular, D. Juan Antonio Fuentes Gálvez:
“
La Constitución Española, en su artículo 103.1, señala que "La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho".
La eficacia en la administración va totalmente unida a una adecuada planificación de los recursos humanos. Actualmente en el Ayuntamiento de Granada el volumen de plazas cubiertas interinamente supone más del 20% de la plantilla municipal. Un alto porcentaje de las personas que ocupan interinamente esas plazas cuentan con amplia experiencia laboral y formativa en este Ayuntamiento, en muchos casos, superando los 10 años. Un valor que este Ayuntamiento no debe desaprovechar, a la par que tampoco debe olvidar que este alto número de trabajadores ha dedicado muchos años de su vida laboral a este Ayuntamiento, con diligencia y vocación. Tampoco deben obviarse los requisitos legales para acceder a ocupar una plaza fija como personal laboral o como funcionario de carrera en cualquier administración. Requisitos que son totalmente compatibles con la valoración de la experiencia que este grupo de trabajadores merece.
Teniendo en cuenta que la Ley 3/2017, de 27 de Junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 abre la posibilidad de acometer procesos de estabilización y consolidación de las plazas ocupadas interinamente en las distintas administraciones públicas, con el objetivo de situar la tasa de cobertura temporal al final del período 2017-2019 por debajo del 8 por ciento, y que el Estatuto Básico del Empleado Público, -Ley 7/2007, de 12 de abril-, establece en su artículo 70.3 que la oferta de empleo público podrá contener medidas derivadas de la planificación de recursos humanos. Así como que el artículo 69.2 e) del EBEP establece como contenido de los planes de reordenación de recursos humanos: "La previsión de la incorporación de recursos humanos a través de la Oferta de Empleo Público, conforme al art. 70 EBEP, que, como instrumento de planificación, sirve a la programación formal e inmediata en la oferta de empleo público". Todo ello dentro de la potestad de autoorganización de la que goza este Ayuntamiento en virtud de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local. Teniendo en cuenta asimismo la moción aprobada por este Pleno con fecha 22 de diciembre de 2017.
Teniendo asimismo en cuenta que, de acuerdo al Decreto 168/2007 de 12 de julio, por el que se regula el procedimiento para reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, (que concreta la ejecución de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia), las funciones que desarrolla el personal contratado por el programa de dependencia son de competencia municipal.
Atendiendo finalmente al art. 14 sobre Estabilidad del Convenio del personal laboral y a la previsión desarrollada en la addenda del convenio en su art. 2.1 que reconoce a los Equipos de Tratamiento Familiar como competencia municipal, pasando a este personal como laboral interino creando las plazas oportunas.
Por lo anteriormente expuesto, se propone al Pleno del Ayuntamiento de Granada la adopción de los siguientes:
ACUERDOS
PRIMERO
.- El Pleno del Ayuntamiento de Granada asume el compromiso de velar para que el equipo de gobierno correspondiente elabore un plan de reordenación de recursos humanos referente a los procesos de estabilización y consolidación, negociado y acordado con las organizaciones sindicales, que contemple un acuerdo marco que regule los principios aplicables a todos los procesos de estabilización y consolidación a realizar en este Ayuntamiento, y a los distintos instrumentos para su ejecución, que deberá ser aprobado en Pleno en el segundo semestre del año 2019. Serán objeto de este plan de reordenación de recursos humanos los procesos selectivos derivados de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019.
SEGUNDO
.- El Ayuntamiento de Granada apuesta por unos sistemas selectivos, que respetando la legislación básica sobre función pública y los principios de acceso a la función pública, valoren el máximo permitido por la legislación y la jurisprudencia, la experiencia profesional y resto de méritos.
TERCERO
.- El Ayuntamiento de Granada apuesta por la creación en plantilla como plazas propias las actualmente correspondientes a los programas de Dependencia y de Equipos de Tratamiento Familiar, siendo cubiertas interinamente por las personas que actualmente las ocupan a través de programas, hasta su provisión mediante los oportunos procesos selectivos. Asimismo se comprometen a estudiar la posibilidad de que dichas plazas sean incluidas en la oferta de empleo público del año 2019.
”
Abierto el debate se producen las siguientes intervenciones:
………………………………………………………………………
Finalizado el debate se somete la moción a votación, con la incorporación de la enmienda
in voce
propuesta durante el transcurso del mismo por el Sr. Tte. de Alcalde Delegado de Economía, Hacienda, Personal, Contratación, Organización y Smart City, obteniéndose el voto favorable de la unanimidad de los miembros presentes de la Corporación.
En consecuencia, el Ayuntamiento Pleno
acuerda
por unanimidad de los presentes
aprobar
la Moción Conjunta de los Grupos Municipales Popular y Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C’s) relativa a estabilidad laboral en el Ayuntamiento de Granada, con la incorporación de la enmienda
in voce
propuesta por el Sr. Tte. de Alcalde Delegado de Economía, Hacienda, Personal, Contratación, Organización y Smart City, quedando su parte dispositiva del siguiente tenor literal:
PRIMERO
.- El Pleno del Ayuntamiento de Granada asume el compromiso de velar para que el equipo de gobierno correspondiente elabore un plan de reordenación de recursos humanos referente a los procesos de estabilización y consolidación, negociado y acordado con las organizaciones sindicales, que contemple un acuerdo marco que regule los principios aplicables a todos los procesos de estabilización y consolidación a realizar en este Ayuntamiento, y a los distintos instrumentos para su ejecución, que deberá ser aprobado por el órgano que se designe en el segundo semestre del año 2019. Serán objeto de este plan de reordenación de recursos humanos los procesos selectivos derivados de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2017, 2018 y 2019.
SEGUNDO
.- El Ayuntamiento de Granada apuesta por unos sistemas selectivos, que respetando la legislación básica sobre función pública y los principios de acceso a la función pública, valoren el máximo permitido por la legislación y la jurisprudencia, la experiencia profesional y resto de méritos.
TERCERO
.- El Ayuntamiento de Granada apuesta por la creación en plantilla como plazas propias las actualmente correspondientes al programa de Equipos de Tratamiento Familiar, cubriéndolas interinamente por el actual personal que las ocupa y cubrir interinamente por programas los contratos del programa de Dependencia en los términos acordados en la Mesa General de Negociación de 26 de septiembre de 2018,
hasta su provisión mediante los oportunos procesos selectivos. Asimismo se comprometen a estudiar la posibilidad de que dichas plazas sean incluidas en la oferta de empleo público del año 2019.
Incidencias:
Página actualizada el: 20/10/2021 12:10
URL:
http://www.granada.org/segmociones.nsf/byclave/9C8C0314D12EBCE5C125832F0024D6EE