La siguiente moción corresponde al Grupo Municipal Popular y es relativa a procedimiento de admisión de hijos e hijas de ciudadanos extranjeros para el primer ciclo de educación infantil.
Para exponer la moción, que se transcribe literalmente a continuación, interviene el Sr. Concejal del mencionado Grupo Municipal, D. Fernando Arcadio Egea Fernández-Montesinos:
“EXPOSICION DE MOTIVOS
Los hijos e hijas de inmigrantes sin documentación de entre cero y tres años en Andalucía y en concreto en Granada se están encontrando a la hora de poder ser escolarizados con la negativa de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía. Que bien no los escolariza o bien si lo hace condiciona a la familia al pago de la escuela en cuestión.
Las solicitudes de los menores son admitidas por la Delegación de Educación aunque no quede acreditado el NIE o NIF por parte de sus progenitores, pero al no quedar consignado éste, no se le están aplicando las bonificaciones que le corresponderían en relación a la renta anual de la unidad familiar, incluso en los casos en que a través de Servicios Sociales se acredita la circunstancias socio- familiares de grave riesgo para el niño o la niña tampoco se aplican. Por tanto, aunque la solicitud sea admitida, la realidad es que dichos menores no pueden acceder en aquellos casos en que sus familiares se encuentran en grave situación de riesgo, al no poder pagar el coste de la plaza en dicha Escuela Infantil y no poder por tanto acudir a la misma.
Desde los Servicios Sociales Comunitarios de Granada se ha constatado dicha circunstancia en numerosos casos de hijos e hijas de ciudadanos extranjeros. Hasta la fecha el Ayuntamiento de Granada ha tenido que asumir a través de Ayudas Económicas Familiares el coste de las plazas, por no habérsele aplicado las bonificaciones por parte de la Junta de Andalucía, siendo todos ellos casos de intervención desde Servicios Sociales Comunitarios y con circunstancias socio-familiares de grave riesgo.
La Junta de Andalucía convoca anualmente el procedimiento de admisión para el primer ciclo de educación infantil (0-3 años). En la solicitud para dicho ciclo, se hace constar que los padres/madres/tutores han de aportar DNI/NIE. Dicha situación perjudica a los hijos e hijas de ciudadanos extranjeros que no aportan DNI/NIE ya que no se le aplican las bonificaciones que en su caso le hubieran correspondido. En la Junta se alega la normativa propia, el Decreto 149/2009 y la Orden de 8 de marzo de 2011, para tomar esta decisión. Sin embargo, según el Tribunal Constitucional (STC 236/2007, de 7 de noviembre de 2007) "existen derechos que corresponden por igual a españoles y extranjeros y cuya regulación ha de ser igual para ambos (...) lo que sucede con aquellos derechos "que pertenecen a la persona en cuanto tal y no como ciudadano" o, dicho de otro modo, con "aquéllos que son imprescindibles para la garantía de la dignidad humana que conforme al art. 10.1 de nuestra Constitución constituye fundamento del orden político español". Pues bien, uno de estos derechos es el que todas las personas tienen derecho a la educación, según dice el art. 27.1 de nuestra Constitución.
El innegable derecho de todas las personas a la educación también se contiene en la Ley Orgánica 2/2006 de Educación, en la Ley Orgánica 4/2000 de derechos y libertades de los extranjeros en España y de su integración social. Igualmente en la regulación autonómica (Estatuto de Autonomía de Andalucía, Ley 17/2007, de Educación de Andalucía), y primordialmente en los textos de carácter internacional (Convención de Naciones Unidas de Derechos del Niño, Declaración Universal de los Derechos Humanos, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos).
En este sentido, y sin perjuicio de que la etapa de educación infantil tiene carácter voluntario, el acceso a la misma se debe realizar en condiciones de igualdad, sin discriminación alguna por razón de nacimiento, nacionalidad, raza, sexo, deficiencia o enfermedad, religión, lengua, cultura, opinión o cualquier otra circunstancia personal, familiar o social. Y a este principio de igualdad de acceso responde toda nuestra normativa vigente. Parece evidente, dado el contexto normativo, que los obstáculos al acceso a la educación infantil que se vienen denunciando desde hace años en nuestra comunidad autónoma, incluso ante el Defensor del Pueblo, consistentes en la exigencia de acreditación de NIE o NIF por parte de los progenitores de los menores cuando son ciudadanos extranjeros para escolarizarlos, no son ajustados a derecho. Estos obstáculos existen y han existido. Incluso puede darse el caso de que a los refugiados que lleguen a España se encuentren con esta exclusión hasta la tramitación de su situación legal y su documentación.
Normativas aparte la praxis ha ido perfilando una situación insostenible jurídicamente que atenta contra el elemental principio de jerarquía normativa. La normativa vigente permite la acreditación de la situación de las personas mediante declaración jurada u otros medios que no exigen necesariamente la posesión de dicho número de identidad (cfr. Arts. 21.2 del Decreto 40/2011, de 22 de febrero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado y 45.5 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil).
Corresponde a la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía asegurar que el procedimiento de admisión goce de la mayor transparencia para que todas las personas que cumplan los requisitos de edad accedan en condiciones de igualdad sin discriminación, directa o indirecta, por cualquier condición o circunstancia personal o social, velando para que la escolarización del alumnado que precise acciones de carácter compensatorio o con necesidades específicas de apoyo educativo (v.g. Alumnos en situación de dificultad social extrema o riesgo de exclusión o por proceder de otros países) se rija por el principio de flexibilización y coordinación interadministrativa. Hay que recordar al respecto de dicha coordinación que la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, establece en su art. 9.20. b) que los municipios andaluces asistirán a la Consejería de Educación en la aplicación de los criterios de admisión del alumnado.
El contenido constitucionalmente declarado del derecho a la educación garantizado en el art. 27.1 CE incluye el acceso no sólo a la enseñanza básica, sino también a la enseñanza no obligatoria, de la que no pueden ser privados los extranjeros que se encuentren en España y no sean titulares de una autorización para residir. Cualquier norma, práctica o decisión administrativas deben ajustarse a dicha exigencia constitucional. En este sentido, la exigencia de NIE constituye un impedimento contrario a derecho que no puede erigirse en condición para la aplicación de las bonificaciones que en su caso tuvieran derecho ni en requisito ineludible para la tramitación, acreditación o valoración que proceda realizar durante el procedimiento de admisión, ya que supone un impedimento para el acceso a dicho ciclo.
INSTAR :
A la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía a no exigir el NIE a los ciudadanos extranjeros para que sus hijos puedan acceder al primer ciclo de educación infantil. Ya que se trata de un impedimento contrario a derecho por ser una condición para la aplicación de las bonificaciones en el caso de que les correspondieran. Dicha exigencia supone un impedimento para poder acceder al primer ciclo de educación infantil dado que, aunque sean admitidos los menores, al no aplicarse las bonificaciones que les corresponderían, las familias en grave situación de riesgo social no pueden pagar dichas plazas y sus hijos no pueden acceder a las mismas.
Que para mayor garantía en la redacción del nuevo Decreto sobre Educación en Andalucía sea incluida el procedimiento de admisión para estos niños o niñas.”
Durante el transcurso del debate se producen las siguientes intervenciones:
El Sr. Egea, añade, que, tras una consulta esta mañana con el Grupo Municipal “Vamos, Granada”, que ha mostrado, dice, su conformidad con apoyar la moción, este le hacía la salvedad de que se incluyeran tres palabras en uno de los petitum, y es cuando se insta a la Junta de Andalucía y a la Consejería de Educación de la Junta a no exigir el NIE para poder obtener esta escolarización se incluya:
“o cualquier documento que interfiriera en esta posible escolaridad de los niños y niñas”. Asegura que con esta petición están equiparando a los niños y niñas de 0 a 3 con el resto, y que instar en este momento en el que se esta revisando el Decreto 149 puede ser algo que beneficie no solo a niños y niñas de Granada sino también del resto de Andalucía.
Por parte del Equipo de Gobierno interviene el Sr. Baldomero Oliver León, Segundo Teniente de Alcalde Delegado de Economía y Hacienda, Personal, Contratación, Organización y Smart City, quien explica que estando de acuerdo con el fondo que trata de equiparar a los hijos e hijas de extranjeros tanto residentes como no regularizados, perseguidos y limitados en sus derechos por las leyes de extranjería del Partido Popular, modificadas por la Sentencia del Tribunal Constitucional que se cita y que garantiza el acceso a la educación para 0 y 3 años, permitiendo por tanto la escolarización con o sin NIE que se viene haciendo.
Indica que si lo que pide es que se equipare a los residentes con aquellos que están en una situación irregular, le gustaría que lo hubiese recogido así, y que de ser así le hubieran votado que sí.
Advierte que hay que diferenciar entre la escolarización, que sí se está haciendo, y las bonificaciones para niños y niñas de 0 a 3 años cuyos padres no cuentan con el NIE, aclarando al respecto que la concesión del Permiso de Residencia es competencia exclusiva del Estado, que dicho permiso o NIE es la demostración de que estas personas se encuentran en una situación regular, que es uno de los criterios que el grupo popular estableció para conseguir este tipo de bonificaciones en la edad no obligatoria, requisito recogido en la Orden de Presidencia 1490/2012 donde se establece y singulariza las condiciones para obtener la residencia en España, incluso para ciudadanos comunitarios como los rumanos, y que requiere ser trabajador por cuenta propia o ajena y poseer recursos suficientes fijados en cinco mil euros en una cuenta corriente, pasando a leer a continuación la literalidad de un párrafo de la Orden Ministerial que dice:
“para no convertirse, estos extranjeros, en una carga para la asistencia social de España”; asegura que la Junta de Andalucía y el resto de Comunidades Autónomas se ajustan a los criterios establecidos por el estado de la nación que no quiere que estas personas sean una carga para los servicios sociales de España, e insiste en que si así lo quiere incorpore a la moción una modificación de la Ley de Extranjería y del Reglamento de Extranjería para equiparar a extranjeros regulares o ilegales, que es, según dice, como ellos han llamado a las personas extranjeras que se encuentran en esta situación.
Por último anuncia que no les queda más remedio que votar que no porque han errado el tiro en cuanto a la crítica, al objetivo y a los mecanismos de defensa de los derechos fundamentales de los extranjeros en España.
En su turno de réplica el Sr. Egea dice que el Sr. Oliver se enreda en cuestiones legales y jurisprudencia que en ningún caso impediría lo que esta moción está solicitando. Afirma que al igual que los mayores de tres años están obteniendo esa escolaridad y no supone ningún tipo de coste a los padres y madres de estos niños y niñas que puedan estar en situación irregular, perfectamente, continúa, pueden también obtener esa bonificación y ese derecho los niños y niñas de 0 a 3 años, que en ningún caso es incompatible ni necesaria ninguna modificación de ley estatal, puesto que se está hablando de unas circunstancias perfectamente justificadas y amparables, y que lo único que pretenden es que a nivel andaluz tenga una cobertura y que no tenga que ser el Ayuntamiento correspondiente el que vaya detrás abonando esa ayuda económica a familiares para que puedan obtener esa escolaridad. Insisten en que cree que no hay ningún impedimento para que todos los grupos puedan apoyar y requerir a la Junta de Andalucía para que lleve a cabo esta escolaridad.
Comienza el turno de posicionamiento de voto del resto de los Grupos Municipales, con la intervención en primer lugar del Portavoz del Grupo IUAS-GPG, D. Francisco Puentedura Anllo, quien declara que hay una parte en la que coincide con el Grupo Socialista, a la vez que incide en la diferencia entre la escolarización y el acceso a las bonificaciones sobre esa escolarización.
Piensa que esta moción debería instar al Gobierno Central y a la Junta de Andalucía, porque, según explica, esta tiene un marco normativo y su propia capacidad potestativa, que de hecho ya está ejerciendo a la hora de garantizar la escolarización para alumnos de 0 a 3 años cuyos padres no tienen el NIE, que el problema se produce en el acceso a la escolarización o a esas bonificaciones cuando para ello se exige este documento o cualquier otro, por lo que ruega que se añada la exigencia de las dos Administraciones para que quede claro.
Añade que la Junta de Andalucía tiene capacidad potestativa y del mismo modo que ha saltado ese mecanismo para la escolarización podría hacerlo para que estos menores escolarizados puedan también disfrutar de las bonificaciones, que es donde piensa que está surgiendo el verdadero problema.
Insiste en que independientemente de que comparta la crítica hacia el Gobierno Central piensa que se tendría que hacer esta reivindicación al Gobierno de España a parte de a la Junta de Andalucía, y que por ello votará a favor.
No obstante dice que quiere dejar constancia por escrito de que no se puede estar mirando para un lado y olvidar a otros, sino que entre todos y porque debe haber unanimidad en esta moción, debería exigirse a las dos administraciones.
Igualmente y para mostrar su posicionamiento de voto interviene la Segunda Suplente de Portavoz del Grupo Municipal de “Vamos, Granada”, Dña. Pilar Rivas Navarro, quien asegura haberse detenido mucho en la moción porque es una necesidad muy real y que no se está cubriendo por parte de la administración que es competente, la Junta de Andalucía, y que tal y como ha dicho el Sr. Puentedura si se pueden saltar los procedimientos para la escolarización, que se produce en situaciones de riesgos de exclusión, también se podrían establecer los mecanismos para poder llegar a las bonificaciones.
Confirma que van a votar a favor de la moción, pero dice que cuando añadían al petitum el tema de otros documentos es porque el aportar o no aportar el NIE no resuelve la situación sino que lo que la resuelve es la documentación completa que puedan demostrar los ingresos de esa unidad familiar.
Incide en que sus mayores dudas es que esto resuelve a una pequeña parte de la población, que esta muy bien porque la necesidad es muy grave, pero piensa que se debería ampliar en el sentido que ha anunciado el Grupo Socialista a través de instar al Gobierno Central, a nivel de colectivos de población que se ven afectados, como por ejemplo las mujeres separadas por violencia de género que no han puesto denuncia, y que no tienen forma de acreditar la situación del padre del niño o de la niña, y que no pueden acceden a bonificaciones. En cualquier caso, continúa, se conforma con que se resuelva el tema de la población inmigrante irregular a la vez que muestra su alegría porque miembros del Partido Popular avancen en el reconocimiento de los derechos de las personas inmigrantes, teniendo en cuenta los antecedentes y actuaciones a nivel central, puntualiza.
Por el Grupo Municipal Ciudadanos Partido de la Ciudadanía (C´s), su Concejala Dña. Lorena Rodríguez Torres, manifiesta que quiere poner encima de la mesa un concepto por el que quizás se haya pasado de puntillas en la exposición del Sr. Egea, y es, dice, que se está hablando de un derecho fundamental reconocido en la Constitución y que implica que es un derecho inherente a la propia dignidad de la persona y un derecho prioritario tanto para el Estado como para el resto de Instituciones.
Afirma que su grupo entiende que la educación infantil incita y favorece el desarrollo vital y profesional de la persona hacia el futuro y que debemos garantizar la igualdad de oportunidades porque en definitiva se habla de niños. Considera que en este sentido es necesario invertir para asegurar la igualdad de oportunidades, destacando que ahora más que nunca es necesario hablar de un pacto nacional por la educación, a la vez que asegura coincidir con el Sr. Puentedura en que hubiese sido coherente y necesario instar al Estado.
Indica que no pueden permitir que se mantenga esta situación y que entienden que dentro de ese pacto por la educación debe defenderse una educación de calidad, el acceso universal a la educación infantil de 0 a 3 años, y que teniendo presente las referencias a la declaración de los derechos de los niños, a la declaración de los derechos humanos, y a nuestra propia Constitución, anuncia que le van a dar el voto favorable a su moción, compartiendo, dice, la propuesta del Grupo “Vamos, Granada”, e incidiendo en la llamada de atención también a la Junta de Andalucía que tienen mecanismos y que sean los propios servicios sociales los que también hagan el máximo control a la hora de ver las familias que se encuentran en situación de exclusión social y si se está escolarizando a los niños y niñas.
En su segunda intervención el Sr. Oliver asegura que para que la propuesta y la moción tuvieran sentido tendrían que cambiar el artículo nueve de la Ley de Extranjería, que es la que reconoce el acceso a la enseñanza obligatoria de forma gratuita a todas las personas extranjeras; no obstante, añade que en aras del consenso le plantea que retire la propuesta para que se incorpore en el mes de septiembre la modificación legislativa a todas las administraciones y no solamente a una de ellas, puesto que con una sola no se arregla el problema, apostilla.
Critica la poca atención que le ha prestado el equipo popular en su mandato a este tema y al número de ayudas que han dado que, según dice, en diez años no ha llegado ni a 26, incidiendo en que el problema es que quieren que se cumpla lo que ellos siempre han mantenido, que es una competencia impropia de los ayuntamientos y quieren endosársela a las comunidades autónomas, y que ahí es donde está el fondo de su propuesta.
Insiste en pedir la retirada de la iniciativa y presentarla en septiembre, incluyendo la petición a todas las administraciones necesarias para que esta sea efectiva, porque de lo contrario se convertirá en papel mojado por incumplir el artículo nueve de la Ley Orgánica de Extranjería.
Cerrando el debate el Sr. Egea dice que de lo que están hablando es de atender a un colectivo que está en situación de exclusión o riesgo social, que no hay que modificar ninguna ley sino voluntad de atender a este colectivo.
Asegura que ellos han dado ayudas socioeconómicas, y que además el Ayuntamiento también ha colaborado con entidades como Granada Acoge, Asociación Cartuja u otras muchas para que estos niños y niñas puedan tener una escolaridad, de los que señala que puede haber mas de una veintena afectados por esta circunstancia, enfatizando que todas las circunstancias y peticiones de familias en esta situación en su mandato han sido atendidas, pagándoles a través de ayudas económicas y de emergencia la escolaridad en la escuela que les ha hecho falta.
Dice que recoge el apoyo del resto de grupos y la buena voluntad, que le alegra que exista voluntad de apoyar algo que es bueno, y que si hay que traer otra moción hablando de otras cosas o requiriendo otras cosas al estado o comunidad autónoma se hará y su grupo lo apoyará. Por último insiste en que para apoyar esta iniciativa hay que tener voluntad de apoyarla.
Tras el debate se somete el expediente a votación obteniéndose el siguiente resultado:
- 19 votos a favor emitidos por los 11 Corporativos del Grupo Municipal del Partido Popular, Sres./Sras.: D. Fernando Arcadio Egea Fernández-Montesinos, Dña. María Rocío Díaz Jiménez, D. Juan Manuel García Montero, D. Juan Antonio Fuentes Gálvez, Dña. María Francés Barrientos, D. Ruyman Francisco Ledesma Palomino, Dña. María Telesfora Ruiz Rodríguez, Dña. Raquel Fernández Cruz, D. Antonio Jesús Granados García, D. Rafael Francisco Caracuel Cáliz y Dña. Inmaculada Puche López, los 4 Corporativos del Grupo Municipal de Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C’s), Sres./Sras.: D. Luis Miguel Salvador García, D. Manuel José Olivares Huertas, Dña. Lorena Rodríguez Torres y D. Raúl Fernando Fernández Asensio, los 3 Corporativos del Grupo Municipal Vamos, Granada, Sres./Sras.: Dña. Marta Gutiérrez Blasco, D. Luis de Haro-Rossi Giménez y Dña. María del Pilar Rivas Navarro y 1 Corporativo del Grupo Municipal de IUAS-GPG, Sr. D. Francisco Puentedura Anllo.
- 7 votos en contra emitidos por los Corporativos presentes del Grupo Municipal Socialista, Sres./Sras.: D. Francisco Cuenca Rodríguez, Dña. Ana María Muñoz Arquelladas, D. Baldomero Oliver León, Dña. María Raquel Ruz Peis, D. Miguel Ángel Fernández Madrid, D. Eduardo José Castillo Jiménez y Dña. María de Leyva Campaña.
En consecuencia, el Ayuntamiento Pleno
acuerda por mayoría (19 votos a favor y 7 votos en contra)
aprobar la moción del Grupo Municipal Popular relativa a procedimiento de admisión de hijos e hijas de ciudadanos extranjeros para el primer ciclo de educación infantil, y cuyo texto ha sido transcrito literalmente al comienzo del presente acuerdo.