Moción:
El siguiente punto del orden del día corresponde a una Moción Conjunta de los Grupos Municipales Socialista, IUAS-GPG y la Concejala no adscrita, relativa a apoyo a las reivindicaciones laborales de las camareras de pisos, cuyo texto es presentado por Dña. Ana Muñoz Arquelladas, Concejala del Grupo Municipal Socialista y Delegada de Presidencia, Empleo y Emprendimiento, Igualdad y Transparencia, que cuenta con el siguiente tenor literal:
“El sector de las camareras de piso constituye un pilar fundamental dentro de la hostelería. En Andalucía este sector da trabajo a unas 15.000 camareras de piso, lo que representa en torno al 25 ó 30 por ciento de las plantillas. Cabe recordar que estas trabajadoras son las responsables del mantenimiento de las habitaciones, en un perfecto estado, una vez han sido utilizadas, y por tanto, ofrecen uno de los servicios más valorados por usuarias y usuarios que se hospedan en nuestros establecimientos hoteleros.
Con motivo de la crisis económica, este colectivo ha sufrido, de una manera drástica, un deterioro absoluto de sus condiciones de trabajo y una pérdida total de la calidad en su empleo, viendo reducido su salario, y deterioradas sus condiciones laborales como consecuencia de los efectos de la aplicación del artículo 84.2 de la reforma laboral, que permite que se negocien Convenios de empresa y no se tenga en cuenta el Convenio del sector.
A esta situación insostenible se le suma la estrategia de externalización del departamento de pisos y la subcontratación del servicio con empresas de multiservicios. Estas empresas no tienen la obligación de aplicar los convenios vigentes de hostelería y por el contrario aplican el de la empresa multiservicio que, habitualmente, fijará retribuciones cercanas al Salario Mínimo Interprofesional. Así, las empresas, pueden llegar a ahorrarse entre un 30% y un 40% del salario de las camareras, al tiempo que fomentan la división de los trabajadores en multitud de empresas impidiendo su unidad de acción sindical y colectiva en defensa de sus intereses laborales.
En este sentido el Ayuntamiento de Granada aboga por la reforma del artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores, para garantizar la igualdad de las condiciones laborales de las y los trabajadores subcontratados con trabajadoras de la empresa principal.
Otros aspectos que inciden en la precarización de la relación laboral de las camareras de pisos son las relativas a la prevención de riesgos laborales, la inadecuada organización del trabajo, la falta de personal y la sobrecarga de trabajo que hoy en día se da en el sector de la hostelería. La prevención de riesgos laborales de las camareras de pisos entronca directamente con la igualdad. De esta manera una mayor precariedad laboral de las mujeres y su situación en el mercado de trabajo afecta sin lugar a dudas a la seguridad y salud en el trabajo.
En el sector de la hostelería se realizan actividades en las que la mujer está expuesta intensivamente a riesgos músculo-esqueléticos, aumentando las enfermedades que terminan en incapacidad temporal; problemas de relaciones interpersonales entre las trabajadoras, estrés y trastornos de ansiedad. El problema de su situación es que, una vez que han contraído enfermedades por el desarrollo de su actividad profesional, tienen serias dificultades para que se les reconozcan como contingencias profesionales, a los efectos de reconocimiento de las prestaciones a las que tienen derechos, así como para el incremento de esas prestaciones por la aplicación del correspondiente recargo.
Cabe destacar que la norma que regula el cuadro de enfermedades profesionales es absolutamente discriminatoria, pues en el listado de actividades sólo se contemplan entre las enfermedades profesionales aquellas provocadas por posturas forzadas y movimientos repetitivos, como las referidas a pintores, escayolistas, montadores de estructuras, mecánicos, chapistas, caldereros,.., sin que entre dichas profesiones se contemplen otras desempeñadas fundamentalmente por mujeres, como las que desempeñan las camareras de pisos. Esto supone un importante agravio puesto que estas trabajadoras pueden llegar a sufrir las mismas dolencias, dando esta situación lugar a una discriminación indirecta por razón de sexo, lo que está terminantemente prohibido según el artículo 14 de la Constitución Española.
En la situación actual de las camareras de piso, una trabajadora de este sector que tenga la misma dolencia que un trabajador, cuya actividad sí se contempla en el cuadro de enfermedades profesionales, y que haya sido provocada por su actividad laboral, tendrá que probar que dicha lesión o dolencia ha sido provocada por el trabajo y que por lo tanto es un accidente laboral. Por otro lado este colectivo reivindica una reforma de la edad de jubilación debido a que la mayoría de trabajadoras se ven obligadas a jubilarse antes de la edad establecida perdiendo el derecho a la prestación completa. Esta jubilación anticipada se convierte en una necesidad para muchas de ellas debido a enfermedades y dolencias como las del túnel carpiano, artrosis, lumbalgia y tendinitis, entre otras.
Es por todo lo anteriormente expuesto, que formulamos la siguiente MOCIÓN CONJUNTA con la finalidad de que el Pleno se pronuncie sobre la misma y adopte los siguientes ACUERDOS:
PRIMERO. El Ayuntamiento de Granada traslada su solidaridad y apoyo al colectivo de camareras de piso, y se compromete a mediar con los sindicatos y la patronal hotelera del municipio para resolver los problemas laborales que sufren las camareras de piso, abogando siempre por un empleo digno y de calidad en el sector turístico.
SEGUNDO. El Ayuntamiento insta al Gobierno de España a:
1. Derogar la reforma laboral que ha producido una mayor precariedad en el empleo, propiciado la devaluación salarial y la desregulación del tiempo de trabajo; así como un desequilibrio de las relaciones laborales que ha traído consigo el quiebre de la negociación colectiva.
2. Modificar el artículo 42.1 del Estatuto de los Trabajadores, con el fin de garantizar que, las y los trabajadores que son subcontratados para realizar servicios comprendidos dentro de la propia actividad de la empresa principal, tengan las mismas condiciones laborales y salariales que tendrían de ser contratadas y contratados directamente por ésta.
3. Aumentar el número de efectivos en la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para incrementar sus actuaciones en el cumplimiento de la normativa sobre jornada de trabajo, contratación temporal y contratación a tiempo parcial, así como extremar la vigilancia de las condiciones laborales de las personas que prestan su actividad a través de subcontratas para garantizar la igualdad en prestaciones, especialmente en el sector turístico y hotelero.
Revisar el Cuadro de Enfermedades Profesionales en el Sistema de la Seguridad Social contenido en el Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, para evitar que su aplicación pueda provocar discriminaciones indirectas por razón de género. A tal fin, incluirá dentro de este Cuadro las enfermedades profesionales, provocadas por posturas forzadas y movimientos repetitivos, como las que se dan en el desempeño de la actividad de las camareras de pisos. Al mismo tiempo, se revisarán y modificarán las condiciones de jubilación anticipada para este colectivo.”
Durante el debate se producen las siguientes intervenciones:
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Concluido el debate se procede a la votación de la Moción, obteniéndose el siguiente resultado:
-12 votos a favor, emitidos por los 8 Concejales/Concejalas del Grupo Municipal Socialista, Sres./Sras.: D. Francisco Cuenca Rodríguez, Dña. Ana María Muñoz Arquelladas, D. Baldomero Oliver León, Dña. María Raquel Ruz Peis, D. Miguel Ángel Fernández Madrid, Dña. Jemima Sánchez Iborra, D. Eduardo José Castillo Jiménez, Dña. María de Leyva Campaña; los 2 Concejales/Concejalas del Grupo Municipal "Vamos, Granada", Sr./Sra.: Dña. Marta Gutiérrez Blasco, D. Luis de Haro-Rossi Giménez; el Concejal del Grupo Municipal de Izquierda Unida Alternativa Socialista, Granada Para la Gente, Sr. D. Francisco Puentedura Anllo; y la Concejala no adscrita, Sra. Dña. María del Pilar Rivas Navarro
-11 votos en contra emitidos por los 11 Concejales/Concejalas del Grupo Municipal del Partido Popular, Sres./Sras.: D. Fernando Arcadio Egea Fernández-Montesinos, Dña. María Rocío Díaz Jiménez, D. Juan Manuel García Montero, D. Juan Antonio Fuentes Gálvez, Dña. María Francés Barrientos, D. Ruyman Francisco Ledesma Palomino, Dña. María Telesfora Ruiz Rodríguez, Dña. Raquel Fernández Cruz, D. Antonio Jesús Granados García, D. Rafael Francisco Caracuel Cáliz, Dª Inmaculada Puche López.
-4 abstenciones, emitidas por los 4 Concejales/Concejalas del Grupo Municipal de Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C’s), Sres./Sras.: D. Manuel José Olivares Huertas, Dña. Lorena Rodríguez Torres, D. Raúl Fernando Fernández Asensio, Dª Mª del Mar Sánchez Muñoz.
En consecuencia, el Excmo. Ayuntamiento Pleno acuerda por mayoría (12 votos a favor, 11 votos en contra y 4 abstenciones) aprobar la Moción Conjunta presentada por los Grupos Municipales Socialista, IUAS-GPG y la Concejala no adscrita, relativa a apoyo a las reivindicaciones laborales de las camareras de piso, cuyo texto ha sido reproducido de forma íntegra al comienzo del presente acuerdo.