Moción:
Se presenta a Pleno Moción del Grupo Municipal Podemos Izquierda Unida-Adelante relativa a creación de un Plan Municipal de Vivienda, que pasa a exponer su Concejal, D. Francisco Puentedura Anllo, y que cuenta con el siguiente tenor literal:
“La vivienda es un bien de primera necesidad y su función social debe ser preservada por las instituciones públicas por encima de cualquier otra consideración. Tras la crisis económica del 2008, la historia se repite, y las familias en España se vuelven a enfrentar a problemas económicos, esta vez derivados de una pandemia mundial provocada por el virus de la Covid-19. Una vez más, las familias de nuestro país tienen que hacer un mayor esfuerzo económico para disfrutar del derecho a una vivienda. La política de no intervención pública sobre el mercado de la vivienda ha generado una tendencia alcista de los precios y una crisis de accesibilidad a este bien que ha provocado la expulsión de los sectores de la población con menos recursos.
La actual pandemia está agravando esta situación. Con la paralización de gran parte de la actividad económica por culpa de la epidemia, muchas de las personas que están pagando una hipoteca o viviendo de alquiler, están teniendo grandes dificultades para seguir haciéndolo. Si antes las familias sufrían la asfixia de los precios del alquiler y del endeudamiento que ya arrastraban de la crisis anterior, ahora el panorama resulta alarmante: la salida del confinamiento abre un escenario lleno de incertidumbre ante la patente subida de la tasa de desempleo y la caída del crecimiento económico que sufre Granada.
En este escenario, se ve dificultado el acceso a una vivienda, se multiplica el endeudamiento familiar, o directamente la pérdida de la vivienda, especialmente para las familias más vulnerables.
El Covid-19 y su impacto sobre el mercado inmobiliario debe servir para reivindicar la necesidad de garantizar el derecho a una vivienda digna y adecuada recogido en el artículo 47 de la Constitución Española y también para revertir las políticas de mercantilización, dibujando un horizonte normativo en el que la vivienda cumpla su función social y no sea mera mercancía o un activo objeto de especulación.
Es, ahora, cuando se nos presenta la oportunidad de articular un verdadero sistema público de vivienda, sobre todo, en el momento actual dado que el Gobierno está preparando la llamada Ley por el Derecho a la Vivienda, cuyo borrador entrará en el Consejo de Ministros de manera inminente y se remitirá de inmediato al Congreso para su debate y aprobación.
La vigente Ley 4/2013 (actualizada) de 1 de octubre, publicada en el BOJA nº 198 de 8-10-2013 y BOE 263 de 2-11-2013 en su última modificación de fecha 22-05-2018, responde a la puesta en práctica del derecho a la vivienda y a la promulgación de diversas Declaraciones y pactos internacionales suscritas por el Estado español. Tales como el contenido del artículo 25.1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que establece el derecho de los individuos y las familias a la salud y el bienestar y explícitamente a la alimentación, el vestido, la vivienda, la salud y los servicios sociales necesarios.
En el párrafo 1 del artículo 11 del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), se reconoce el derecho de todas las personas y familias a una vivienda adecuada a sus necesidades. La Ley andaluza 1/2010 de 8 de marzo regula el derecho a la vivienda en Andalucía y establece el cumplimiento de la norma constitucional española. Por otro lado, el artículo 33 de la C.E. que consagra el derecho a la propiedad privada y lo delimita a su función social y en su artículo 128 subordina toda la riqueza del país en sus distintas formas y titularidades al interés general. En ese caso, se ha establecido que la vivienda comporta poder disponer de un techo para que personas y familias puedan desarrollar su vida con normalidad y dentro de la sociedad.
Por lo tanto, queda establecido que más allá de la aplicación subjetiva del derecho a los intereses individuales, la función social de la vivienda es una parte integrante del derecho a la misma (la llamamos derecho a habitación). A tal efecto el Decreto Ley 6/2013 de 9 de abril se refiere a “las Medidas para asegurar el cumplimiento de la función social de la vivienda). Dicho Decreto Ley fue convalidado en Andalucía el 8 de mayo 2013 por lo que promulga la ya referida Ley 4/2013 a la que venimos refiriéndonos en la que se incluye la promulgación de la inspección pública de las viviendas en situación de desocupación, propiedad de las personas jurídicas radicadas en territorio nacional, para dar cumplimiento efectivo al deber de destinar al fin habitacional las viviendas. Dicha ley establece las normas y plazos para declarar legalmente la situación de deshabitadas, las viviendas objeto de inspección.
En Granada, según el último informe realizado en 2011 por el Instituto Nacional de Estadística (INE), existen alrededor de 27.024 viviendas vacías sobre un total 140.027 construidas y tenemos la regulación para el ejercicio de la inspección del estado de conservación y uso de las viviendas.
Se ha de tener en cuenta la imposición que hace la ley en cuanto a la obligatoriedad de comunicar a la administración la adjudicación a personas jurídicas tras sentencia judicial de toda aquella vivienda de protección pública- a fin de que oficialmente se pueda ejercer el derecho de tanteo y retracto para recuperarla e incorporar al Parque Público de Vivienda.
La crisis habitacional es innegable en todo el país: más de 32.000 personas sufriendo sinhogarismo; 12 millones de personas en riesgo de exclusión social; más de 1 millón de desahucios entre 2008 y el tercer trimestre del 2020, muchos agravados con cláusulas abusivas y ejecutados con una legislación contraria a los estándares europeos, sin importar que hubiera menores o personas mayores dependientes.
En España, el 36,1% de la población destina más del 40% de sus ingresos al pago de vivienda y suministros básicos; y otros miles de hogares jóvenes ni siquiera pueden constituirse. De hecho, únicamente el 18,5% de la población entre 18 y 29 años se ha emancipado por las enormes dificultades para acceder y mantener una vivienda estable.
En el Estado español las viviendas sociales representan un 2,5% del parque de viviendas principales, nada que ver con los porcentajes de algunos países europeos de nuestro entorno (Holanda 30%, Austria 24%, Reino Unido 17,6%, Francia 16,8%).
El derecho al uso en propiedad, alquiler o cualquier otro tipo de uso de la vivienda está recogido explícitamente en la Constitución Española y debería convertirse en el quinto pilar del Estado del Bienestar, al mismo nivel que la Sanidad o la Educación.
Existen numerosos ejemplos en municipios españoles que han adoptado con éxito medidas tendientes a dar mayores garantías y facilidades a los propietarios relativas a brindar garantías ante posibles impagos, rehabilitación y mantenimiento de la vivienda, ayudas relativas al IBI, etc. Por lo que Granada tiene un horizonte muy esperanzador para poder mejorar la vida tanto de propietarios como de arrendadores en época de crisis.
Por todo ello el Grupo Municipal de Podemos Izquierda Unida en el Ayuntamiento de Granada propone al pleno municipal la aprobación de los siguientes ACUERDOS:
1. La creación del Plan municipal de vivienda de forma participada y que previamente todos los agentes que participen en su creación tengan toda la información necesaria para su diseño.
2. La puesta en marcha de un ‘Plan de Ayudas al acceso a una vivienda de alquiler a familias en situación o riesgo de exclusión social’.
3. El Ayuntamiento de Granada destinará una partida específica en los Presupuestos Municipales de 2021 y sucesivos destinada al ‘Plan de Ayudas al acceso a una vivienda de alquiler a familias en situación o riesgo de exclusión social’ que contemple la cuantía mensual de las ayudas, una estabilidad y continuidad de las mismas dependiendo de la situación económica de las familias beneficiarias.
4. Que el Ayuntamiento de Granada inste a la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía a realizar las gestiones necesarias para detectar todas las viviendas radicadas en el municipio susceptibles de ser declaradas desocupadas según la redacción de la ley 4/2013.”
Abierto el debate se producen las siguientes intervenciones:
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Tras el debate, se somete la moción a votación obteniéndose el siguiente resultado:
- 13 votos a favor emitidos por los 9 Concejales/Concejalas presentes del Grupo Municipal Socialista, Sres./Sras.: D. Francisco Cuenca Rodríguez, Dña. Ana María Muñoz Arquelladas, Dña. Raquel Ruz Peis, D. Miguel Ángel Fernández Madrid, D. Eduardo José Castillo Jiménez, Dña. María de Leyva Campaña, D. Francisco Herrera Triguero, Dña. Nuria Gutiérrez Medina y D. Luis Jacobo Calvo Ramos; los 2 Concejales presentes del Grupo Municipal Podemos Izquierda Unida - Adelante, Sres.: D. José Antonio Cambril Busto y D. Francisco Puentedura Anllo; y 2 Concejales no adscritos, Sres.: D. Luis Miguel Salvador García y D. José Antonio Huertas Alarcón.
- 12 abstenciones emitidas por los 6 Concejales/Concejalas del Grupo Municipal del Partido Popular, Sres./Sras.: D. Luis González Ruiz, Dña. Eva Martín Pérez, D. César Díaz Ruiz, Dña. Josefa Rubia Ascasibar, D. Francisco Fuentes Jódar y D. Carlos Ruiz Cosano; los 3 Concejales/Concejalas del Grupo Municipal VOX, Sres./Sras.: D. Onofre Miralles Martín, Dña. Beatriz Sánchez Agustino y Dña. Mónica del Carmen Rodríguez Gallego; y 3 Concejales/as no adscritos/as, Sres./Sras.: D. Sebastián Pérez Ortiz, D. Manuel Olivares Huertas y Dña. María Lucía Garrido Guardia.
En consecuencia el Ayuntamiento Pleno acuerda por mayoría (13 votos a favor y 12 abstenciones) aprobar la Moción del Grupo Municipal Podemos Izquierda Unida-Adelante relativa a creación de un Plan Municipal de Vivienda, cuyo texto ha sido reproducido de forma íntegra al comienzo del presente acuerdo.