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| Real Decreto Legislativo 1/1996, De 12 De Abril, Por El Que Se Aprueba El Texto Refundido De La Ley De Propiedad Intelectual, Regularizando, Aclarando Y Armonizando Las Disposiciones Legales Vigentes Sobre La MateriaLa propiedad intelectual de una obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el solo hecho de su creación. Area: Patrimonio. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 12/04/1996 Estado: Vigente Tamaño:1 kb
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| 1996:02-(Febrero) |
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| 1995:12-(Diciembre) |
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| 1995:10-(Octubre) |
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| 1995:05-(Mayo) |
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| 1995:02-(Febrero) |
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| 1994:11-(Noviembre) |
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| 1994:05-(Mayo) |
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| 1994:02-(Febrero) |
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| 1993:10-(Octubre) |
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| 1993:02-(Febrero) |
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| 1992:12-(Diciembre) |
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| Real Decreto 1624/1992, De 29 De Diciembre, Que Aprueba El Reglamento Del Impuesto Sobre El Valor Añadido Y Modifica El Real Decreto 1041/1990, De 27 De Julio, Sobre Declaraciones Censales, El Real Decreto 338/1990, De 9 De Marzo, Sobre El Número De Identificación Fiscal; El Real Decreto 2402/1985, De 18 De Diciembre Sobre El Deber De Expedir Y Entregar Factura (Los Empresarios Y Profesionales), Y El Real Decreto 1326/1987, De 11 De Septiembre, Sobre Aplicación De La Directivas De La ComunidadSe aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido que figura como anexo al presente Real Decreto. Area: Economía. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 31/12/1992 Colectivo: Población general Estado: Vigente . Grupo: GeneralTamaño:2 kb
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| Ley 37/1992, De 28 De Diciembre, Del Impuesto Sobre El Valor AñadidoLa creación del mercado interior en el ámbito comunitario implica la supresión de las fronteras fiscales y exige una regulación nueva y específica, a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, de las operaciones intracomunitarias, así como una mínima armonización de los tipos impositivos del impuesto y una adecuada cooperación administrativa entre los Estados miembros. Area: Economía. Ambito: Nacional. Tipo: Leyes. Fecha: 29/12/1992 Colectivo: Población general Estado: Vigente . Grupo: GeneralTamaño:1 kb
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| Ley 38/1992, De 28 De Diciembre, De Impuestos EspecialesLos impuestos especiales son tributos de naturaleza indirecta que recaen sobre consumos específicos y gravan, en fase única, la fabricación, importación y, en su caso, introducción, en el ámbito territorial interno de determinados bienes, así como la matriculación de determinados medios de transporte y la puesta a consumo de carbón, de acuerdo con las normas de esta Ley. Area: Economía. Ambito: Nacional. Tipo: Leyes. Fecha: 29/12/1992 Colectivo: Población general Estado: Vigente . Grupo: GeneralTamaño:1 kb
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| 1992:11-(Noviembre) |
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| 1992:07-(Julio) |
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Los textos consolidados no tienen validez oficial y no sustituyen a los publicados en los diarios oficiales, que son los únicos instrumentos que dan fe de su autenticidad