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| Orden De 12 De Junio De 2003, Por La Que Se Modifica La De 22 De Mayo De 2000, Por La Que Se Fijan Las Vedas Y Períodos Hábiles De Caza En El Territorio De La Comunidad Autónoma De Andalucía. Una vez estudiada en profundidad la situación de las diferentes especies cinegéticas, (a través de los censos realizados por esta Consejería para las especies de caza mayor y menor), así como el análisis de las condiciones meteorológicas imperantes durante la temporada 2002-2003 y los últimos datos científicos y técnicos obtenidos sobre determinadas especies cinegéticas, se establecen una serie de modificaciones con respecto a la temporada anterior con el objeto de mejorar la gestión de las diferentes poblaciones. Area: Junta de Andalucía. Ambito: Andaluz. Tipo: Orden. Fecha: 02/07/2003Tamaño:203 kb
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| 2003:05-(Mayo) |
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| 2003:03-(Marzo) |
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| 2003:01-(Enero) |
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| 2002:11-(Noviembre) |
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| 2002:09-(Septiembre) |
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| 2002:07-(Julio) |
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| 2002:05-(Mayo) |
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| 2002:03-(Marzo) |
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| 2002:01-(Enero) |
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| 2001:11-(Noviembre) |
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| 2001:09-(Septiembre) |
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| Ley 9/2001, De 12 De Julio, Por La Que Se Establece El Sentido Del Silencio Administrativo Y Los Plazos De Determinados Procedimientos Como Garantías Procedimentales Para Los CiudadanosSin perjuicio de lo dispuesto en cualquier otra norma con rango de ley, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución expresa de los procedimientos administrativos que se detallan en el Anexo I de la presente Ley será el establecido para cada uno de ellos en el mismo. Area: Servicios Generales. Ambito: Nacional. Tipo: Leyes. Fecha: 12/07/2001 Estado: Vigente Tamaño:2 kb
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| Resolución De 14 De Junio De 2001, De La Secretaría General De Medio Ambiente, Por La Que Se Dispone La Publicación Del Acuerdo De Consejo De Ministros, De 1 De Junio De 2001, Por El Que Se Aprueba El Plan Nacional De Lodos De Depuradoras De Aguas Residuales 2001-2006.
El Consejo De Ministros, En Su Reunión De 1 De Junio De 2001, Adoptó, Entre Otros, Un Acuerdo Por El Que Se Aprueba El Plan Nacional De Lodos De Depuradoras De Aguas Residuales 2001-2006. a gestión de Iodos de las depuradoras de aguas residuales-EDAR (LD), código CER 190805, tiene con respecto a otros tipos de residuos la peculiaridad de que ciertos usos y posibilidades de reciclaje están regulados por normas específicas, algunas de carácter agronómico al existir la posibilidad de utilizarlos como abonos y enmiendas orgánicas en los suelos. En este sentido cabe mencionar la Directiva 86/278/CEE, relativa a la protección del medio ambiente y en particular de los suelos en la utilización de los Iodos con fines agrícolas. Esta Directiva regula las condiciones en que podrán ser aplicados los LD a los suelos agrícolas, condiciones tendentes a la protección del posible efecto nocivo sobre las aguas, el suelo, la vegetación, los animales y el propio hombre. Area: Medio Ambiente. Ambito: Nacional. Tipo: Resolución. Fecha: 12/07/2001. Grupo: LimpiezaTamaño:127 kb
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| 2001:06-(Junio) |
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| 2001:04-(Abril) |
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Los textos consolidados no tienen validez oficial y no sustituyen a los publicados en los diarios oficiales, que son los únicos instrumentos que dan fe de su autenticidad