Fecha | | |
| 2009:06-(Junio) |
| |
| |
| 2009:04-(Abril) |
| |
| |
| 2009:02-(Febrero) |
| |
| |
| 2008:12-(Diciembre) |
| |
| |
| 2008:10-(Octubre) |
| |
| |
| 2008:08-(Agosto) |
| |
| |
| 2008:06-(Junio) |
| |
| |
| 2008:04-(Abril) |
| |
| |
| 2008:02-(Febrero) |
| |
| |
| 2007:12-(Diciembre) |
| |
| |
| 2007:10-(Octubre) |
| |
| Ley 9/2007, De 22 De Octubre, De La Administración De La Junta De Andalucía.
Ley 4/2012, De 21 De Septiembre, Por La Que Se Modifica La Ley 9/2007, De 22 De Octubre, De La Administración De La Junta De Andalucía, En Determinados Aspectos De La Organización Territorial)La presente Ley regula la organización, el funcionamiento y el régimen jurídico de la Administración de la Junta de Andalucía, así como las especialidades del procedimiento administrativo común que le son propias.
Asimismo, regula los principios generales de la organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía. Area: Junta de Andalucía. Ambito: Andaluz. Tipo: Leyes. Fecha: 31/10/2007 Estado: Vigente Tamaño:68 kb
| |
| Real Decreto 1400/2007, De 29 De Octubre, Por El Que Se Establecen Normas Para El Reconocimiento Del Complemento A Los Titulares De Pensión De Jubilación E Invalidez De La Seguridad Social, En Su Modalidad No Contributiva, Que Residan En Una Vivienda Alquilada. Se Incluye Real Decreto 1371/2009, De 13 De Agosto, Por El Que Se Modifica El Real Decreto 1400/2007. ( Boe Núm. 217, 8/09/09)Este Real Decreto tiene por objeto establecer las normas necesarias para el reconocimiento, tramitación y pago del complemento anual de pensión previsto en el artículo 40.2 de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, a favor de los beneficiarios de pensión de jubilación e invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, que acrediten fehacientemente carecer de vivienda en propiedad y residir de forma habitual en una vivienda alquilada, siempre que el propietario de ésta no tenga con el pensionista relación de parentesco hasta el tercer grado. Area: Bienestar Social. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 30/10/2007 Colectivo: Población general Estado: Vigente Tamaño:570 kb
| |
| Resolución De 28 De Septiembre De 2007, Del Servicio Público De Empleo Estatal, Por La Que Se Hace Público El Catálogo De Ocupaciones De Difícil Cobertura Para El Cuarto Trimestre De 2007.catálogo de ocupaciones de difícil cobertura, con vigencia para el cuarto trimestre del año 2007 Area: Bienestar Social. Ambito: Nacional. Tipo: Resolución. Fecha: 30/10/2007 Colectivo: ExtranjerosTamaño:1256 kb
| |
| Real Decreto 1341/2007, De 11 De Octubre, Sobre La Gestión De La Calidad De Las Aguas De BañoEste real decreto tiene por objeto:
1. Establecer los criterios sanitarios que deben cumplir las aguas de baño, para garantizar su calidad con el fin de proteger la salud humana de los efectos adversos derivados de cualquier tipo de contaminación.
2. Conservar, proteger y mejorar la calidad del medio ambiente en complemento al texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.
3. Establecer disposiciones mínimas para el control, la clasificación, las medidas de gestión y el suministro de información al público sobre la calidad de las zonas de aguas de baño. Area: Medio Ambiente. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 26/10/2007 Estado: Vigente Tamaño:28 kb
| |
| Ley 26/2007, De 23 De Octubre, De Responsabilidad MedioambientalEsta ley regula la responsabilidad de los operadores de prevenir, evitar y reparar los daños medioambientales, de conformidad con el artículo 45 de la Constitución y con los principios de prevención y de que «quien contamina paga». Area: Medio Ambiente. Ambito: Nacional. Tipo: Leyes. Fecha: 24/10/2007 Estado: Vigente . Grupo: AmbientalTamaño:1 kb
| |
| Ley 27/2007, De 23 De Octubre, Por La Que Se Reconocen Las Lenguas De Signos Españolas Y Se Regulan Los Medios De Apoyo A La Comunicación Oral De Las Personas Sordas, Con Discapacidad Auditiva Y SordociegasLa presente Ley tiene por objeto reconocer y regular la lengua de signos española como lengua de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas en España que libremente decidan utilizarla, sin perjuicio del reconocimiento de la lengua de signos catalana en su ámbito de uso lingüístico, así como la regulación de los medios de apoyo a la comunicación oral. Area: Bienestar Social. Ambito: Nacional. Tipo: Leyes. Fecha: 24/10/2007 Colectivo: Personas con discapacidad Estado: Vigente Tamaño:27 kb
| |
| Real Decreto 1371/2007, De 19 De Octubre, Por El Que Se Aprueba El Documento Básico «Db-Hr Protección Frente Al Ruido» Del Código Técnico De La Edificación Y Se Modifica El Real Decreto 314/2006, De 17 De Marzo, Por El Que Se Aprueba El Código Técnico De La EdificaciónSe aprueba el Documento Básico «DB-HR Protección frente al Ruido» del CTE Area: Urbanismo Obras y Licencias. Ambito: Nacional. Tipo: Real Decreto. Fecha: 23/10/2007 Estado: Vigente Tamaño:1 kb
| |
| Orden De 1 De Octubre De 2007, Por La Que Se Aprueban Los Modelos De Informe Social, Trámite De Consulta Y Propuesta De Programa Individual De Atención Del Sistema Para La Autonomía Y Atención A La Dependencia En Andalucía.Se aprueban los modelos de informe social, trámite de consulta y propuesta de Programa Individual de Atención regulados en el artículo 17 Decreto 168/2007, de 12 de junio, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las Prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia Area: Bienestar Social. Ambito: Nacional. Tipo: Orden. Fecha: 22/10/2007 Colectivo: Mayores, Personas con discapacidad Estado: Vigente Tamaño:465 kb
| |
| Ley 25/2007, De 18 De Octubre, De Conservación De Datos Relativos A Las Comunicaciones Electrónicas Y A Las Redes Públicas De Comunicaciones. Esta Ley tiene por objeto la regulación de la obligación de los operadores de conservar los datos generados o tratados en el marco de la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas o de redes públicas de comunicación, así como el deber de cesión de dichos datos a los agentes facultados siempre que les sean requeridos a través de la correspondiente autorización judicial con fines de detección, investigación y enjuiciamiento de delitos graves contemplados en el Código Penal o en las leyes penales especiales. Area: Internet y Administración Electrónica. Ambito: Nacional. Tipo: Leyes. Fecha: 19/10/2007 Estado: Vigente Tamaño:19 kb
| |