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| Decreto 70/2009, De 31 De Marzo, Por El Que Se Aprueba El Reglamento De Vigilancia Sanitaria Y Calidad Del Agua De Consumo Humano De Andalucía.El objeto de este Reglamento es la regulación de la vigilancia sanitaria y de la calidad del agua de consumo humano en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que incluye las siguientes materias:
a) Los requisitos sanitarios que deben cumplir las instalaciones de abastecimiento y el tratamiento de potabilización del agua de consumo humano.
b) El control de la calidad del agua de consumo humano.
c) Las medidas de gestión ante incumplimientos de la calidad del agua de consumo humano y situaciones de alerta.
d) La autorización de excepción a los valores paramétricos establecidos en el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.
e) La gestión y administración a nivel autonómico del Sistema de Información Nacional de Agua de Consumo, en adelante SINAC. Area: Salud. Ambito: Andaluz. Tipo: Reglamentos. Fecha: 17/04/2009 Estado: Vigente . Grupo: AlimentaciónTamaño:1272 kb
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| Decreto 71/2009, De 31 De Marzo, Por El Que Se Regula El Censo De Entidades Colaboradoras De La EnseñanzaEl presente Decreto tiene por objeto regular la organización, funcionamiento y contenido del Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza, en adelante el Censo, de conformidad con el artículo 180 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía. Area: Educación. Ambito: Andaluz. Tipo: Decretos. Fecha: 17/04/2009 Estado: Vigente Tamaño:100 kb
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| Instrucción 2/2009, De 2 De Abril, De La Junta Electoral Central, Sobre Garantía Del Ejercicio Personal Del Voto Por Correo De Los Electores Residentes Ausentes.Los electores residentes ausentes que voten por correo en las elecciones a Diputados, Senadores, miembros de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas y Diputados al Parlamento Europeo, deben incluir en el sobre a enviar a la Junta Electoral Provincial, junto al sobre o sobres de votación y el certificado de inscripción en el censo, fotocopia del pasaporte o del Documento Nacional de Identidad, expedidos por las autoridades españolas, o en su defecto, certificación de nacionalidad expedida por el Consulado de España en el país de residencia. Area: Junta Electoral Central. Ambito: Nacional. Tipo: Instrucción. Fecha: 17/04/2009 Estado: Vigente Tamaño:6 kb
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