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| Ordenanza Reguladora Del Comercio Ambulante En El Término Municipal De Granada 2017La presente Ordenanza tiene por objeto regular con carácter general el comercio ambulante dentro del término municipal de Granada de conformidad con lo previsto en el texto refundido de la Ley del Comercio Ambulante, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2012, de 20 de marzo, para la transposición en Andalucía de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre de 2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior.
Se entiende por comercio ambulante el que se realiza fuera de establecimiento comercial permanente, con empleo de instalaciones desmontables, transportables o móviles, de la forma y con las condiciones que se establecen en el texto refundido de la Ley del Comercio Ambulante, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2012, de 20 de marzo. Tipo: Ordenanzas. Ambito: Local. Fecha: 27/07/2017. Grupo:Comercio Estado: Vigente Las autorizaciones que estuvieran vigentes en el momento de la entrada en vigor de esta Ordenanza, serán prorrogadas, y el plazo de vigencia de quince años previsto en el artículo 8, se computará desde el 26 de junio de 2013, plazo de entrada en vigor de la modificación realizada por acuerdo plenario de 26 de abril de 2013. Tamaño:21255 kb
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| Ordenanza General De Los Mercados Municipales Minoristas De La Ciudad De GranadaLa reglamentación siguiente se refiere al régimen de organización y funcionamiento interno de los Mercados Municipales Minoristas de la ciudad de Granada, que constituirán un centro de abastecimiento público del tipo mercantil de venta menor, con establecimientos agrupados en un mismo recinto.
Será aplicable a los Mercados Municipales ya instalados o que el Ayuntamiento pueda instalar o autorizar, mediante la oportuna concesión a Empresas privadas o a particulares, en las concentraciones urbanas que lo aconsejen por las exigencias de su radicación periférica. Tipo: Ordenanzas. Ambito: Local. Fecha: 23/02/2000. Grupo:Funcionamiento Estado: Vigente Tamaño:31 kb
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Los textos consolidados no tienen validez oficial y no sustituyen a los publicados en los diarios oficiales, que son los únicos instrumentos que dan fe de su autenticidad