Normativa: Local
Decreto autorizaciones por controles de accesos por carrera del Darro
Tipo: Decretos de Movilidad Tráfico y Transportes | Area: Movilidad Tráfico y Transportes |
Resumen: Confirmar el carácter de calle peatonal de la calle Carrera del Darro y el tramo del Paseo del Padre Manjón comprendido entre la Cuesta de la Victoria y la Carrera del Darro y ampliar el Decreto de 5/03/2012 (expte. 12303/2012), de tal forma que se permitirá la circulación de los vehículos de propietarios y arrendatarios de cocheras dentro de la manzana comprendida entre Cuesta del Chapiz, Carrera del Darro, Paseo del Padre Manjón y San Juan de los Reyes, incluyendo estas calles. |
Fecha: 01/12/2017 Ambito: Local |
Estado: Vigente | |
DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD
Decreto autorizaciones por controles de accesos a clientes de hoteles
EDICTO
Por el presente se hace saber que con fecha 17/11/2017, la Concejala Delegada de Movilidad y Protección Ciudadana ha dictado Decreto por el que se establece la regulación de autorizaciones en Carrera del Darro: Decreto: Existe Decreto de 5/03/2012 (expte. 12303/2012), firmado por la Tte. De Alcalde Delegada de Protección Ciudadana y Movilidad, en el que se establece la calle Carrera del Darro y el tramo de Paseo del Padre Manjón comprendido entre Cuesta de la Victoria y la Carrera del Darro, como calles peatonales. Se permite, previa solicitud y autorización, exclusivamente la circulación de aquellos vehículos de los residentes que tengan el único acceso a sus cocheras por esta vía y a los viajeros hasta los hoteles que igualmente tengan su único acceso por la misma. Con fecha 13/11/2017, se ha emitido informe del técnico municipal en el que se indica que, por instrucciones de la Delegación se ha de modificar el ámbito de calles en las que los propietarios y arrendatarios de cocheras, dentro de la manzana comprendida entre Cuesta del Chapiz, Carrera del Darro, Paseo del Padre Manjón y San Juan de los Reyes, incluyendo estas calles. A la vista del informe emitido por los servicios técnicos y en virtud de lo dispuesto en los artículos 7 y 18 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y en uso de las facultades que confieren el art. 124.4 y 124.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local, y de conformidad con el Decreto del Alcalde-Presidente, de fecha 10 de mayo de 2016, publicado en el BOP nº 95, de 20 de mayo de 2016, por el que se delegan competencias en la Delegada del Área de Movilidad y Protección Ciudadana,
DISPONGO:
Primero: Confirmar el carácter de calle peatonal de la calle Carrera del Darro y el tramo del Paseo del Padre Manjón comprendido entre la Cuesta de la Victoria y la Carrera del Darro y ampliar el Decreto de 5/03/2012 (expte. 12303/2012), de tal forma que se permitirá la circulación de los vehículos de propietarios y arrendatarios de cocheras dentro de la manzana comprendida entre Cuesta del Chapiz, Carrera del Darro, Paseo del Padre Manjón y San Juan de los Reyes, incluyendo estas calles.
Segundo: Las personas interesadas deberán estar autorizadas para acceder al Barrio del Albaicín según la Ordenanza Municipal reguladora de las Zonas de Acceso Restringido y Carriles Especialmente Protegidos de la Ciudad de Granada, aprobada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno de 21/02/2014 y publicada en el BOP núm. 48, de 13/03/2014, o solicitar la misma de forma simultánea a la autorización de acceso de Carrera del Darro, y se harán coincidir en el mismo tiempo ambas autorizaciones.
Tercero: Publicar la presente resolución para general conocimiento. Contra el presente acto que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada en el plazo de dos meses o con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes, según lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, indicando que, en el caso de interposición de este último no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, así como cualquier otro que se estime oportuno.
Granada, 20 de noviembre de 2017.-La Concejala Delegada de Movilidad y Protección Ciudadana, fdo.: Raquel Ruz Peis.
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