Normativa: Autonómica Andaluza
RESOLUCIÓN de 18 de enero de 2007, de la Dirección General de Personas con Discapacidad, por la que se actualiza el coste de las plazas concertadas y conveniadas con Centros para Personas con Discapacidad.
Tipo: Resolución de Bienestar Social | Area: Bienestar Social |
Resumen: A partir del 1 de enero de 2007, el coste de los distintos tipos de plazas ocupadas en Centros residenciales y de día de atención a personas con discapacidad contemplados en los artículos 3 y 4 del Decreto 246/2003, de 2 de septiembre, concertados y conveniados con la Consejería para la Igualdad
y Bienestar Social y sus Entidades Colaboradoras será como cantidad máxima la siguiente: |
Fecha: 31/01/2007 Ambito: Andaluz Colectivo: Personas con discapacidad |
BOJA 23 de 31 de enero de 2007
RESOLUCIÓN de 18 de enero de 2007, de la Dirección General de Personas con Discapacidad, por la que se actualiza el coste de las plazas concertadas y conveniadas con Centros para Personas con Discapacidad.
El artículo 4 de la Orden de 20 de abril de 2006, por la que se establecen las tarifas y se regula la aportación de las personas usuarias que regirán en los Centros residenciales y de día de atención a personas con discapacidad concertados y conveniados con esta Consejería, establece que las tarifas serán
actualizadas automáticamente con efectos del día primero de cada año, en función del índice de precios al consumo del ejercicio anterior.
Publicado por el Instituto Nacional de Estadística el incremento del IPC del año 2006, éste asciende al 2,7%. Es por ello que esta Dirección General de Personas con Discapacidad, en virtud de las facultades conferidas en la disposición final primera de la Orden de 20 de abril de 2006,
R E S U E L V E
Único. A partir del 1 de enero de 2007, el coste de los distintos tipos de plazas ocupadas en Centros residenciales y de día de atención a personas con discapacidad contemplados en los artículos 3 y 4 del Decreto 246/2003, de 2 de septiembre, concertados y conveniados con la Consejería para la Igualdad
y Bienestar Social y sus Entidades Colaboradoras será como cantidad máxima la siguiente:
1. Plazas en Centros residenciales.
1.1. Plazas de respiro:
1.1.1. Para personas gravemente afectadas: 63,32 euros/día.
1.1.2. Para personas con menor nivel de dependencia:
46,91 euros/día.
1.2. Plazas en residencias para personas gravemente
afectadas.
1.2.1. Por retraso mental: 61,87 euros/día.
1.2.2. Por discapacidad física y/o visual o parálisis cerebral:
66,73 euros/día.
1.3. Plazas en Residencias para personas con retraso
mental o personas con trastornos del espectro autista y alteraciones
graves de conducta: 89,02 euros/día.
1.4. Plazas en Residencias de adultos/as y en Viviendas
tuteladas:
1.4.1. Con Centro ocupacional: 47,01 euros/día.
1.4.2. Sin Centro ocupacional: 37,97 euros/día.
2. Plazas de Centros de día.
2.1. Plazas en Unidades de estancia diurna:
2.1.1. Para personas con retraso mental:
a) De 8 a 19 usuarios/as: 583,21 euros/mes.
b) A partir de 20 usuarios/as: 744,80 euros/mes.
2.1.2. Para personas con discapacidad física y/o visual, o
parálisis cerebral: 819,81 euros/mes.
2.1.3. Para personas con retraso mental y graves y continuados
trastornos de conducta: 856,24 euros/mes.
2.1.4. Para personas con trastornos del espectro autista:
856,24 euros/mes.
2.2. Plazas en Centros ocupacionales:
2.2.1. En régimen de media pensión y transporte: 537,38
euros/mes.
2.2.2. En régimen de media pensión sin transporte:
378,06 euros/mes.
2.2.3. En régimen de internado (Residencia de adultos o
Vivienda tutelada): 275,87 euros/mes.
2.2.4. Sin comedor ni transporte: 313,29 euros/mes.
Sevilla, 18 de enero de 2007.- La Directora General, Aurelia Calzada Muñoz.
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