Normativa: Autonómica Andaluza
Decreto 76/2023, de 3 de abril, por el que se convocan elecciones a la Presidencia de las Entidades Locales Autónomas existentes en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 64 de 04/04/2023
Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa
Decreto 76/2023, de 3 de abril, por el que se convocan elecciones a la Presidencia de las Entidades Locales Autónomas existentes en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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El artículo 42.3 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en la redacción dada por la Ley Orgánica 8/1991, de 13 de marzo, establece la necesidad de que se expida la convocatoria de elecciones locales cincuenta y cinco días antes del cuarto domingo del mes de mayo del año en que vayan a celebrarse elecciones de este nivel.
Con motivo de la expiración de los mandatos de las actuales corporaciones locales, se hace preciso que, con fecha de hoy y para su publicación en tiempo y forma, se proceda a la correspondiente convocatoria electoral que, en el caso de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se referirá a la elección de la Presidencia de las Entidades Locales Autónomas existentes en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, siendo la fecha de celebración la del 28 de mayo de 2023.
Para la ordenación del proceso electoral municipal considerado en su conjunto, el Consejo de Ministros, conforme al artículo 185 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, procede en igual fecha a la convocatoria de las elecciones locales, expidiendo el correspondiente Real Decreto.
En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en el Estatuto de Autonomía para Andalucía, así como en los artículos 185 y 199.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, en relación con lo dispuesto en la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, y conforme al artículo 27.22 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 28 de marzo de 2023,
DISPONGO
Artículo 1. Convocatoria y fecha de celebración de las elecciones.
Se convocan para el día 28 de mayo de 2023 elecciones a la Presidencia de las Entidades Locales Autónomas existentes en la Comunidad Autónoma de Andalucía que se detallan en el anexo del presente decreto.
Artículo 2. Designación de los vocales de la Junta vecinal.
La designación de las personas titulares de las vocalías de las Juntas vecinales de las Entidades Locales Autónomas se realizará siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 127.4 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.
El número de vocalías que corresponde a cada Junta vecinal, conforme a lo previsto en los apartados 2 y 3 del mismo precepto, se detalla, asimismo, en el anexo del presente decreto.
Artículo 3. Duración de la campaña electoral.
La campaña electoral tendrá una duración de quince días naturales, comenzando a las cero horas del viernes 12 de mayo de 2023 y finalizando a las veinticuatro horas del viernes 26 de mayo de 2023.
Artículo 4. Normativa de aplicación.
Las elecciones convocadas por este decreto se regirán por la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, y por sus normas de desarrollo, por los artículos 126, 127 y demás concordantes de la Ley 5/2010, de 11 de junio, así como por la restante normativa que sea de aplicación.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 3 de abril de 2023
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
ANTONIO SANZ CABELLO
Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social
y Simplificación Administrativa
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