BOP nº 37, Granada, jueves, 24 de febrero de 2021
DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL, SERVICIOS GENERALES Y ORGANIZACIÓN
EDICTO
D. FRANCISCO FUENTES JODAR, TENIENTE ALCALDE DELEGADO DE RECURSOS HUMANOS, ORGANIZACIÓN Y SERVICIOS GENERALES
HACE SABER: Que en la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local de fecha 5 de febrero de 2021 se adoptó el siguiente acuerdo con núm. 112, que litermante dice:
El desarrollo del Plan de Ordenación de Recursos Humanos aprobado por acuerdo de Junta de Gobierno Local de 11 de mayo de 2019, en lo referente a las promociones internas, obliga a adaptar la Relación de Puestos de Trabajo como instrumento esencial que determina la organización de la administración, clasificando y valorando los puestos de trabajo de esta, a los nuevos grupos o subgrupos en que se integrarán los funcionarios de carrera una vez superen tales procesos y tomen posesión de las plazas.
Sobre esta cuestión el Subdirector General de Recursos Humanos, conformado por la Directora General de Personal ha emitido el siguiente informe:
“ … De esta manera se han elaborado unos criterios de aplicación, que han sido aprobados por unanimidad de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Negociación, en su sesión celebrada el pasado 28 de enero.
El eje central de los mismos ha sido, por un lado mantener la estructura actual organizativa y el desempeño de las funciones asignadas garantizando la continuidad en los servicios y por otro la adaptación de la misma a las nuevas categorías profesionales, respetando el principio general de mejora de los servicios públicos, reflejados en el plan de ordenación de recursos humanos citado, siendo estos procesos parte de los objetivos aprobados.”
Por todo ello se estima procedente y así a propuesta del Teniente de Alcalde Delegado de de Recursos Humanos, Servicios Generales y Organización; Régimen Interior y Servicios Jurídicos; Presidencia y Contratación, la Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes
acuerda: Aprobar los criterios generales de adaptación de la Relación de Puestos de Trabajo a los procesos de promoción interna que forman parte del plan de ordenación de recursos humanos aprobado por acuerdo de 11 de mayo de 2019 como se describe a continuación:
CRITERIOS GENERALES ADAPTACIÓN RPT PROCESOS DE PROMOCIÓN INTERNA
PRIMERO. Los puestos de trabajo singularizados asignados a los funcionarios que promocionen se adaptaran al nuevo grupo o subgrupo perteneciente, si fuese necesario, pasando a codificarse según el nuevo puesto desempeñado, sin que ello exija otra valoración y clasificación distinta a las ya existentes. Es decir integrándose en los puestos acordes con el grupo/subgrupo de pertenencia y funciones determinadas, que continuarán realizándose. Todo ello conforme a la RPT en vigor en cada momento. (Puestos de estructura)
SEGUNDO. Los puestos de trabajo no singularizados:
a) Cuando exista el correlativo puesto de trabajo en la nueva categoría, se integrará en esta, con independencia del importe del complemento específico de procedencia, por lo que pasarán a percibir el complemento específico correspondiente. (Puestos base)
b) Cuando no exista el correlativo puesto de trabajo en la nueva categoría profesional, se valorarán con la misma clasificación del de procedencia, aplicándose la fórmula general del cálculo del complemento específico establecida para la RPT.
TERCERO. Los puestos de trabajo que tengan asignado el complemento de “urbanista”, al estar declarados “a extinguir” según la RPT, quedarán automáticamente amortizados, aplicándose a los funcionarios promocionados, los criterios anteriores e integrándose en el sistema general de este instrumento de gestión de recursos humanos, en cuanto a la valoración y clasificación de los puestos de trabajo, atendiendo a la estructura administrativa municipal y funciones desempeñadas.
CUARTO. Los funcionarios que se integren en el grupo B mantendrán el complemento específico asignado. El nivel de complemento de destino se modificará de la siguiente manera:
- Puestos no singularizados - base: nivel 21.
- Puestos singularizados – estructura: nivel 22.”
Contra el presente acuerdo, que ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación. No obstante, puede interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o cualquier otro recurso que se estime procedente.
Lo que se hace público para general conocimiento.
(Firmado electrónicamente en la fecha abajo indicada)
El Teniente Alcalde Delegado de Recursos Humanos,
Organización y Servicios Generales
Francisco Fuentes Jódar
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