INSTRUCCIÓN PARA EVITAR UN USO SEXISTA DEL LENGUAJE EN LA DOCUMENTACIÓN GENERADA POR EL AYUNTAMIENTO DE GRANADA
DECRETO:
Don José Torres Hurtado, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Granada,
En el marco de la transversalidad de género al que las distintas Administraciones Públicas vienen obligadas por la normativa estatal y autonómica, el Ayuntamiento de Granada, en sesión plenaria celebrada el 31 de Octubre de 2008, aprueba el IV Plan de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres 2009-2014, que tiene una doble finalidad: incorporar la perspectiva de género en la acción municipal y fomentar la igualdad entre mujeres y hombres en la estructura del Ayuntamiento.
Teniendo en cuenta que para la implementación de un Plan de Igualdad es necesaria la implicación y corresponsabilidad de todas las Áreas Municipales, se crean distintos Grupos de Trabajo, siendo una de las líneas de actuación la erradicación del lenguaje sexista, por el papel fundamental de la lengua como instrumento de reproducción cultural en la formación de la identidad social de la persona, así como la influencia negativa que en el contexto social existente tiene un uso discriminatorio del lenguaje.
Por todo ello, esta Alcaldía Presidencia, dando cumplimiento a lo que al respecto se dispone en el artículo 14.11 de la Ley Orgánica 312007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, según el cual "a los fines de esta Ley,
serán criterios generales de actuación de los Poderes Públicos la implantación de un lenguaje no sexista en el ámbito administrativo y su fomento en la totalidad de las relaciones sociales, culturales y artísticas"; el artículo 4.10 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, según el cual "la adopción de medidas necesarias para eliminar el uso sexista del lenguaje y garantizar y promover la utilización de una imagen de las mujeres y los hombres, fundamentada en la igualdad de sexo, en todos los ámbitos de la vida pública y privada"; así como la actuación 1.2.9 del Eje Institucional del IV Plan de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Ayuntamiento de Granada 2009-2014, que establece el 'fomento y promoción del uso del lenguaje, contenidos e imágenes no sexistas en toda la documentación municipal y en las campañas de información que realicen las áreas municipales", aceptando propuesta de la Delegación de Atención a la Familia, Bienestar Social e Igualdad de Oportunidades, en base al trabajo realizado por el grupo de trabajo sobre lenguaje no sexista,
HE RESUELTO:
PRIMERO. Aprobar la siguiente INSTRUCCIÓN para evitar un uso sexista del lenguaje en la documentación generada por el Ayuntamiento de Granada, que implica la visibilidad de las mujeres a través de un lenguaje inclusivo y no subordinado, evitando toda posible confusión o ambigüedad.
SEGUNDO. Dicha Instrucción recoge y sistematiza una serie de recursos que, siendo plenamente correctos desde el punto de vista lingüístico, dan un tratamiento igualitario a ambos sexos en la redacción de la documentación generada por este Ayuntamiento, siendo de aplicación las siguientes normas:
1. Regla de la Inversión:
Para comprobar si un texto incurre en sexismo lingüístico se aplicará la regla de inversión, consistente en sustituir la palabra dudosa por su correspondiente de género opuesto. Si la frase resulta inadecuada, es que el enunciado primero es sexista, debiendo en consecuencia ser cambiado.
Ejemplo: "Los trabajadores tendrán derecho a dos pagas extraordinarias al año". Aplicando la regla de inversión cambiaría el contenido de la frase: "Las trabajadoras tendrán derecho a dos pagas extraordinarias al año". Esta segunda frase resulta inadecuada puesto que se deduce que solo son mujeres las que cobrarán las pagas extras. En este caso, lo correcto sería: "El personal tendrá derecho a dos pagas extraordinarias al año".
2. Reglas generales para evitar el uso del masculino genérico:
Tratándose ésta de una forma correcta desde el punto de vista lingüístico para designar ambos sexos, en el contexto social de hoy, el uso de dicha fórmula obstaculiza el pleno establecimiento de la igualdad entre mujeres y hombres.
Es por ello que, puesto que el sistema lingüístico español ofrece posibilidades para avanzar hacia un lenguaje inclusivo, se deberán de utilizar los siguientes recursos lingüísticos, alternándolos según su contexto:
a. Utilización de sustantivos genéricos o colectivos para englobar ambos sexos. Se trata de un buen número de sustantivos que, con independencia de que tengan género gramatical femenino o masculino, hacen referencia tanto a hombres como mujeres; siendo su uso preferible, siempre que sea posible, a la utilización del masculino genérico. Como ejemplos podemos señalar tales como: funcionariado, ciudadanía, vecindario, electorado, descendencia, familia, etc.
b. Sustitución del masculino genérico por perífrasis del tipo población granadina en lugar de granadinos, personas discapacitadas en lugar de discapacitados, corporación municipal en lugar de concejales, personas interesadas en lugar de interesados, comunidad escolar en lugar de profesores y alumnos, etc.
c. Evitar la recurrencia al masculino genérico, omitiendo la referencia directa al sexo del sujeto en la construcción gramatical, siempre y cuando no se cree ningún tipo de ambigüedad:
1. Ejemplo de estructura verbal con "se" impersonal: "Se beneficiarán de estas ayudas ... ", en lugar de "Serán beneficiarios de estas ayudas ... ".
2. Mediante la utilización de infinitivos y gerundios: "Es obligatorio haber presentado la siguiente documentación ... ", en lugar de "Es obligatorio que el interesado haya presentado la siguiente documentación ... "
d. Utilización de construcciones metonímicas, aludiendo al cargo, profesión, oficio o titulación con preferencia a la designación de las personas que 10 desempeñen o posean: "Jefatura ", en lugar de los Jefes; "vicepresidencia ", en lugar de los Vicepresidentes, "Secretaría ", en lugar de los Secretarios, "Asesoría ", en lugar de asesor, etc.
e. Recurrir al uso de aposiciones explicativas cuando se emplee masculino genérico, que clarifiquen que en dicho caso su uso responde a su función genérica. Por ejemplo: "El objetivo es proporcionar a los mayores, de uno y otro sexo, alternativas de ocio".
f. En el caso de sustantivos de una única determinación para ambos sexos, en los que el artículo asume la función de determinar el género, como es el caso de solicitante, adquiriente, denunciante, recurrente, etc. se puede:
1. Omitir el artículo en determinados contextos: "Solicitantes de la ayuda ... "
2. Usar un pronombre: "Quién solicite la ayuda ... "
3. Sustituir por un determinante sin marca de género: "Cada solicitante de la ayuda ... "
3. Orientaciones específicas para los impresos generados por el Ayuntamiento de Granada y dirigidos a la ciudadanía:
a. Para evitar el lenguaje sexista en los documentos y formularios normalizados que en la actualidad están siendo generados por las distintas áreas y servicios de este Ayuntamiento, habiendo sido revisados y detectando que en su mayoría coincide el sexismo en el lenguaje en los mismos tramos de esta documentación, se ofrecen una serie de orientaciones que serán de aplicación en todos los impresos:
1. Sustituir los sustantivos de masculino genérico por perífrasis:
Interesado, por "la persona interesada"; arrendatario, por "la persona arrendataria"; propietario, por "la persona propietaria"; extranjero, por "la persona extranjera"; inscrito, por "la persona inscrita"; denunciado, por "la persona denunciada"; usuario, por "la persona usuaria", etc.
2. Omitir el artículo, siempre que sea posible, en el caso de sustantivos de una única determinación para ambos sexos: el solicitante, por "solicitante "; el representante, por "representante "; el denunciante, por "denunciante "; el titular, por "titular "; el responsable, por "responsable "; el pensionista, por "pensionista "; el conviviente, por "conviviente", etc. En caso de que no sea posible esta alternativa, se deberá de utilizar alguno de los recursos mencionados en las reglas generales para evitar el uso del masculino genérico.
b. La Instancia General, que se adjunta como anexo, será el modelo obligatorio para aquellas otras instancias específicas generadas por las Áreas Municipales.
4. Normas de estilo:
a. Se evitará en 10 posible la estrategia de la duplicación, así como las de dobles concordancias en cuanto al género en artículos, sustantivos y adjetivos.
Así frente a "Los concejales y concejalas serán los o las que determinen ... ", resulta más correcto: "Los concejales y concejalas serán quienes determinen ... ".
b. Sólo se utilizarán los signos de barras cuando no sea posible jurídica o técnicamente el empleo de otras estrategias.
c. En el caso de que sea imprescindible utilizar los desdoblamientos, se nombrará en femenino y en masculino alternando el orden.
d. No deberán ser utilizadas arrobas para designar masculinos y femeninos.
e. En la documentación municipal, además de evitar el sexismo en el lenguaje, se deberá de tener en cuenta la claridad de los textos, concisión, precisión y riqueza expresiva.
5. Denominaciones:
Todas las Áreas, Servicios y Departamentos del Ayuntamiento de Granada, deberán adoptar UD lenguaje inclusivo en sus denominaciones según las normas
recogidas en esta instrucción.
Ejemplos de denominación de servicios y departamentos: "Atención al inmigrante" por "Atención a inmigrantes"; "Atención al ciudadano" por "Atención a la ciudadanía".
TERCERO. La presente instrucción es de obligado cumplimiento para todas las Áreas y Servicios Municipales y entrará en vigor al día siguiente de la firma de esta Resolución, para adaptar progresivamente toda la documentación generada por las Áreas, Servicios y Departamentos del Ayuntamiento al lenguaje no sexista.
CUARTO. Anualmente se llevará a cabo UD seguimiento de la documentación generada por este Ayuntamiento para comprobar la eficacia de
las normas recogidas en la presente Instrucción.
Granada, 29 de Marzo de 2.011
EL ALCALDE
José Torres Hurtado
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Solicitud general