CONSEJERÍA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL
RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2007, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se regula la convocatoria para la participación en el programa de Campos de Trabajo de Servicio Voluntario para Jóvenes 2007.
La Ley 9/1996, de 26 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales en materia de Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a Entidades de Derecho Público, creó en su disposición adicional primera el Instituto Andaluz de la Juventud, como Organismo Autónomo de carácter administrativo.
Mediante el Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, se adscribe a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.
El Decreto 118/1997, de 22 de abril, por el que se aprueba el Régimen de Organización y Funcionamiento del Instituto Andaluz de la Juventud (BOJA núm. 49, de 26 de abril), modificado por Decreto 452/2004, de 6 de julio, atribuye en su artículo 3 al citado Instituto, entre otras funciones, la de «fomento de la participación, promoción, información y formación en materia de juventud».
Asimismo, el apartado undécimo, punto 2, de la Resolución de 7 de noviembre de 2006 de este Instituto, por la que se regula la convocatoria para la aprobación de proyectos correspondientes al Programa de Campos de Trabajo de Servicio Voluntario para Jóvenes 2007, establece que la selección de los jóvenes participantes en las actividades que resulten aprobadas, corresponderá al Instituto Andaluz de la Juventud y a sus direcciones provinciales, dentro de sus respectivos ámbitos territoriales.
La aprobación del Plan Junta Joven ha significado la apuesta decidida de la Junta de Andalucía por el desarrollo integral de la juventud andaluza. Dicho Plan se configura como un elemento de coordinación e impulso de las diferentes políticas destinadas a la población juvenil dentro del territorio. En el área de participación y voluntariado se establece dentro del Objetivo General 1: que los y las jóvenes dispongan de cauces para desarrollar su carácter solidario a través del voluntariado. Igualmente, se establece que una de las acciones derivadas del mencionado objetivo sea la continuación del Programa de Campos de Trabajo de Servicio Voluntario para Jóvenes.
En este marco funcional, y con la finalidad de promocionar actividades y servicios para la Juventud de nuestra Comunidad Autónoma, encaminadas a difundir el respeto a los valores democráticos, a fomentar estilos de vida saludable, abriendo nuevas posibilidades que permitan un uso más creativo del tiempo libre, se pretende desarrollar la convocatoria para la participación en el Programa de Campos de Trabajo de Servicio Voluntario para Jóvenes 2007.
Los Campos de Trabajo son una forma particular de servicio voluntario que cuentan con una larga tradición e implantación en nuestro país y en todo el mundo. Consisten en que un grupo de jóvenes de diferentes procedencias se comprometen, de forma voluntaria y desinteresada, a desarrollar un proyecto de trabajo de proyección social y de actividades complementarias, durante un tiempo determinado. Siendo la realización del proyecto un medio para fomentar valores de convivencia, tolerancia, solidaridad, participación o aprendizaje intercultural.
De conformidad con lo establecido en el apartado 3, punto 3, de la disposición adicional primera de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, en el artículo 9 del Decreto 118/1997, de 22 de abril, modificado por Decreto 452/2004, de 6 de julio, y en el apartado undécimo, punto 2, de la Resolución de 7 de noviembre de 2006 anteriormente citada, y demás normas de general aplicación, este Instituto resuelve:
Primero. Objeto.
La presente Resolución tiene por objeto convocar el Programa de Campos de Trabajo de Servicio Voluntario para Jóvenes 2007.
Segundo. Plazas y turnos.
Dentro del Programa de Campos de Trabajo de Servicio Voluntario para Jóvenes, se ofertan para el año 2007 un total de 831 plazas distribuidas en 32 Campos de Trabajo.
Los Campos de Trabajo de Servicio Voluntario en Andalucía son aprobados conforme a la regulación contenida en la Resolución 7 de noviembre de 2006, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se regula la convocatoria para la aprobación de proyectos correspondientes al Programa de Campos de Trabajo de Servicio Voluntario para Jóvenes 2007 (BOJA núm. 227, de 23 de noviembre de 2006).
Tercero. Modalidades.
Atendiendo al contenido y finalidad de las actividades a realizar, los Campos de Trabajo son muy variados, abarcando distintas modalidades tales como: - Investigación, documentación, rehabilitación y/o recuperación del patrimonio histórico-artístico y cultural.
- Arqueología. Etnología.
- Acciones destinadas a la protección o recuperación del medio ambiente.
- De acción comunitaria y de intervención social en un medio y/o con destinatarios concretos (barrios, zonas rurales, centros hospitalarios, centros para la tercera edad, etc.).
- Otras, que cumpliendo con los requisitos del Programa no se encuentren comprendidas dentro de las anteriores modalidades.
Cuarto. Condiciones generales de participación.
1. Las condiciones generales de participación en el Programa Campos de Trabajo de Servicio Voluntario para Jóvenes para el año 2007, se darán a conocer en toda la Comunidad Autónoma en los lugares enumerados en el Anexo-Directorio de esta resolución, así como a través de diferentes soportes publicitarios.
Dichas condiciones generales recogerán como mínimo el plazo de presentación de solicitudes, la denominación de la actividad, modalidad, lugar de realización, fechas en que se desarrollará, edades y compromiso personal del voluntario, requisitos específicos en su caso, información de las actividades a realizar y entidad organizadora.
2. En todo caso, la selección de los jóvenes participantes se realizará por orden de presentación de solicitud de inscripción en el correspondiente Campo de Trabajo, siempre y cuando concurran todos los requisitos exigidos para su participación.
Quinto. Aceptación de condiciones.
La participación en el Programa de Campos de Trabajo de Servicio Voluntario para Jóvenes 2007, al que se refiere la presente resolución, supondrá la aceptación de las condiciones generales y específicas que se establezcan al respecto.
Sevilla, 26 de marzo de 2007.- El Director General, Joaquín Dobladez Soriano.