ÁREA DE CULTURA Y PATRIMONIO
NORMATIVA PARA EL MONTAJE ASÍ COMO PARA EL CONCURSO DE CRUCES DE MAYO 2023
Primero.-El Excmo. Ayuntamiento de Granada, a través de su Delegación de Cultura y Patrimonio, establece las Bases por las que se regirá el montaje y concurso de Cruces Tradicionales de Mayo, 2023.-
Segundo. Podrán realizar el montaje de Cruces de Mayo y participar en el concurso todas aquellas Asociaciones e Instituciones que lo soliciten, previa presentación de la instancia específica, acompañada del correspondiente proyecto y documentación exigible.
Tercero.- Como criterio general el plazo de presentación de solicitudes para el montaje y/o inscripción en el concurso será desde el día
13 de marzo al 5 de abril, ambos inclusive.
En el caso de las solicitudes para la licencia de instalación de barras de bar para dispensación de bebida y comida conforme a lo establecido en la base sexta:
-En
patios y/o recintos privados, el plazo será desde el día
13 de marzo al 5 de abril.
-En la
vía pública, el plazo será desde el día
13 al 25 de marzo del corriente. Una vez determinadas las entidades que montarán las cruces en la vía pública, estas dispondrán hasta el día
5 de abril para presentar toda la documentación exigida.
Las solicitudes de montaje y/o inscripción en el concurso, y la solicitudes para instalación de barras de bar para dispensación de bebida y comida, son distintas e independientes, de modo que la presentación de la solicitud para autorización de montaje y participación en el concurso no implica haber solicitado la licencia de barra, ni a la inversa.
Cuarto.- Concluido el plazo de presentación de solicitudes, una Comisión de Evaluación creada al efecto, con representación de todos los Grupos Municipales, valorará los proyectos presentados con respecto a la autorización para la instalación de cruces atendiendo a los siguientes criterios:
- La cruz habrá de tener al menos 200 cm de altura y su proporcional en los brazos.
- Que ante la cruz haya un espacio de reserva de al menos 8-10 metros cuadrados para realizar la decoración de realce del monumento.
- Que la composición floral de la cruz sea en su mayor parte de claveles.
- Que en las decoraciones que se practiquen será obligatoria la utilización de las artesanías granadinas, tales como: taracea, cobres, mantones, bordados, encajes, cerámicas, etc. Así como el uso de plantas típicas de los patios granadinos, geranios, aspidistras, etc.
- Se valorarán otros adornos como cornucopias, sillas, veladores, y todo aquello que contribuya a crear un ambiente granadino.
- La música que acompañe debe ser la tradicional andaluza, con especial atención a la granaina, reja, vito, etc.
- Será exigible la existencia de un extintor contra incendios.
Por ello, será necesaria la presentación de una propuesta que debe incluir los siguientes documentos:
-Plano de situación.
-Planta y alzado, acotados y bien delineados sobre papel en el que se reflejen las dimensiones de la cruz, del espacio de reserva ante ella y la situación de las principales decoraciones seleccionadas.
Se aconseja la presentación de un fotomontaje que represente el resultado final.
Quinto.- Determinada la autorización y ubicación de la Cruz, se entenderá otorgado el permiso de ocupación de vía pública para las comprendidas en la sección de calles y plazas. En el resto de modalidades se deberá aportar con la solicitud la correspondiente autorización del propietario del recinto donde se ubique la cruz.
Sexto.- Instalación de barras.
Podrá autorizarse la instalación de barras de bar tanto en patios y/o recintos privados como en la vía pública, siempre que cumplan los requisitos exigidos por la normativa de aplicación (seguridad en caso de incendio, accesibilidad, dotaciones de aseos, etc.). Para ello, las personas o entidades interesadas deberán obtener la preceptiva
licencia de actividad ocasional o extraordinaria, para lo que habrán de presentar la oportuna solicitud en modelo normalizado junto con documentación exigida; no será necesario el abono de la Tasa correspondiente, en aplicación de la Ordenanza Fiscal nº 20, la cual en su Disposición Adicional Primera establece:
exclusivamente para el ejercicio 2023, suspender la vigencia y por tanto aplicación del artículo 7 de la ordenanza relativo a “Cálculo de la cuota tributaria en materia de actividades”.
La solicitud normalizada, y el listado de documentación requerida podrán obtenerse y/o consultarse en la página web municipal o bien en la Oficina de Procedimientos Comunicados en C/ Gran Capitán nº 20.
En el caso de instalación de barra en la vía pública:
1º Solo podrán solicitar su instalación:
-Asociaciones sin ánimo de lucro que se encuentren debidamente registradas ante el organismo al que correspondan y cuya antigüedad de inscripción sea al menos de tres años.
-Entidades acogidas al derecho canónico, debidamente inscritas en el registro de la autoridad eclesiástica.
2º En el supuesto de que se presenten varias solicitudes para instalar una Cruz con barra en el mismo emplazamiento o Distrito, se realizará un sorteo entre los peticionarios para dirimir la concurrencia, estableciéndose un orden de prelación de sustituciones entre los solicitantes.
3º En el Casco Histórico, integrado por los Distritos Centro y Albayzín, no se autorizarán.
4º En el resto de los Distritos
, que conforman el mapa municipal de descentralización administrativa (Beiro, Chana, Genil, Norte, Ronda y Zaidín),podrá autorizarse la instalación
de cuantas cruces con barra se ajusten a las siguientes condiciones:
- La cruz con barra de bar deberá encontrarse vallada en todo su perímetro y cumplirá las Condiciones de Aproximación y Entorno para una posible intervención de Bomberos tal y como se establece en la Sección SI 5 del Documento Básico de Seguridad ante Incendios del Código Técnico de la Edificación. Debiendo disponer del siguiente equipamiento:
- 4 contenedores de basura de 240 litros, y hacerse cargo de la limpieza del recinto.
- Servicio de vigilancia de seguridad privada, según normativa, para controlar aforos y accesos a los recintos de las plazas, no permitiéndose salir ni acceder con bebidas al recinto.
- Aseos portátiles dentro del recinto, según normativa.
- Uno/dos extintores portátiles de protección contra incendios (dependiendo de las dimensiones del recinto), según normativa.
- Seguro de responsabilidad civil según el Decreto 109/2005 de 26 de abril.
- Se exige la constitución de la preceptiva fianza.
- Cumplir los requisitos generales exigidos por la normativa de aplicación.
5º Quedan exentas del abono de la cuota tributaria recogida en la Ordenanza fiscal número 10 reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público local.
6º Además de la barra, se podrá solicitar la instalación de una o varias carpas tipo tijera de 3x3m para cubrición de zonas de trabajo, con lona ignífuga dentro del recinto.
Séptimo.- En caso de que se instalen reproductores de música, estos no podrán sobrepasar 70 decibelios en la vía pública o 90 decibelios en patios o recintos privados, medidos a 1,5 m. del foco de reproducción sonora, debiendo contar el equipo con un limitador a tal efecto.
Octavo.- El montaje de las cruces en calles y plazas se podrá iniciar desde el día 30 de abril a partir de las 10´00 horas
y habrá de estar finalizado a las 12´00 horas del día 1 de mayo, hora en la que iniciará su visita el Jurado Calificador del concurso.
Noveno.- La fiesta del Día de la Cruz comenzará el día 2 de mayo, en horario de 14´00 a 23´00 horas, y continuará día 3 de mayo en horario de 12´00 a 22´00 horas.
Décimo.- El desmontaje de las barras y resto del material de hostelería habrá de estar finalizado a las 24’00 h. El mobiliario, estructuras y ornamentos en general antes de las 24’00 h. del día 4 de mayo. Debiendo quedar la vía pública expedita, limpia y en perfecto estado.
Décimo primero.- El Concurso se integra por las siguientes Secciones:
- Calles y Plazas
- Patios
- Escolar
- Escaparates
Décimo segundo.- La composición de los jurados calificadores estará presidida por un representante del equipo de gobierno y además por los siguientes miembros:
Sección de Calles y Plazas:
. Un
representante de la Federación de Asociaciones de Vecinos.
. Un representante de la Facultad de Bellas Artes.
. Un representante de la Delegación de Cultura.
. Un artista especialista en Artes Plásticas.
. Un representante de cada Grupo Municipal.
Sección de Patios:
. Un
representante de la Federación de Asociaciones de Vecinos.
. Un representante de la Facultad de Bellas Artes.
. Un representante de la Delegación de Cultura.
. Un artista especialista en Artes Plásticas.
. Un representante de cada Grupo Municipal.
Sección de Escaparates :
. Un representante de la Federación de Asociaciones de Vecinos.
. Un representante de la Escuela de Arte.
. Un representante de la Federación Granadina de Comercio.
. Un representante de cada Grupo Municipal
Sección Escolar:
. Un representante de la Escuela de Arte.
. Un representante de los Consejos Escolares Granadinos.
. Un representante de la CONCAPA
. Un representante de la FAMPA
. Un representante de cada Grupo Municipal
Décimo tercero.- Los premios tendrán la siguiente dotación económica:
Sección de Calles y Plazas:
. Primer premio..................................................................... 2.500 euros y distinción.
. Segundo premio.................................................................. 1.800 euros y distinción.
. Tercer premio.......................................................................1.000 euros y distinción.
. Mención especial a la participación vecinal......................... 500 euros y distinción.
. Mención especial a la participación vecinal......................... 500 euros y distinción.
El jurado podrá conceder dos menciones más, si así lo considera.
Sección de Patios:
. Primer premio..................................................................... 2.500 euros y distinción.
. Segundo premio.................................................................. 1.800 euros y distinción.
. Tercer premio.......................................................................1.000 euros y distinción.
. Mención especial a la participación vecinal......................... 500 euros y distinción.
. Mención especial a la participación vecinal......................... 500 euros y distinción.
. Mención especial personas mayores..................................... 500 euros y distinción.
. Mención especial personas mayores.......................................................... distinción.
El jurado podrá conceder dos distinciones más, si así lo considera.
Sección de Escaparates:
. Primer premio..................................................................... 1.400 euros y distinción.
. Segundo premio................................................................... 1.000 euros y distinción.
. Tercer premio......................................................................... 500 euros y distinción.
. Mención especial personas mayores........................................................... distinción
El jurado podrá conceder dos distinciones más, si así lo considera.
Sección Escolar:
. Primer premio ....................................... ...............................700 euros y distinción.
. Segundo premio .....................................................................500 euros y distinción.
. Tercer premio .........................................................................300 euros y distinción.
El jurado podrá conceder dos menciones más, si así lo considera.
Décimo cuarto.- La participación en el Concurso implica la aceptación de la presente normativa.
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