Normativa: Local
Circular sobre cumplimiento de plazos en las solicitudes de pruebas deportivas
B.O.P. nº 25, Granada, jueves 1 de febrero de 2001
SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN GRANADA
SECCIÓN DE AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS
CIRCULAR Nº2/2001
Circular sobre cumplimiento de plazos en las solicitudes de pruebas deportivas
La Jefatura de la Comandancia de la Guardia Civil en Granada y la Jefatura Provincial de Tráfico, en sendas comunicaciones dirigidas a esta Subdelegación, exponen las dificultades que se presentan para garantizar la seguridad vial y la seguridad ciudadana, en aquellos casos en que existe un plazo de tiempo breve desde que se tiene conocimiento de la celebración de la prueba y la fecha de realización de la misma.
Considerando ambos extremos de una vital importancia ya que afectan por un lado, a la seguridad de los usuarios de la vía, al mismo tiempo que a los participantes en la prueba y por otro a los espectáculos del evento a lo largo de su recorrido o, en puntos determinados, conviene aunar esfuerzos en la consecución de tales objetivos, exigiendo el cumplimiento más efectivo de la normativa aplicable en lo que respecta a plazos y fechas de presentación de solicitudes (Orden de la Consejería de Gobernación de 6-2-92. Boja nº 18, de 27 de febrero).
A tal efecto y con el fin de que el informe de la Jefatura Provincial de Tráfico, cuyo carácter es vinculante, pueda emitirse tras el estudio necesario sobre el recorrido , vías afectadas y disponibilidad del personal del Subsector de Tráfico necesario para garantizar la seguridad, no se tenga que realizar de forma apresurada, propongo a los Ayuntamientos, como órganos competentes para autorizar las actividades deportivas cuyo itinerario transcurra en su integridad dentro del término municipal por carreteras o travesías, den las ordenes oportunas para que en la tramitación de estos expedientes se adopten las medidas siguientes:
1) Comunicar la fecha de presentación de la solicitud de autorización de la prueba deportiva junto con la petición del informe.
2)Tramitar con la mayor rapidez la petición de informes a esta Subdelegación, enviándola por fax al 958-215543 el mismo día de presentación de la solicitud.
3) A la petición del informe se acompañarán todos los requisitos necesarios para su emisión, que figuran en el documento adjunto.
4) Denegar la celebración de la prueba deportiva cuando la solicitud se haya presentado con menos de 30 días para su celebración.
Lo que se hace público para general conocimiento y aplicación por parte de los Ayuntamientos afectados.
Granada, 18 de enero de 2001.
El Subdelegado del Gobierno, (firma ilegible).
ANEXO CIRCULAR PRUEBAS DEPORTIVAS
Las solicitudes para autorizaciones de pruebas deportivas y otros eventos en las vías públicas deberán contener los requisitos siguientes:
La autorización deberá solicitarse por los organizadores con una antelación mínima de 30 días a la fecha de su celebración (Artículo Primero 2. De la orden de 6-2-92).
No se autorizará ni se informará favorablemente la celebración durante los días y horas que se indican en la resolución anual de la Dirección General de Tráfico por la que se establecen medidas especiales de regulación de tráfico.
Organizador:
Persona y teléfono de contacto:
Tipo de evento:
Denominación:
Fecha de celebración:
Hora de comienzo:
Número de participantes:
Lugar de salida:
Plano o mapa:
Ubicación de la llegada:
Hora prevista de finalización:
Carácter: (competitiva o no competitiva)
Itinerario:(I)
(I) 1º) Se especificará la nomenclatura, kilómetros y denominación de las carreteras y calles afectadas.
2º) No deberá discurrir por autovías.
3º) Se evitará el paso por carreteras nacionales o de gran intensidad de tráfico.
4º) Se procurará que no transcurra más de una vez por el mismo tramo.
Los textos consolidados no tienen validez oficial y no sustituyen a los publicados en los diarios oficiales, que son los únicos instrumentos que dan fe de su autenticidad