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BASES QUE HAN DE REGIR PARA LA ADJUDICACIÓN DE LOS PUESTOS DE VENTA EN EL MERCADO TRADICIONAL CON MOTIVO DE LA FESTIVIDAD DE LA VIRGEN DE LAS ANGUSTIAS 2024.
-Emplazamiento: Fuente de las Batallas
-Fecha de celebración: del 27 al 29 de septiembre de 2024
l. OBJETO.
Se redactan las presentes Bases para regular la adjudicación de los puestos que integran el "Mercado Tradicional de la Virgen de las Angustias" que se celebra en las inmediaciones de la Fuente de las Batallas con motivo de la Festividad del día de la Virgen de las Angustias 2024.
El número de puestos a instalar y su ubicación en el Mercado Tradicional de la Virgen de las Angustias se determinará conforme al plano obrante en el expediente, pudiendo este modificarse por razones técnicas, debidamente motivadas.
En estos puestos se podrán vender únicamente los siguientes productos: tortas, frutos de otoño y artículos religiosos.
La adjudicación será desde el viernes previo a la celebración de la procesión del día de la Virgen de las Angustias (último domingo de septiembre) hasta el domingo citado.
No obstante, las condiciones anteriores y las que se determinan a continuación podrán variar durante el periodo indicado en atención a las necesidades municipales y disponibilidad de espacio para la celebración.
2. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y REQUISITOS.
La adjudicación de la autorización para la venta dentro del Mercado Tradicional de la Virgen de las Angustias se efectuará previa presentación de solicitudes por las personas interesadas. Solo se admitirán las solicitudes para la venta de
tortas, frutos de otoño y artículos religiosos.
2.1 Plazo de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes para la participación en el Mercado Tradicional de la Virgen de las Angustias será
del 05 de junio al 04 de julio de 2024. La adjudicación se realizará por SORTEO PÚBLICO en el Ayuntamiento de Granada.
2.2 Lugar de presentación: Las solicitudes se presentarán preferentemente por
Registro electrónico General accediendo a través del Registro Telemático en la página web del Ayuntamiento de Granada, en cualquier Oficina de Registro de este Ayuntamiento, por correo a Registro General del Ayuntamiento de Granada (Complejo Administrativo Los Mondragones, Avda. De las Fuerzas Armadas nº4, 18014, Granada) o, en todo caso, según lo previsto en el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2.3 Pago de Fianza.
Todos los participantes, para tomar parte en el procedimiento de adjudicación de los puestos, deberán presentar junto con la solicitud, el justificante de haber ingresado una fianza
por importe de 100 €, en garantía del “cumplimiento y aceptación de las presentes Bases”. El documento de pago de la fianza deberá estar a nombre de la persona física o jurídica solicitante y se realizará de acuerdo a las siguientes instrucciones:
1. Deberá acceder a la página web: www.granada.org
2. Seguir la siguiente ruta: Servicios / Economía y Hacienda / Autoliquidaciones rellenables /
Fianzas y Garantías
3. Rellenar el impreso para obtener el documento cobratorio. El número de expediente que se ha de indicar es el referenciado al principio de las BASES.
4. Realizar el ingreso correspondiente directamente en la entidad bancaria, por cajero o a través de la Sede electrónica (pago telemático)
.
Finalizado el plazo de celebración del Mercado Tradicional de la Virgen de las Angustias, que se determina en el apartado 4 de las presentes Bases, si no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la fianza, se dictará acuerdo de devolución de aquélla. Para ello las personas solicitantes deberán designar la titularidad de su cuenta bancaria a través de la Sede electrónica de este Ayuntamiento, en el trámite
“Designación de cuenta bancaria”.
Se dictará acuerdo de incautación de la fianza, previa audiencia a los interesados, cuando se den algunas de las siguientes circunstancias.
- Realicen la renuncia con posterioridad
al 12 de septiembre de 2024, conforme al apartado 3 de las Bases.
- Realicen la venta de productos distintos a los descritos en las Bases.
- No asistan a la celebración del Mercado Tradicional.
- Expongan los productos fuera de los stand ocupando la vía pública.
- Carecer de seguro de responsabilidad civil.
- Incumplan el resto de las especificaciones de las Presentes Bases.
2.4 Documentación exigida. Habrán de acompañar a la solicitud.
a) Impreso de solicitud anexo a las Bases debidamente cumplimentado.
b) Documento de pago de la fianza a nombre de la persona solicitante con las especificaciones detalladas en el apartado 2.3 de las Bases y justificante de ingreso de la misma.
d) Los documentos que se especifican a continuación:
Si la persona solicitante es persona física.
-Original o fotocopia legalizada o compulsada del D.N.I. En el caso de no presentar la solicitud por sede electrónica.
-Los extranjeros no pertenecientes a países de la Unión Europea deberán aportar el Permiso de Residencia y el Permiso de Trabajo.
Si la persona solicitante es persona jurídica.
-Original o copia de la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que conste las normas por las que se regula su actividad.
-Certificado de inclusión en el registro público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Código de Identificación Fiscal (CIF).
-Las Cofradías además de lo anterior deberán presentar un escrito del Hermano Mayor avalando la solicitud.
2.5 Efectos de la presentación de la solicitud: La presentación de la solicitud implica la aceptación íntegra de estas Bases por parte de la persona solicitante. Si las solicitudes no reuniesen los requisitos exigidos en las bases o no fuese acompañada de la documentación preceptiva, dicha solicitud será excluida.
2.6 Subsanación de solicitudes: Las solicitudes que se presenten sin alguno de los documentos preceptivos, podrán subsanarse en el plazo de cinco días a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
2.7 Seguro de Responsabilidad civil: De acuerdo a lo establecido en el “Decreto 195/2007, de 26 de junio, por el que se establecen las condiciones generales para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario”,
los titulares de los puestos deberán contar con un Seguro de responsabilidad civil que cubra todos los riesgos que puedan originarse con motivo la actividad a desarrollar.
3. ADJUDICACIÓN DE LOS PUESTOS.
La adjudicación de los puestos se efectuará por SORTEO PÚBLICO en el Ayuntamiento de Granada, teniendo en cuenta las siguientes particularidades:
- Se reserva un puesto de tortas dedicado a alergias e intolerancia alimenticia.
- Se reserva un tercio del total de puestos para Cofradías y Entidades sin ánimo de lucro que lleven a cabo actividades de apoyo hacia la labor social y asistencial cuyos fines sociales son a beneficio de sus usuarios afectados.
En el caso de que no se presenten solicitudes suficientes de venta para cada una de las modalidades señaladas se podrá modificar dicho reparto de puestos para ajustarlo a las demandas reales. Asimismo en el sorteo se incluirá una lista de suplentes.
La fecha de celebración del
SORTEO será el día 5 de septiembre de 2024. Las solicitudes admitidas y excluidas, la hora y lugar de celebración se publicarán con anterioridad a la fecha del sorteo.
No se podrá solicitar más de un puesto por persona o entidad interesada.
El puesto que haya sido adjudicado por sorteo no podrá cambiarse con otro titular ni con otro puesto. Asimismo unicamente se pueden exhibir los productos dentro del puesto, sin ocupar en ningún momento la vía pública.
Los adjudicatarios podrán notificar su
renuncia con anterioridad al 12 de septiembre de 2023. En el supuesto de que se realice la renuncia con posterioridad, salvo causa justificada, será causa para que se le deniegue el derecho a participar en la próxima edición del Mercado.
Las personas adjudicatarias deberán
confirmar su asistencia al mercado y presentar el justificante de tener suscrito un seguro de responsabilidad civil
(adjuntar Póliza y recibo en vigor), conforme al punto 2.7 de las presentes Bases
con anterioridad al 12 de septiembre de 2024.
En el supuesto de que cualquiera de las personas adjudicatarias de un puesto o stand renunciaran al mismo y con el fin de evitar que pueda quedar algún puesto sin ocupar el día de la apertura del Mercado, la Organización podrá localizar a otro solicitante en el orden que corresponda en la lista de suplentes, utilizando para ello, en caso de urgencia, la vía telefónica.
4. DURACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN Y CELEBRACIÓN DEL MERCADO.
La licencia de ocupación de vía pública
en el Mercado Tradicional de la Virgen de las Angustias estará vigente en el periodo de tiempo comprendido
entre el viernes anterior a la procesión de la festividad de la Virgen de las Angustias hasta el final de la citada festividad, ambos inclusive, afectando única y exclusivamente a los puestos cuya representación gráfica se recoge en el plano que se acompaña.
Se autoriza no obstante que la empresa responsable del montaje de los stand para los puestos comience cinco días antes a la entrega de los puestos, prohibiéndose expresamente a los titulares de los puestos el inicio de la ocupación y la venta en ninguno de dichos puestos hasta el viernes citado.
Los puestos adjudicados han de permanecer abiertos durante el periodo citado. Para ello se establece un
horario de atención al público mínimo, que será obligatorio para todos los puestos, sin perjuicio de que pueda ampliarse por las personas adjudicatarias que lo deseen. Este horario mínimo será:
- De mañana: de 10:00 a 14:00 horas.
- De tarde: de 17:00 a 21:30 horas.
Para el suministro y acopio en los stand de los productos objeto de venta se establece un horario obligatorio de mañana para la descarga:
- Horario: de 7:00 a 9:00 horas.
5. EXTINCIÓN DE LAS AUTORIZACIONES.
Las personas titulares de las licencias de venta dentro del Mercado Tradicional de la Virgen de las Angustias, al término del periodo de tiempo de la ocupación,
días 27, 28 y 29 de septiembre 2024, deben dejar libre el puesto adjudicado de forma que la instalación quede en perfectas condiciones de uso y totalmente limpio, así como su entorno inmediato.
La adjudicación se concede en precario, pudiendo ser modificada o anulada en cualquier momento por causas justificadas.
El incumplimiento de las presentes bases, llevaría aparejada la denegación de participar en la convocatoria del año siguiente, sin que su titular tenga derecho a indemnización o compensación alguna en ninguno de los casos.
El incumplimiento de estas normas conllevará la clausura del puesto.
6. PUESTOS.
Se elaborará por los Servicios Técnicos del Área un plano de emplazamiento y distribución de los puestos en función del tipo de stand a instalar, el cual se aprobará por el Órgano competente de este Ayuntamiento.
Las personas adjudicatarias deberán contratar la instalación del stand de venta conforme a las condiciones y características que se detallan a continuación para la
totalidad de los puestos a instalar.
Características
Jaimas de dimensiones 3 metros de frente, 3 metros de profundidad y entorno a 5 metros de altura de cúpula, de color blanco con techo y laterales de lona de poliéster recubierta de PVC, ignífugos y con impermeabilidad total a la lluvia. Medianeras con los puestos colindantes del mismo material.
La estructura de perfilería de acero o aluminio, de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente en materia de resistencia estructural.
Instalación de iluminación y toma de corriente por puesto. Protección de la instalación contra sobrecargas y derivaciones a tierra mediante interruptores diferenciales y magnetotérmicos para cada carpa. Instalación realizada de acuerdo a Reglamento Electrotécnico para baja tensión e instrucciones técnicas complementarias (Real Decreto 842/2002 de 2 de agosto.)
Extintores ABC convenientemente distribuidos y señalizados conforme normativa vigente.
Fluido eléctrico: Los trámites para la contratación del fluido eléctrico se efectuarán por la empresa instaladora de los puestos que deberá de contar con el Certificado de instalación eléctrica emitido por instalador autorizado, debidamente diligenciado por la Delegación Territorial de la Consejería de la Comunidad Autónoma Andaluza competente en la materia. Este habrá de estar disponible a fin de mostrarse a la Inspección Municipal y Policía Local en cuantas ocasiones fuese requerida.
Dada la gestión realizada para la acometida eléctrica en los puestos del Mercado quedará totalmente prohibida la utilización de grupos electrógenos, baterías o cualquier otra forma de energía diferente a la contratada al efecto.
Otras consideraciones:
- Apariencia de los puestos: Las personas adjudicatarias deberán de adecuar el interior del stand de los puestos para el ejercicio de la venta de forma que no se alteren ni se dañen los mismos (incluidos los revestimientos).
- Custodia y vigilancia de los puestos: Será por cuenta de las personas adjudicatarias la vigilancia y custodia de los stand de los puestos durante los días que dure el mercado.
- Ocupaciones adosadas: En ningún caso se podrán adosar a los stand de los puestos elementos que originen un cambio en la estructura del mismo, ya sea en su forma exterior o que suponga el aumento de la ocupación de la vía pública, por ejemplo: toldos, mesas, expositores, bancos, etc.. De igual manera no se permite clavar ningún elemento al stand ni dañar de ninguna forma su estructura.
- Arrendamiento de los stand: Las personas adjudicatarias de los puestos podrán contratar con la empresa que estimen oportuno que, sujetándose a las mismas condiciones indicadas anteriormente o mejorando las mismas, estimen oportuna, previa comunicación al Ayuntamiento de Granada con antelación suficiente y siempre que sea para la totalidad de los puestos a ubicar.
- Limpieza: Habrán de mantener en todo momento la adecuada limpieza de la zona ocupada así como la zona inmediata de influencia.
7. CONDICIONES DE SEGURIDAD.
Los puestos del Mercado no podrán tener instalados, tanto en el interior como a los alrededores más inmediatos de los puestos, cocinas, calentadores, estufas, así como elementos de iluminación que utilicen como fuentes de energía combustible gaseoso del tipo G.L.P. (butano, propano, etc).
Las instalaciones de iluminación de los puestos no podrán utilizar lámparas de incandescencia (bombillas) próximas a elementos inflamables tales como toldos, plásticos, papel, cartón, madera, etc.
Las instalaciones de calefacción de los puestos sólo utilizarán equipos eléctricos, carentes de resistencias de incandescencia, y deberán colocarse en lugares despejados de las vías de paso.
El cumplimiento de estas normas y la adaptación de los puestos a lo especificado en las mismas será supervisado por la Policía Local y/o el personal de inspección del Servicio de Ocupación de Vía Pública, durante el tiempo de funcionamiento del Mercado Tradicional de la Virgen de las Angustias.
El incumplimiento de estas normas conllevará la clausura del puesto.
8. GARANTÍAS DE SEGURIDAD.
En las instalaciones provisionales de alumbrado de los puestos,
se observarán y extremarán las medidas de seguridad para este tipo de instalaciones y, especialmente, se tendrá en cuenta lo dispuesto por el "Decreto 195/2007, de 26 de junio, por el que se establecen las condiciones generales para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario", siendo en todo caso condición indispensable la previa autorización de los órganos correspondientes de la Administración General del Estado y de la Junta de Andalucía, dentro de su ámbito competencial respectivo, así como todas aquellas condiciones exigidas por Protección Civil y Policía Local.
De acuerdo a lo establecido en el “Decreto 195/2007, de 26 de junio, por el que se establecen las condiciones generales para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario”.
- Deberán contar con un Seguro de responsabilidad civil que cubra todos los riesgos que puedan originarse con motivo de la ocupación y las actividades a desarrollar, a fin de responder de los daños que pudieran originarse en la vía pública, mobiliario o elementos accesorios.
- Deberán contar con el certificado de seguridad y solidez realizados por personal técnico competente y visados por su Colegio Profesional, acreditativo del cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad, de aquellos elementos conformados parcialmente por estructuras desmontables o portátiles.
Esto habrá de estar disponible en todo momento a fin de ser requerido en cualquier momento por los Inspectores Municipales o Policía Local.
Dado que en el Mercado de la Virgen se realiza fundamentalmente la venta de artículos alimenticios (tortas y frutos de otoño), habrá de extremarse el cuidado en el cumplimiento de la Normativa Sanitaria y Normativa en materia de Consumo que le sea de aplicación, debiendo para ello darse traslado al Servicio de Salud y Consumo para su conocimiento y efectos.
9. LEGISLACIÓN APLICABLE.
Para la tramitación de las autorizaciones de puestos de venta en el Mercado Tradicional de la Virgen de las Angustias y con independencia del contenido de estas bases, se estará a lo dispuesto en la Ley 7/99, de 29 de septiembre de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, Decreto 18/2006, de 24 de enero por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Ley 33/2003 de Patrimonio de las Administraciones Públicas así como en cualquier otra disposición de Régimen Nacional, Autonómico y Local, en cuanto sea de aplicación y no se oponga a las disposiciones anteriormente reseñadas y, muy especialmente, a lo referente a la Normativa Sanitaria y de Consumo.
10. CLAUSULA FINAL.
Se faculta a la Delegación competente en materia de Ocupación de Vía Pública al objeto de que pueda dictar cuantas medidas, ordenes e instrucciones fuesen necesarias para el desarrollo y aplicación de estas Bases.
Granada, (firmado electrónicamente)
La Jefa del Servicio de ocupación de vía pública”
Lo que se hace público, para general conocimiento.
(Firmado electrónicamente, en la fecha abajo indicada)
EL ALCALDE, PD
La Concejal Delegado de Cultura y Turismo
(por delegación de firma según BOP nº132 de 14/07/2023)