Normativa: Autonómica Andaluza
DECRETO 368/2010, de 7 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza 2010-2013
Tipo: Decretos de Economía | Area: Economía |
Resumen: Se aprueba el Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza 2010-2013, como instrumento integrador de todas las políticas, estrategias, programas y acciones de la Junta de Andalucía para el impulso de la consolidación y expansión internacional de las empresas y de la economía andaluza. |
Fecha: 23/09/2010 Ambito: Andaluz Colectivo: Población general Grupo: General |
Estado: Vigente | |
Plan: Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza | |
BOJA núm. 187, Jueves, 23 de septiembre de 2010
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN Y CIENCIA
DECRETO 368/2010, de 7 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza 2010-2013.
El VII Acuerdo de Concertación Social de Andalucía, firmado el 24 de noviembre de 2009 por la Junta de Andalucía y los Agentes Económicos y Sociales más representativos en la Comunidad Autónoma, esto es, la Confederación de Empresarios de Andalucía, la Unión General de Trabajadores de Andalucía y Comisiones Obreras de Andalucía, establece entre sus objetivos el impulso de la internacionalización de las empresas andaluzas. En dicho Acuerdo de Concertación Social, en su Eje 2, Medida 2.1.2 «Internacionalización y captación de inversiones», se establece el compromiso expreso de elaborar un Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza 2010-2013, en el que se integren todas las estrategias, programas y acciones de la Junta de Andalucía, con el objetivo principal de impulsar la internacionalización de la economía andaluza como instrumento de competitividad, productividad y generación de empleo del tejido empresarial andaluz, mediante la consolidación y aumento de las exportaciones de nuestra Comunidad Autónoma, la captación de inversión extranjera y el incremento de empresas exportadoras, exportadoras regulares e internacionalizadas.
En concreto, se establecen como objetivos generales del citado Plan los siguientes:
a) El fortalecimiento del tejido empresarial andaluz, en el marco de la globalización, mediante el establecimiento de un conjunto de estrategias y programas que faciliten la presencia de los productos y servicios andaluces en los mercados internacionales.
b) El aumento de la presencia de Andalucía en los mercados exteriores, diversificando los destinos de nuestras exportaciones e inversiones y consolidando nuestra presencia en los mercados de ámbito europeo.
c) El desarrollo sectorial, que contribuya a diversificar los sectores económicos exportadores andaluces, tradicionales o novedosos, ampliando y mejorando su oferta de productos y servicios.
d) La generación de empleo, que permita trasladar a los trabajadores y a la sociedad en general los beneficios que se alcanzan con la internacionalización, a través de la generación de empleo, elevando su calidad y enriqueciendo la formación.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, en su reunión del 29 de diciembre de 2009, a propuesta de la entonces Consejería de Economía y Hacienda, aprobó la formulación del Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza 2010-2013, estableciendo el contenido mínimo y el procedimiento de elaboración del Plan, así como los objetivos generales, al tiempo que definía un procedimiento de formulación acorde con los principios de participación, coordinación y planificación de la Administración de la Junta de Andalucía, así como la participación de todos los agentes económicos. En su apartados quinto y sexto, el citado Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 29 de diciembre de 2009, establecía que la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Agencia Andaluza de Promoción Exterior, coordinaría la elaboración del proyecto de Plan Estratégico, y lo aprobaría provisionalmente. En su apartado séptimo se determinaba que su aprobación definitiva correspondería al Consejo de Gobierno, previo examen en la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, y a propuesta de la Consejería competente en materia de economía.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía, Innovación y Ciencia, una vez examinado por la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, en su reunión de 21 de julio de 2010, conforme al Decreto 281/2010, de 4 de mayo, por el que se regula la composición y funciones de las Comisiones Delegadas del Gobierno, y al amparo de lo previsto en el artículo 27.13 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 7 de septiembre de 2010,
DISPONGO
Artículo 1. Aprobación del Plan.
1. Se aprueba el Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza 2010-2013, como instrumento integrador de todas las políticas, estrategias, programas y acciones de la Junta de Andalucía para el impulso de la consolidación y expansión internacional de las empresas y de la economía andaluza.
2. El texto del Plan estará disponible en el sitio web oficial de la Agencia Andaluza de Promoción Exterior (EXTENDA), en la dirección «http://www.extenda.es».
Artículo 2. Colaboración para el desarrollo del Plan.
El Plan se desarrollará en colaboración con otras Administraciones Públicas y demás entidades, públicas o privadas, con las que se acuerde su incorporación y participación en el mismo.
Artículo 3. Vigencia del Plan.
La vigencia del Plan se extenderá durante el período comprendido entre los años 2010 al 2013.
Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.
Se faculta al Consejero de Economía, Innovación y Ciencia para dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto y, en particular, cuantas disposiciones sean necesarias para la constitución, composición, régimen jurídico y de funcionamiento de la Comisión de Seguimiento y Evaluación del Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza 2010-2013.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 7 de septiembre de 2010
JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
ANTONIO ÁVILA CANO
Consejero de Economía, Innovación y Ciencia
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