BOP nº 79, Granada, jueves 27 de abril de 2023
CONCEJALÍA DELEGADA DE AGENDA URBANA, NEXT GENERATION, FONDOS EUROPEOS, IGUALDAD, CONTRATACIÓN Y GOBIERNO ABIERTO
BASES REGULADORAS DEL PREMIO “GRANADA CONCILIA”
1. OBJETO:
El objeto de las presentes bases es regular la concesión del premio “Granada Concilia” dirigido a empresas granadinas que tengan medidas encaminadas a favorecer la conciliación de la vida personal, laboral y familiar.
El premio será otorgado por la Comisión del Pacto Local por la Conciliación de la ciudad de Granada, que designará al Jurado en cada edición.
2. PARTICIPANTES:
-Microempresas (menos de 10 personas trabajadoras).
-Pequeñas empresas (entre 11 y 49 personas trabajadoras).
Dentro del perfil de empresas se encuentran incluidas tanto las que tienen un objeto mercantil como aquellas que tienen un objeto social (cooperativas de trabajadores/as, empresas de inserción social, centros especiales de empleo) así como autónomos/as que tengan personas contratadas.
3. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN:
1.- La empresa deberá estar constituida en cualquiera de las fórmulas jurídicas establecidas legalmente.
2.- La empresa o alguno de sus centros de trabajo deberán estar ubicados en el municipio de Granada.
3.- La empresa deberá estar al corriente de los pagos a Hacienda, a la Seguridad Social y al Ayuntamiento de Granada, así como cumplir con la normativa vigente.
4.- La empresa deberá haber desarrollado varias de las siguientes buenas prácticas (mínimo dos):
a. Disponer de un Plan de Igualdad para sus empleadas y empleados.
b. Ampliación y mejora de permisos legales en materia de conciliación de la vida laboral, personal y familiar.
c. Existencia de igualdad salarial constatable entre mujeres y hombres en la empresa.
d. Presencia de mujeres en los órganos de gobierno y dirección de la empresa.
e. Apoyo a las empleadas que sean o hayan sido víctimas de violencia de género con medidas por encima de las exigidas por la Ley, que les permitan acudir a terapia, movilidad en su puesto de trabajo, etc.
f. Establecimiento de medidas de organización del tiempo de trabajo (jornada y horarios, turnos, vacaciones, etc.…) que faciliten la conciliación de la vida personal, laboral y familiar por encima de las exigidas por la Ley.
g. Que establezcan una negociación colectiva de turnos de trabajo.
h. Oferta formativa que permita el acceso a las mujeres a los puestos de más nivel de responsabilidad.
i. Actuaciones en materia de prevención del acoso sexual y por razón de sexo.
j. Que contraten a mujeres en profesiones con presencia masculina predominante.
k. Que establezcan protocolos de resolución de conflictos relacionados con la conciliación de la vida personal, laboral y familiar.
l. Que permitan la auto organización y distribución de centradas, siguiendo el modelo de solicitud disponible
las horas de trabajo efectivo entre la plantilla.
m. Que establezcan un cómputo anual de horas de trabajo y faciliten su distribución a los/as trabajadores/as.
n. Que establezcan la posibilidad de cambiar días no
laborables por laborables. ñ. Que tengan bolsas de horas para asuntos personales.
o. Que promuevan el teletrabajo y las reuniones no presenciales utilizando las nuevas tecnologías para ello.
p. Uso de un lenguaje inclusivo en su política de comunicación.
q. Actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales relacionados con la maternidad, el embarazo y la lactancia.
4. SOLICITUDES:
Las solicitudes estarán disponibles en la página web del Ayuntamiento y consistirán en un formulario normalizado de solicitud (Anexo 1), así como un modelo de memoria (Anexo 2) en el que se deberán detallar las buenas prácticas adoptadas.
5. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
a. Formulario de solicitud (Anexo 1), en el que también autoriza la comprobación de estar al corriente de pago con el Ayuntamiento de Granada.
b. Modelo de memoria debidamente cumplimentado, con todas las buenas prácticas detalladas (Anexo 2).
c. Copia compulsada de la escritura de constitución y CIF de la empresa.
d. Certificado acreditativo de estar al corriente de los pagos de Hacienda y a la Seguridad Social.
e. Declaración responsable de la persona representante legal de que la empresa no se encuentra incursa en ninguna de las prohibiciones previstas en el art. 13 de la Ley general de Subvenciones.
6. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada.
Las solicitudes y la documentación, deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Granada o en las Oficinas Municipales de Registro Descona tal efecto.
7. MODALIDADES DE GALARDÓN: El galardón consistirá en un diploma de reconocimiento de las actuaciones desarrolladas
Así mismo, se le otorgará una marca distintiva de la que podrán hacer publicidad, para lo que se facilitarán diplomas y vinilos con el reconocimiento y el logo del Pacto Local por la Conciliación, que podrán exhibir en sus establecimientos.
Se establecerán premios en cada una de las siguientes modalidades: 1.- Microempresas (menos de 10 personas trabajadoras). 2.- Pequeñas empresas (entre 11 y 49 personas trabajadoras). Cada una de las modalidades tendrá un premio con una dotación económica de 1.000 euros.
8. JURADO:
El Jurado estará compuesto por los miembros designados por la Comisión del Pacto Local por la Conciliación de la Ciudad de Granada (con un número no superior a 9 personas) y presidido por la Concejala de Agenda Urbana, Presidencia, Next Generation, Fondos Europeos, Igualdad, Contratación y Gobierno Abierto.
El Jurado se reserva el derecho a mantener contactos con las empresas que presenten sus candidaturas de cara a contrastar las actuaciones que se detallen en la memoria de actuación, para lo que se les requerirá la documentación que se crea determinante en función de las actuaciones presentadas.
9. FALLO Y ENTREGA DEL GALARDÓN:
La resolución será notificada a la empresa ganadora, antes de los tres meses siguientes de finalizar el plazo de presentación de candidaturas. La entrega del galardón se hará en un acto oficial en el Ayuntamiento de Granada.”
Se podrá consultar el texto íntegro a publicar en el Portal de la Transparencia del Ayuntamiento de Granada.
Granada, 19 de abril de 2023.-El Alcalde, fdo.: Francisco Cuenca Rodríguez.