Normativa: Local
Resolución por la que se deja sin efecto el Dictamen de 19/02/13
BOP nº 217, granada, miércoles 15 de noviembre de 2017
Dirección General de Licencias
Resolución por la que se deja sin efecto el Dictamen de 19/02/13.
Edicto
Con fecha 10 de octubre de 2017 el Concejal Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Salud y Consumo del Excmo. Ayuntamiento de Granada ha dictado Decreto, cuyo texto parcialmente dice:
(…..) " CONCLUSIÓN:
Vistos los argumentos expuestos en relación al contenido del Criterio Interpretativo dictaminado por la Ponencia Técnica de Urbanismo, Obras y Licencias de fecha 19/02/2013 procede:
1º en cuanto a la posibilidad de cerrar soportales con elementos no fijos (rejas móviles) que permitan el uso público durante el día y su cierre en horario nocturno, la misma debería estudiarse caso por caso y ver el régimen legal aplicable para la posibilidad de autorizar los mismos, sin que tal materia pueda ser objeto de una instrucción o criterio de carácter general.
2º respecto de la posibilidad de cerrar soportales impidiendo el uso público (perdiendo por tanto tal condición) con elementos fijos y de carácter estructural, tal solución además de no estar prevista en la Normativa del PGOU (art. 7.7.7), la misma computaría a efectos de edificabilidad tal y como se indica --en sentido contrario-- en el art. 7.3.13 del PGOU, y sin que por otro lado fuera posible (si no computará como edificabilidad) la adquisición de aprovechamiento urbanístico por ese mayor rendimiento.
Por tanto procede dejar sin efecto el Dictamen de la Ponencia Técnica de Urbanismo, Obras y Licencias de fecha 19/02/2013."
En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto, y en uso de las facultades que me confiere la delegación de funciones realizada por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 20/05/2016 (BOP de Granada nº 103 de fecha 02/06/2016) y el Decreto de Alcaldía de delegación de fecha 10/05/16 BOP nº 95 de fecha 20/05/2015, DISPONGO:
Primero.- DEJAR SIN EFECTO el dictamen de la Ponencia Técnica de Urbanismo, Obras y Licencias de fecha 19/02/2013 por el cual se aprueba un criterio interpretativo sobre cierre de soportales en relación con el Art. 7.7.7 de la Normativa Urbanística del PGOU, ello atendiendo a los fundamentos que preceden a la presente parte dispositiva.
Segundo.- Dar publicidad a la presente resolución mediante Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia para su general conocimiento.
Granada, 03 de noviembre de 2017
EL ALCALDE-PRESIDENTE
P.D. (10/05/2016, BOP nº 95, 20/05/2016)
EL CONCEJAL DELEGADO DE URBANISMO, MEDIO AMBIENTE, SALUD Y CONSUMO
Fdo.: Miguel Ángel Fernández Madrid.
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