Servicio de Educación
RESOLUCIÓN
Expedientes: 79/2022
Resolución, por Delegación de la Junta de Gobierno Local, del Concejal Delegado de Mantenimiento, Medio Ambiente y Educación, por la que por la que se aprueba el gasto y la convocatoria del Programa Educativo “RECONOCIMIENTO AL ALUMNADO 2022”
Consta en el expediente de referencia informe técnico de 14 de marzo de 2022, emitido por el Jefe del Servicio de Educación, con el conforme de esta Concejalía, relativo a la convocatoria del “RECONOCIMIENTO AL ALUMNADO 2022”, destinado a escolares de 6º curso de Educación Primaria y de 4º curso de Educación Secundaria Obligatoria, de Centros Educativos del municipio de Granada, con el objetivo de reconocer el esfuerzo y la dedicación al estudio y valorar su trayectoria personal, académica, familiar y social. Este programa forma parte de la programación educativa municipal aprobada en Junta de Gobierno Local, en su sesión ordinaria de fecha 30 de julio de 2021 (acuerdo núm. 852).
Para participar en esta convocatoria, los centros interesados deberán inscribir a los alumnos/as propuestos, según el procedimiento establecido en las Bases de la Convocatoria, hasta el 8 de abril de 2022.
Visto el informe favorable de la Intervención Municipal de Fondos al gasto propuesto en el informe técnico aludido, con la correspondiente retención de crédito presupuestario con cargo a la partida 0404 32602 22609 “Ciudad Educadora y Promoción Educativa”, del Presupuesto Municipal de Gastos del ejercicio 2022.
En consecuencia, en el marco de la delegación de atribuciones efectuada por la Junta de Gobierno Local en su sesión extraordinaria de 30 de julio de 2021 (acuerdo núm. 855),
RESUELVO:
PRIMERO.- Aprobar el gasto derivado de la realización del Programa Educativo “Reconocimiento al Alumnado 2022”, por importe de 700 euros (SETECIENTOS EUROS), con cargo a la partida presupuestaria 0404 32602 22609 denominada “Ciudad Educadora y Promoción Educativa”, destinado al diseño e impresión de los Diplomas de Reconocimiento y de Participación.
SEGUNDO.- Convocar la celebración del Reconocimiento al Alumnado 2022, así como aprobar las bases por las que se ha de regir el mismo, cuyo texto es el siguiente:
“RECONOCIMIENTO AL ALUMNADO 2022”
BASES DE PARTICIPACIÓN
PRESENTACIÓN
El Ayuntamiento de Granada desea impulsar y reconocer el esfuerzo en la formación académica, personal, familiar y social de nuestros/as jóvenes mediante la convocatoria del “Reconocimiento al Alumnado 2022”, destinada al alumnado de 6º de Primaria y de 4º de Educación Secundaria Obligatoria de Centros Educativos del municipio de Granada.
PRIMERA.- ORGANIZACIÓN
El Ayuntamiento de Granada a través de la Concejalía de Mantenimiento, Medio Ambiente y Educación, en colaboración con los Centros Educativos, será la encargada de llevar a cabo la actividad “Reconocimiento al Alumnado”.
SEGUNDA.- DESCRIPCIÓN
Se otorgarán diez reconocimientos en la etapa de Educación Primaria y otros diez en Educación Secundaria Obligatoria, con la intención de contribuir al enriquecimiento cultural y educativo del alumnado y de su familia.
Entre los criterios de valoración de los candidatos y candidatas se considerará su trayectoria académica, sus circunstancias personales, su evolución y el entorno socio familiar.
El número de reconocimientos concedidos será, como máximo, de uno por Centro Educativo y Etapa (Primaria y Secundaria). Los centros en los que se impartan las dos etapas podrán presentar candidatura en ambas, pudiendo obtener como máximo el reconocimiento para una sola persona por etapa. Al resto de candidatos/as se les otorgará un diploma de participación.
TERCERA.- OBJETIVOS
· Incentivar, reconocer y valorar el esfuerzo, la superación y la dedicación del alumnado al estudio.
· Valorar la implicación de la familia en el proceso de enseñanza y aprendizaje de los niños y las niñas.
· Motivar para aumentar el rendimiento académico del alumnado.
· Promover la educación en valores.
CUARTA.- PROCEDIMIENTO
El Claustro de Profesores/as del Centro deberá aprobar la/s candidatura/s.
Los centros educativos presentarán la/s solicitud/es e informe/s de las razones por las cuáles se selecciona a un/a niño/a para la concesión de la beca, así como la documentación oportuna por cada uno/a de los alumnos y de las alumnas propuestos/as.
Entre la documentación a presentar se deberá incluir:
1. Certificado del acuerdo del Claustro de Profesores/as.
2. Expediente Académico del alumno/a.
3. Autorización de la familia para participar en esta convocatoria.
4. Informe del tutor/a o persona responsable del centro, donde queden reflejados los méritos académicos, personales y sociales del candidato.
Este informe deberá incluir, al menos, los aspectos que figuran en los criterios de valoración (Base Séptima).
5. Cualesquiera otros documentos, informes... que consideren adecuados para los fines de esta convocatoria.
Así mismo, la Comisión de Valoración o el Servicio de Educación del Ayuntamiento de Granada podrán requerir cualquier otra información o documento a fin de hacer una valoración fundamentada y precisa.
QUINTA.- COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN
La Comisión de Valoración estará formada por: el Concejal de Mantenimiento, Medio Ambiente y Educación del Ayuntamiento de Granada o persona en quien delegue, el Jefe del Servicio de Educación que podrá delegar en otro/a funcionario/a del Servicio de Educación, un representante por cada una de las dos federaciones de asociaciones de madres y padres más representativas, dos directores/as de centros educativos participantes, o personas en quien deleguen, que no podrán participar en la valoración de los candidatos del centro educativo en el que desempeñe sus funciones. Actuará de secretario el Responsable Técnico de la Unidad de Planificación Educativa del Servicio de Educación del Ayuntamiento de Granada u otro/a funcionario/a del Servicio de Educación.
El número de reconocimientos concedidos será, como máximo, de uno por Centro Educativo y Etapa (Primaria y Secundaria). Los centros en los que se impartan las dos etapas podrán presentar candidatura en ambas, pudiendo obtener como máximo el reconocimiento para una sola persona por etapa. Al resto de candidatos/as se les otorgará un diploma de participación.
SEXTA.- NORMAS DE INSCRIPCIÓN
Los centros deberán presentar debidamente cumplimentada la solicitud de su candidato/a, la propuesta motivada y la documentación necesaria para ser tenida en cuenta por la comisión de valoración.
El número máximo de candidatos/as por Centro será de dos por cada etapa educativa de las que imparta el centro (Ed. Primaria / ESO).
Es imprescindible para participar en el Reconocimiento al Alumnado, que en el formulario de inscripción figure, con su dirección, teléfono y correo electrónico, una persona como “Responsable en el Centro” para recibir y enviar la información necesaria referente al desarrollo de esta convocatoria.
La entrega de la documentación para concurrir a esta convocatoria se realizará electrónicamente en el Registro General del Ayuntamiento de Granada, accediendo al Registro Telemático ubicado en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Granada, cuya URL es: https://www.granada.org/u.nsf/0/REGISTRO
El plazo de presentación de las candidaturas será hasta el 8 de abril de 2022, fecha en que finaliza el plazo de admisión de solicitudes.
SEPTIMA.- CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN
1. Serán rechazados los formularios de inscripción o documentación ilegibles, incompletos o recibidos fuera del plazo establecido.
En caso de no tener disponible el Centro, a la fecha de presentación de la documentación en plazo, el certificado del acuerdo del claustro de profesores, podrá presentarse la restante documentación necesaria, a la que habrá de añadirse un escrito de el/la director/a en el que explicite que ese documento se presentará en el Servicio de Educación del Ayuntamiento de Granada en el plazo máximo de 10 días. Si transcurrido ese periodo no se ha presentado la totalidad de la documentación necesaria, incluido el mencionado certificado, se entenderá que renuncian a la/s candidatura/s.
2. La participación en el Reconocimiento al Alumnado supone la aceptación expresa de estas bases.
OCTAVA.- CRITERIOS DE VALORACIÓN
La Comisión de Valoración procederá a la valoración de cada solicitud y su documentación atendiendo a los siguientes criterios, hasta un máximo de 100 puntos en total:
1. TRAYECTORIA PERSONAL. Máximo de 40 puntos.
Se valorarán las actitudes del/la alumno/a en el ámbito escolar, familiar y social: nivel de participación y compromiso, colaboración, relaciones humanas, superación de dificultades personales o sociales, iniciativas, etc.
2. TRAYECTORIA ACADÉMICA. Máximo de 40 puntos.
Se valorará el rendimiento escolar del/la alumno/a teniendo en cuenta, además de las calificaciones y su evolución, aspectos que puedan estar influyendo en dicho rendimiento como son la dedicación al estudio, el esfuerzo y la superación de dificultades de aprendizaje, etc.
3. ENTORNO SOCIAL. Máximo de 20 puntos.
Se valorará el entorno social del/la alumno/a, teniendo en cuenta que el centro se encuentre ubicado en zonas con necesidades socio-económicas especiales, o las peculiaridades del entorno sociofamiliar del menor.
TERCERO.- Publicar la convocatoria en la página web municipal y dar traslado de la presente resolución a la Intervención Municipal de Fondos.
(Firmado electrónicamente en la fecha abajo indicada)
EL CONCEJAL DE MANTENIMIENTO,
MEDIO AMBIENTE Y EDUCACIÓN