Área de Movilidad
Asunto: solicitud de subvención del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
DECRETO:
1.
Normativa de aplicación:
El Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad (BOE n.º 311, de 28-12-22) establece en su articulo 43 un sistema de ayudas directas, correspondiente al primer semestre de 2023, para la concesión de apoyo financiero a las comunidades autónomas y entidades locales que presten servicio de transporte colectivo urbano o interurbano.
Por su parte el artículo 44 señala que “los beneficiarios serán las comunidades autónomas y las entidades locales que presten servicio de transporte colectivo urbano o interurbano que hayan implantado desde el 1 de enero de 2023, con vigencia hasta el 30 de junio de 2023, una reducción del precio de los abonos y títulos multiviaje, excluido el billete de ida y vuelta, de los servicios de transporte terrestre de su competencia,
en un porcentaje mínimo de un 50% sobre el precio habitual….
Las comunidades autónomas y entidades locales deberán financiar, con cargo a sus propios presupuestos, el descuento de al menos el 20% en el precio de los abonos y títulos multiviaje, excluido el billete de ida y vuelta”.
Sigue diciendo el art. 46 que “1. Los posibles beneficiarios a los que hace referencia el artículo 44 presentarán antes del 31 de enero de 2023 una solicitud en la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, rellenando el formulario electrónico que a tal efecto se ponga a su disposición y en el que, necesariamente, deberá figurar la cuenta bancaria en la que deseen que se les realice el abono.
La solicitud deberá incluir, en todo caso, el compromiso de implantación desde el 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2023 de una reducción del precio de los abonos y títulos multiviaje de, al menos, el 50% en los términos del artículo 44, y de financiar con cargo a sus propios presupuestos la cuantía que resulte necesaria para compensar a las entidades y operadores de transporte por la aplicación del descuento y los costes a que se refiere el artículo 48”.
Los posibles beneficiarios a los que hace referencia el artículo 44 presentarán antes del 31 de enero de 2023 una solicitud en la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, rellenando el formulario electrónico que a tal efecto se ponga a su disposición y en el que, necesariamente, deberá figurar la cuenta bancaria en la que deseen que se les realice el abono.
En este orden de cosas y a tenor del art. 47 el Ayuntamiento de Granada deberá financiar, con cargo a sus propios presupuestos, la cuantía que resulte necesaria, una vez aplicada la ayuda estatal, para cubrir, el coste de los descuentos en los porcentajes y por los períodos establecidos en el artículo 46, más los costes a que se refiere el artículo 48.
2. Aportación municipal.
Por parte del Ayuntamiento de Granada se financiará con cargo a sus presupuestos el 20%. El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana subvencionará el 30% completando así el 50% de la reducción del bono multiviaje.
3. Periodo de aplicación y descuentos:
El periodo de aplicación del descuento ha de hacerse entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de junio de 2023, aplicándolo sobre el precio habitual. Asimismo de la reducción del precio de los abonos y títulos multiviajes quedará excluido el billete de ida y vuelta.
No procede iniciar procedimiento de revisión de precios establecido en el
Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, por cuanto no se trata de una modificación de precios del transporte urbano colectivo, sino que se trata de una subvención a los títulos multiviaje con carácter temporal, desde el 1 de enero de 2023, hasta el 30 de junio de 2023, que tendrá como resultado la reducción del precio de los mismos para la persona usuaria.
Los títulos multiviaje a los que se les aplicará el precio reducido, una vez aplicado el descuento subvencionado, quedarán de la siguiente forma:
NOTA: En el credibús 5€ no coincide exactamente con el doble de viajes por corresponder con los redondeos.
(*) Bono joven, universitario y PMR se indica el numero de viajes para recargas de 5 €.
En base a cuanto antecede, y condicionado a la fiscalización de conformidad de la propuesta por la Intervención General del Ayuntamiento de Granada, en uso de las competencias del Alcalde que confieren los artículos 124.ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local (preceptos añadidos por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre), el art. 8.tercero.17) del Reglamento Orgánico del Excmo. Ayuntamiento de Granada, modificación de 2014 y de conformidad con el Decreto de fecha 29 de julio de 2021 (BOP núm. 153 de 11/08/2021), por el que el Excmo. Sr. Alcalde delega competencias en la Tte. de Alcalde Delegada de Protección Ciudadana y Movilidad, DISPONGO:
PRIMERO: Implantar desde el 1 de enero de 2023, con vigencia hasta el 30 de junio de 2023 una reducción del precio de los abonos y títulos multiviajes excluido el billete de ida y vuelta de los servicios de transporte colectivo urbano de Granada en un porcentaje del 50% del titulo habitual, conforme establece el art. 44 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre.
SEGUNDO: Solicitar la subvención de la bonificación conforme se establece en el artículo 46 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre.
TERCERO: Notificar este Decreto a la empresa concesionaria del transporte colectivo urbano, así como a la Intervención de Fondos a los efectos procedentes.
CUARTO: Publicitar en la página web del Ayuntamiento de Granada y en la página web del Área de Movilidad, así como en algún periódico de gran difusión y en carteles informativos en los autobuses urbanos. Asimismo se incluirá la publicidad que se determine en la Orden Ministerial que que desarrolle el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre.
LA CONCEJALA DELEGADA DE MOVILIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA
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