Normativa: Autonómica Andaluza
Orden de 22 de diciembre de 2020, por la que se aprueba la Estrategia de Ética de los Servicios Sociales de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 250 de 30/12/2020
Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación
Orden de 22 de diciembre de 2020, por la que se aprueba la Estrategia de Ética de los Servicios Sociales de Andalucía.
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La Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, dota de naturaleza propia al Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía asentado en los principios de universalidad e igualdad de acceso a todas las personas, constituido por todos los recursos de las Administraciones Públicas, orientado a la calidad y situando a la persona como centro de todas las políticas sociales.
La Ley 9/2016, de 27 de diciembre, define los servicios sociales como el conjunto de servicios, recursos y prestaciones orientados a garantizar el derecho de todas las personas a la protección social en los términos recogidos en las leyes que tienen como finalidad la prevención, atención o cobertura de las necesidades individuales y sociales básicas de las personas en su entorno con el fin de alcanzar o mejorar su bienestar. Señala asimismo que el Sistema Público de Servicios Sociales se configura por la acción cooperativa entre la ciudadanía, los agentes económicos y sociales y las instituciones.
El artículo 70 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, dispone que la Consejería competente en materia de servicios sociales desarrollará y aprobará una estrategia que permita introducir los principios éticos en las políticas sociales y en la provisión de los servicios sociales, facilitando un espacio común basado en valores compartidos entre ciudadanía, profesionales y la propia organización, bajo el enfoque de la corresponsabilidad, la cooperación y la confianza entre todas las personas que están implicadas en el desarrollo de los servicios sociales. Establece asimismo, que la Estrategia de Ética de los servicios sociales se elaborará con criterios de participación social y profesional. Finaliza el referido artículo señalando que los compromisos que establezca la estrategia de ética se trasladarán a todos los campos de la práctica profesional, incluidos la gestión de los servicios, la intervención social, la formación, la investigación y la innovación en servicios sociales.
De conformidad con estas disposiciones, la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación ha elaborado el documento que desarrolla la estrategia de ética como un texto de referencia para la planificación y desarrollo de una cultura de la ética en todos los niveles del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía, es decir, niveles de dirección, gestión y atención directa a la ciudadanía.
Para el diseño de esta estrategia de ética se ha privilegiado el conocimiento intensivo en la materia, tanto a nivel bibliográfico, como a través de la viva voz de personas expertas en ética, como elemento de impulso en cada uno de sus ciclos y fases. Así mismo, se ha apostado por la participación interesada de profesionales y colectivos, a través de la celebración de jornadas provinciales sobre ética, y a través de la recogida de la visión que la ciudadanía tiene sobre el concepto de ética asociado a los servicios sociales.
Todas estas notas características han estado presentes durante todo el proceso de diseño, y garantizan que esta estrategia sea dinámica y participada, ya que se presupone como piedra angular de unos servicios más éticos y con mayor calidad hacia la ciudadanía.
Esta estrategia se ha elevado al Consejo de Servicios Sociales de Andalucía, como órgano superior de participación ciudadana en materia de servicios sociales, de carácter consultivo y de asesoramiento al Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía, tras cuyas observaciones se presenta el actual texto.
En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Dirección General de Servicios Sociales, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44.2 y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y el artículo 1 del Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación,
DISPONGO
Primero. Aprobación de la estrategia.
1. Se aprueba la Estrategia de Ética de los Servicios Sociales de Andalucía.
2. El texto de la estrategia estará disponible en el sitio web de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
Segundo. Vigencia y efectos.
1. La estrategia tiene una vigencia de 4 años, abarcando el periodo de 2021 hasta 2024.
2. La presente orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 22 de diciembre de 2020
ROCÍO RUIZ DOMÍNGUEZ
Consejera de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación
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