Agenda de Actividades - C. Convocatorias:
Convocatoria de subvenciones para funcionamiento de Ludotecas (Centros Infantiles Abiertos "Azules"). 2011-2012. BOP (num. 113) de 15/06/2011
ÁREA DE FAMILIA, BIENESTAR SOCIAL E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
Aprobación de convocatoria de subvenciones funcionamiento de ludotecas
EDICTO
La Concejala Delegada de Igualdad de Oportunidades por delegación del Alcalde Presidente, HACE SABER:
Que la Junta de Gobierno Local, en su sesión ordinaria celebrada el día 27 de mayo de 2011, entre otros acuerdos, adoptó el que con el número 927, literalmente dice:
“Se estudia expediente núm. 3/2011 de Igualdad de Oportunidades relativo a la aprobación de convocatoria de subvenciones para el funcionamiento de ludotecas en Centros Infantiles Abiertos Azules.
El IV Plan Municipal de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres 2009-2014 en el Eje 1: Construir Granada en Igualdad, contempla en su segundo objetivo específico, “Elaborar e implementar un Programa Municipal de Nuevos Usos Sociales del Tiempo en la ciudad de Granada” con la finalidad de propiciar y mejorar la conciliación del tiempo destinado a la vida personal, familiar y laboral de la ciudadanía en nuestra ciudad.
De entre las actuaciones previstas para dar cumplimiento a ese objetivo, destacar la promoción de servicios de apoyo a la familia y a la infancia, a través de subvenciones, según las bases reguladoras de Subvenciones para el funcionamiento de Ludotecas en Centros Infantiles Abiertos “Azules”, aprobadas en Junta de Gobierno Local el 20 de junio de 2008 (B.O.P. nº 125, de 3 de julio de 2008), con la modificación puntual aprobada por la Junta de Gobierno Local del día 30 de julio de 2009.
(B.O.P. nº 162 de 25 de agosto de 2009).
Para iniciar el procedimiento de concesión de estas subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, según la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su artículo 23, y teniendo en cuenta el informe emitido por la Agente de Igualdad de Oportunidades, de acuerdo con la propuesta de la Concejala Delegada del Área de Atención a la Familia, Bienestar Social e Igualdad de Oportunidades, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:
Primero. Aprobar la convocatoria de Subvenciones para el funcionamiento de Ludotecas en Centros Infantiles Abiertos “Azules”, 2011-2012, según las bases reguladoras en vigor, cuyo objeto es la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a centros de educación infantil con la finalidad de lograr una ampliación y flexibilidad horaria en su funcionamiento como Servicio de Ludoteca, en la que se realizarán actividades pedagógicas de entretenimiento y juego, para niñas y niños de 4 a 9 años de edad con carácter general.
Segundo. Aprobar el gasto por importe de diez mil doscientos treinta y dos euros (10.232 euros) a cargo de la partida 0404-23002-48103, Subvenciones programa Transversalidad de Género, en concepto de dotación de la convocatoria para el periodo septiembre-diciembre de 2011.
Tercero. Aprobar el gasto de novecientos sesenta euros (960 euros) en concepto de becas de alumnado con situaciones socioeconómicas especiales, a cargo de la partida 0404-23002-48000 Becas para madres jóvenes estudiantes e infancia.
Cuarto. Aprobar el gasto de trescientos euros (300 euros) en concepto de difusión, a cargo de la partida 040423002-22602. Publicidad y propaganda programa Transversalidad de Género.
Quinto. Según las bases reguladoras publicadas en el B.O.P. nº 125, de 3 de julio de 2008, y en el B.O.P. nº 162, de 25 de agosto de 2009, la modificación puntual aprobada por la Junta de Gobierno Local del día 30 de julio de 2009:
a) Los requisitos para solicitar la subvención y la acreditación de los mismos, así como la documentación a presentar serán los establecidos en los artículos 5 y 6 de las bases reguladoras. Además de lo establecido en dichos preceptos:
b) El plazo de presentación de solicitudes será de (20) veinte días naturales a partir de la publicación de la convocatoria aprobada por el órgano concedente en el Boletín Oficial de la provincia de Granada.
c) Los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento serán los establecidos en el artículo 9 de las Bases reguladoras, siendo órgano competente para la resolución, la Junta de Gobierno Local.
d) El plazo máximo para resolver y notificar las solicitudes de subvención será de tres (3) meses a partir de la conclusión del plazo establecido para su presentación, salvo que concurran las circunstancias previstas en el artículo 9.5 y se acuerde, excepcionalmente, la ampliación del mencionado plazo de acuerdo con lo dispuesto en dicho precepto. Dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa pudiéndose interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a recibir la notificación; asimismo, se podrá interponer recurso de reposición con carácter potestativo ante el mismo órgano que ha dictado el acto en el plazo de un mes, contando desde el día siguiente de recibir la notificación.
e) La notificación de las resoluciones se hará conforme a lo dispuesto en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común (en su redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero).
f) Los criterios de valoración se establecen en el art. 8 de las bases reguladoras.”
Las bases de la convocatoria de subvenciones para funcionamiento de ludotecas en Centros Infantiles Abiertos “Azules “ y la instancia de solicitud, anexo y, podrán ser consultadas en la página web del Ayuntamiento de Granada: www.granada.org/mujer.htm
Lo que se hace público para conocimiento de las personas y entidades interesadas. Para más información se pueden dirigir al Servicio de Igualdad de Oportunidades, teléfono 958-248116.
Granada, 7 de junio de 2011.-El Alcalde, P.D. la Concejala de Igualdad de Oportunidades, fdo.: Ana López Andújar.