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Empleo

Ingeniero Técnico Industrial:concurso oposición libre convocado para provisión en propiedad de 2 plazas

Información Caducada


AREA DE PERSONAL

SECCION DE SELECCION
EDICTO

plazo solicitud:
BOE núm. 188 Miércoles 7 agosto 2002

RESOLUCIÓN de 10 de Julio de 2002, del Ayuntamiento de Granada, referente a la convocatoria para proveer varias plazas.

En el «Boletín Oficial de la Provincia de Granada» número 128, de fecha 7 de Junio de 2002, y «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» número 78, de fecha 4 de Julio de 2002, se han publicado íntegramente las bases que han de regir las convocatorias para proveer:

Número de plazas: Una. Denominación: Ingeniero Industrial.
Escala: Escala de Administración Especial. Subescala: Técnica. Clase: Técnicos Superiores. Provisión: Concurso-oposición libre.
Número de plazas: Dos. Denominación: Ingeniero técnico Industrial. Escala: Escala de Administración Especial. Subescala: Técnica. Clase: Técnicos Medios.
Provisión: Concurso-oposición libre.

El plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en la presente convocatoria será de veinte días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el «Boletín Oficial del Estado».
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria se harán públicos en el tablón de anuncios de esta Corporación (y/o en el «Boletín Oficial» de la provincia, «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía»).

Granada, 10 de Julio de 2002.-La Concejala Delegada de Recursos Humanos.


La Delegada de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Granada, HACE SABER:

Que por Decreto de fecha 23 de Abril de 2002, se han aprobado las bases del concurso oposición libre convocado para provisión en propiedad de 2 plazas de Ingeniero Técnico Industrial, que a continuación se relacionan:
BASES

1. NORMAS GENERALES

1.1. Por Decreto de la Alcaldía de fecha 10 de abril se convocan pruebas selectivas para cubrir dos plazas de Ingeniero Técnico Industrial, Grupo B, de la Escala de AdministraciónEspecial, Subescala Técnica, Clase Técnicos Medios, correspondientes a la Oferta de Empleo Público para 1.999, vacante número 9; y Oferta de Empleo Público para 2.000, vacante número 10.

1.2. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 30/84, de 2 de agosto; la Ley 7/85, de 2 de abril y Ley 11/99, de 21 de abril; R.D.L. 781/86, de 18 de abril; R.D. 896/91, de 7 de junio; R.D. 364/95, de 10 de marzo y las Bases de la presente convocatoria.

1.3. REQUISITOS:

A. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea, o tener relación de parentesco en los términos señalados en la Ley 17/93, de 23 de diciembre.
Los nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar en el momento de la solicitud la nacionalidad y, en el supuesto previsto en el art. 2.2.1º b), el vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un Estado miembro de la Unión Europea con el que tenga dicho vínculo.
b) Tener cumplidos los 18 años de edad.
c) Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico Industrial y/o homologación, según el art. 25 de la Ley 30/84.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función.
e) No hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específica previstas en la legislación vigente.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme. Los nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado, el acceso a la función pública.

B. Todos los requisitos a que se refiere la base 1.3 apartado A., deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo.

1.4. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición.
La fase de concurso se celebrará previamente a la fase de oposición, puntuándose con arreglo al siguiente baremo:

a) Por méritos profesionales:
- Por cada mes o fracción superior a quince días de servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas en puesto igual al que se opta, acreditados mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente, junto con certificado de cotizaciones a la S.S., 0,10 puntos. La experiencia obtenida en el régimen de colaboración social será valorada en idénticas condiciones, acreditada mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente.
- Por cada mes o fracción superior a quince días de servicios prestados en empresa pública o privada, cuando sean por cuenta ajena, en puesto igual al que se opta, que deberán ser suficientemente acreditados a través del contrato de trabajo visado por el INEM, junto con certificado de cotizaciones a la S.S., 0,05 puntos.
A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

b) Formación:
- Formación extraacadémica recibida:
Se considerará en este apartado la asistencia a cursos, seminarios, congresos, jornadas o similar, impartidos por organismos públicos y/o oficiales, relacionados con el puesto a desempeñar, valorándose mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Nº de horas x 0,005 puntos.
Se aplicará la fórmula de valoración a aquellos cursos de una duración superior o igual a 10 horas e inferior a 400 horas, y para los de una duración superior se valorarán por 400 horas.
Aquellos cursos con menos de 10 horas o que no especifiquen su duración, se valorarán a razón de 0,02 puntos por curso.

- Formación extraacadémica impartida:
Se considerarán en este apartado los cursos, conferencias, seminarios, comunicaciones a congresos, ponencias, etc., organizados por organismos públicos y/o oficiales, y las publicaciones.
Por cada hora de curso: 0,05 puntos.
Por conferencia o ponencia en cursos, seminarios o jornadas: 0,15 puntos.
Por cada comunicación: 0,10 puntos
Por cada artículo en revista especializada: 0,40 puntos.
Por cada capítulo de libro: 0,40 puntos/Nº de autores, sin poder exceder de 1 punto.
Por cada libro: 1 punto/Nº de autores.
La puntuación en este apartado no podrá exceder de 2,50 puntos.

- Formación académica recibida:
En este apartado no se valorará la titulación académica exigida para el acceso a la plaza correspondiente ni las que resulten necesarias para obtener la titulación superior.
Se valorarán otras titulaciones académicas complementarias y directamente relacionadas con la plaza, a razón de 1,00 punto por titulación, sin poder exceder de 2,00 puntos.

1.5. Aplicación del concurso:

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.
Siendo la puntuación máxima a otorgar en los anteriores apartados, la siguiente:
Méritos profesionales 5,00 puntos
No pudiendo sobrepasar en el apartado de servicios prestados en empresas públicas o privadas, 1,50 puntos de los del total de presente epígrafe.
Formación 5,00 puntos

1.6. Fase de oposición.- Constará de los siguientes ejercicios, siendo eliminatorios cada uno de ellos:

PRIMER EJERCICIO: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en contestar por escrito, un cuestionario de 125 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, en un tiempo de 125 minutos elaborado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización en relación con los temas contenidos en el Grupo I y Grupo II del Anexo de esta convocatoria, debiendo consignarse al menos una pregunta por cada uno de los temas. El criterio de corrección será el siguiente: por cada dos preguntas incorrectas se invalidará una correcta y por cada cinco preguntas sin contestar se invalidará una correcta. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario, una vez restadas las preguntas invalidadas según la proporción citada, corresponderá a 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio, repartiéndose el resto de preguntas contestadas correctamente de forma proporcional entre la puntuación de 5,00 a 10,00 puntos.

SEGUNDO EJERCICIO: De carácter obligatorio, consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de dos horas, dos temas de los contenidos en el Grupo II del Anexo a esta convocatoria, extraídos al azar, igual para todos los aspirantes.

TERCER EJERCICIO: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en la resolución por escrito de dos supuestos prácticos, determinados por el Tribunal inmediatamente antes de su realización, de entre las materias contenidas en el Grupo II del Anexo a la convocatoria, en tiempo que, asimismo determine éste.

2. DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS

2.1. La actuación de los opositores se iniciará por orden alfabético a partir del primero de la letra B, de conformidad con Resolución de 23 de febrero de 2000, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

2.2. En el Decreto por el que se aprueba la lista de admitidos se determinará la fecha y lugar de celebración del primer ejercicio, así como la designación de los miembros del Tribunal.
Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días naturales. Una vez comenzadas las pruebas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios se harán públicos en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, con 12 horas de antelación al menos al comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas, si se trata de uno nuevo.

2.3. Los Tribunales adoptarán las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos sean corregidos y valorados sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

2.4. En cualquier momento los Tribunales podrán requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad.

2.5. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.

2.6. El programa que ha de regir estas pruebas selectivas es el que figura publicado como Anexo.
2.7. Si durante el transcurso del procedimiento llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes ha incurrido en inexactitudes o falsedades deberá dar cuenta a los órganos municipales competentes, a los efectos que procedan.

3. CALIFICACIÓN DE LOS EJERCICIOS

3.1. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:

a) Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.
b) Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.
c) Tercer ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.

3.2. La puntuación total del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición.
3.3. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a las mejores puntuaciones obtenidas en el tercer ejercicio de la oposición.

4. SOLICITUDES

4.1. Las solicitudes serán facilitadas en la Oficina de Municipal de Información y Atención al Ciudadano, Juntas Municipales de Distrito y Registro General de Entrada de este Ayuntamiento. A la solicitud se acompañará el resguardo de haber ingresado los derechos de examen.
Los nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea deberán acompañar igualmente a la solicitud la acreditación de la nacionalidad y, en el supuesto previsto en el art. 2.2.1º b), el vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un Estado miembro de la Unión Europea con el que tenga dicho vínculo.

4.2. Las solicitudes dirigidas al Excmo. Sr. Alcalde, se presentarán en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, después de la publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y en el de la Junta de Andalucía. Podrán presentarse:
- En el Registro General y Juntas Municipales de Distrito de este Ayuntamiento ubicadas en Carretera de la Zubia, s/n (Centro Cívico-Zaidín); C/ Virgen de la Consolación s/n (Chana); Plaza Aliatar, 1 (Albayzin); C/ Dr. Fleming, 6 y 8 (Beiro); Avda. de Cervantes, s/n Palacio Quinta Alegre (Genil) y Plaza Rey Badis s/n (Norte).
- A través de las Oficinas de Correos, y deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de dicho organismo antes de ser certificadas.
- A través de las representaciones diplomáticas o consulares correspondientes, las suscritas por los españoles en el extranjero.
- Y, asimismo en la forma establecida en el art. 38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

4.3. Los derechos de examen serán de 28,38 euros, y se ingresarán en la cuenta corriente núm. 0182-5695-89-0017349557, denominada “Pruebas Selectivas Ayuntamiento de Granada” del BBVA (Bilbao-Vizcaya, Oficina Institucional).

4.4. Los aspirantes que pretendan puntuar en la fase de concurso, acompañarán a sus instancias los documentos acreditativos de los méritos y servicios a tener en cuenta conforme a la base 1.4., además de enumerarlos en la solicitud. Los documentos habrán de ser originales, o en caso de presentarse fotocopias, legalizadas mediante documentos notarial, debidamente compulsadas por órgano competente, previa exhibición del original, o previo el trámite establecido en el art. 38.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la nueva redacción dada con la Ley 4/99.
En el supuesto de tratarse de servicios prestados en el Ayuntamiento de Granada, se acreditarán de oficio por la Sección de Selección de Personal, siempre a petición del interesado.
Los méritos o servicios a tener en cuenta, estarán referidos a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias. Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Granada correspondientes a los días transcurridos desde la fecha de la certificación aportada por el aspirante hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias, se acreditarán de oficio por la Sección de Selección de Personal.

4.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

5. ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES

5.1. Terminado el plazo de presentación de instancias el Excmo. Sr. Alcalde dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos así como la de excluidos, con indicación de las causas y el plazo de subsanación de defectos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el B.O.P., se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos y el lugar y fecha del comienzo del primer ejercicio.

5.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión.

6. TRIBUNALES

6.1. El Tribunal calificador que tendrá la categoría 2ª de las recogidas en el Anexo IV del R.D. 236/88, de 4 de marzo, estará integrado de la siguiente forma: Presidente, el de la Corporación y suplente. Vocales, que deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para las plazas convocadas: por la Junta de Andalucía, titular y suplente; por la Jefatura del Servicio, titular y suplente; funcionarios designado por la Corporación, dos titulares y suplentes; en representación sindical, dos titulares y suplentes. Secretario, titular y suplente.

6.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de cinco de sus componentes.

6.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Excmo. Sr. Alcalde, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

6.4. El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo, declaración expresa de no hallarse incursos en causa de abstención en las circunstancias previstas en el art. 28 de la ley 30/92.
Asimismo los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

6.5. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior al de vacantes convocadas. Las propuestas de aprobados que contravengan este límite serán nulas de pleno derecho.

6.6. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos par la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de sus resultados.

6.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que serán la única base de su colaboración con el órgano de decisión.
6.8. Por resolución de la Alcaldía se procederá al nombramiento de los empleados públicos que deban colaborar temporalmente en el desarrollo de los procesos de selección, con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa de los distintos ejercicios que en cada prueba selectiva les atribuya el Tribunal. Este personal estará adscrito a dicho Tribunal y ejercerá sus funciones de conformidad con las instrucciones que éste le curse al efecto.

6.9. Las resoluciones de los Tribunales vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión, conforme a lo previsto en el art. 102 y ss. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

7. LISTA DE APROBADOS, PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN Y NOMBRAMIENTO DE FUNCIONARIOS

7.1. La lista de aprobados de cada ejercicio se publicará en los locales donde se hayan celebrado los mismos, así como en los tablones de edictos de la Corporación.

7.2. Finalizados los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará público el anuncio de los aspirantes aprobados, que no podrá exceder de las plazas objeto de esta convocatoria, con especificación de la puntuación total obtenida por los mismos sumadas las fases de concurso y oposición. Dicho anuncio será elevado al Excmo. Sr. Alcalde con propuesta de los candidatos para el nombramiento de funcionarios.

7.3. En el plazo de veinte días naturales los aspirantes que figuren en el anuncio a que se refiere la base anterior deberán presentar en la Sección de Selección de Personal de este Ayuntamiento la documentación acreditativa de los requisitos expresados en la base 1.3.

7.4. Quien tuviera la condición de funcionario público estará exento de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u organismo de quien dependa, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal. Caso de ser funcionario del carrera del Ayuntamiento de Granada, se aportará de oficio la documentación.

7.5. Si dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor no presentare la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de algunos de los requisitos señalados en la base 1.3., no podrá ser nombrado funcionario y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

7.6. El plazo para tomar posesión será de un mes a contar desde la notificación del nombramiento al interesado, suponiendo la falta de este requisito la renuncia al empleo.
8. NORMA FINAL

8.1. La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas, agotan la vía administrativa, pudiendo interponer los/as interesados/as recurso contencioso-administrativo ante la Sala de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. No obstante, puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde la mencionada publicación, o cualquier otro recurso que estime procedente.
Contra los actos del Tribunal y sus actos de trámite que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión se podrá formular recurso de alzada ante la autoridad que haya nombrado a su Presidente, en el plazo de un mes desde que se haga público el acuerdo o propuesta de resolución adoptada que se pretenda impugnar.


INSERTESE EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE GRANADA
Granada, 8 de mayo de 2.002
LA DELEGADA DE RECURSOS HUMANOS



ANEXO

GRUPO I


1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Características y estructura.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

3. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho público. La Ley. Clases de Leyes.

4. El administrado. Concepto y Clases. La capacidad del administrado y sus causas modificativas. Los derechos de los administrados. Colaboración y participación de los ciudadanos.

5. El procedimiento administrativo local: sus fases. El silencio administrativo.

6. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

7. Organización y competencias municipales provinciales.

8. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

9. Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local: organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.

10. Funcionamiento de los Órganos Colegiados Locales. Convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.

11.El Presupuesto Local. Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. La fiscalización del Presupuesto Local.

12. La Ley 31/1.995, de Prevención de Riesgos Laborales: objeto y ámbito de aplicación. Derechos y obligaciones de los trabajadores contenidos en la ley. Servicios de Prevención y Comité de Seguridad y Salud en los centros de trabajo. Nociones básicas de seguridad e higiene en el trabajo.

GRUPO II

13. REDES DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE: Características del Agua. Redes de distribución Pública. Sistemas de distribución. Instalaciones Interiores. Composición y características de ambas redes. Normativa. Dimensionado y cálculos.

14. REDES DE EVACUACIÓN DE AGUAS RESIDUALES Y PLUVIALES: Redes exteriores. Sistemas de distribución. Redes interiores. Composición y característica. Normativa. Dimensionado y cálculos.


15. INSTALACIONES DE AGUA CALIENTE SANITARIA: Instalaciones individuales. Instalaciones centralizadas. Tipos de generadores. Composición y características de las instalaciones. Normativa. Dimensionado y cálculos.

16. INSTALACIONES DE CALEFACCIÓN CENTRALIZADA POR AGUA CALIENTE: Sistemas de distribución. Emisores de calor. Suelo radiante. Tipos de Generadores. Regulación de temperaturas. Composición y características de las instalaciones. Normativa. Coeficiente global de transmisión de calor (Kg) de los edificios. Dimensionado y cálculos.

17. INSTALACIONES DE AIRE ACONDICIONADO: Sistemas de distribución de aire. Tipos de generadores. Regulación de temperaturas. Composición y características de las instalaciones. Normativa. Dimensionado y cálculos.

18. DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA: Líneas aéreas de media tensión. Lineas subterráneas de media tensión. Centros de transformación. Redes de distribución en baja tensión. Composición y características de las instalaciones. Normativa. Dimensionado y cálculos.

19. INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE BAJA TENSIÓN EN LOS EDIFICIOS: Locales de pública concurrencia. Locales dedicados a garaje. Locales húmedos y mojados. Criterios utilizados. Protección de las instalaciones. Protección contra contactos accidentales. Tomas de tierra. Composición y características de las instalaciones. Normativa. Dimensionado y cálculos.

20. LUMINOTECNIA: Espectro de la luz visible. Leyes fundamentales de la luminotécnia. Flujo luminoso. Intensidad luminosa. Iluminancia. Luminancia. Limitación del deslumbramiento. Temperatura de color. Rendimiento cromático.

21. LAMPARAS DE INCANDESCENCIA: Generalidades. Principios de funcionamiento. Características constructivas. Clasificación. Lámparas halógenas. Rendimientos. Utilización.

22. LAMPARAS DE DESCARGA EN GAS: Principio de funcionamiento. Lámparas de vapor de mercurio. Lámparas de vapor de mercurio con halogenuros. Lámparas de vapor de sodio a alta presión. Lámparas de vapor de sodio a baja presión. Características constructivas, eléctricas y luminotécnicas. Clasificación. Rendimientos. Depreciación y duración. Utilización.

23. EQUIPOS DE ENCENDIDO DE LAS LAMPARAS DE DESCARGA: Composición. Estabilización inductiva y capacitiva. Encendido de las lámparas. Reencendido. Ionización. Características constructivas y eléctricas.

24. INSTALACIONES DE ALUMBRADO PUBLICO: Criterios de calidad del alumbrado público. Niveles recomendados. Luminarias. Soportes. Sistemas de implantación. Cálculos luminotécnicos. Cálculos eléctricos. Cálculos mecánicos. Centros de mando y regulación.

25. INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN DE ZONAS DEPORTIVAS: Criterios de calidad de la iluminación deportiva. Niveles empleados. Proyectores. Soportes. Distribución de los proyectores. Cálculos luminotécnicos. Cálculos eléctricos. Cálculos Mecánicos. Cuadros de mando y regulación.

26. INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN DE INTERIORES: Criterios de calidad de la iluminación de interiores. Niveles recomendados. Iluminación directa. Iluminación indirecta. Luminarias. Distribución de las luminarias. Fibra óptica. Distribución de los circuitos. Cálculos luminotécnicos. Cálculos eléctricos. Uso combinado de la luz natural y artificial. Cuadros de distribución y regulación.

27. MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES: Organigrama funcional. Operaciones a realizar. Equipos de trabajo. Organización del trabajo. Vigilancia. Comprobación y medida. Medios materiales: vehículos, instrumentos, herramientas, equipo informático. Almacén de repuestos. Control de operaciones y estadística.

28. AHORRO DE ENERGÍA: Conceptos Generales. Normativa del sector eléctrico. Tarifas eléctricas. Compensación del factor de potencia. Estabilización de la tensión. Equipos reductores individuales y de cabecera. Reactancias de alta frecuencia. Uso combinado de la luz natural y artificial. Elementos de mando y regulación.

29. La accesibilidad y el entorno de los edificios.

30. La Reglamentación de Instalaciones de Protección Contra Incendios.

31. La transmisión del humo y del fuego en los edificios.

32. El comportamiento de las estructuras arquitectónicas contra el fuego. Protección estructural.

33. Los parques de bomberos: Ideas generales, instalaciones y vehículos.

34. N.B.E.-C.P.I. 96: El diseño de la Autoprotección en los locales y edificios.

35. N.B.E.-C.P.I. 96: La Autoprotección en los Centros Docentes no universitarios.

36. El servicio público de protección civil. Definición y competencias.

37. Los planes de protección civil. Contenidos generales, competencias y tipología.

38. Instalaciones contra Incendios: sistemas fijos de extinción.

39. Instalaciones contra Incendios: Detección automática

40. Extintores: Tipos, características y eficacia.

41. Los planes de emergencia municipales

42. Combustibles líquidos y gaseosos: Características y clasificación. Causas de incendio y explosión. Condiciones de uso y alamacenmamiento. Señalización e identificación.

43. Las Administraciones Públicas. Competencias en materia de protección civil ante situaciones de emergencia.

44. La seguridad contra incendios en establecimientos industriales.

45. La recogida de los R.S.U.: formas de recogida. Sistemas de evacuación desde los inmuebles. Los recipientes. Los vehículos. su regulación en la Ordenanza de Limpieza.

46. La organización del servicio de recogida de los R.S.U. Transporte de los residuos. Plantas de transferencia.

47. El tratamiento de los residuos sólidos urbanos mediante los vertederos controlados.

48. La incineración: Principios generales de la combustión. Las instalaciones. Los hornos. La recuperación del calor.

49. La fermentación controlada: tratamiento mecánico. Fermentación. Maquinaria y equipos.

50. La limpieza de las vías públicas. Prevención, reglamentación, vigilancia y control. Organización y realización del servicio.

51. El agua como recursos. Agua superficial y subterránea. Calidad del agua.

52. Tratamiento y depuración de aguas residuales urbanas. Métodos alternativos de depuración de aguas. Evacuación de los resíduos de las plantas de tratamiento.

53. Legislación y normas sobre control del ruido. Regulaciones internacionales, nacionales y autonómica. La Ordenanza de Protección del Ambiente Acústico de Granada.

54. Acondicionamiento acústico de locales. Método estadístico. Absorción del local. Materiales absorventes. Medida del coeficiente de absorción en cámara reverberante.

55. Aislamiento acústico entre locales. Indices y parámetros. Aislamiento de una partición simple. Aislamiento de una partición compuesta. Método práctico de medida..

56. Transmisión del ruido. Vibraciones. Criterios de evaluación de vibraciones. Medida del Impacto. Atenuación del sonido en el aire. muros y vallas. Efectos del viento y la temperatura.

57. Control del ruido. Concepto de sistema. Análisis. Mecanismo de reducción del ruido. Aisladores. Amortiguadores.. Pérdidas por inserción.

58. Instrumentación y equipos de medida del ruido. Sonómetros, filtros acústicos, registradores gráficos, osciloscópios, analizadores de distribución estadística, dosímetros, analizadores en tiempño real. Aplicaciones.

59. Contaminación atomosférica: conceptos generales. Agentes contaminantes particulados y gaseosos. Principales fuentes de contaminación atmosférica. Reacciones de los contaminantes en la atmósfera. “Smog” fotoquímico.

60. Separación de partículas: capatación. Separadores. Precipitación electrostática. Procesos de absorción. Diseño de campanas y redes de aspiración. Evacuación a la atmósfera. Efectos de la contaminación atmosférica sobre la meteorología y la salud.

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