Tablón de Anuncios


Agencia Municipal Tributaria; Empleo

Agencia Municipal Tributaria:Bases para la provisión en régimen de interinidad de 38 plazas de la Escala de Administración Especial

Información Caducada


AGENCIA MUNICIPAL TRIBUTARIA


Por acuerdo del Consejo Rector de la Agencia Municipal Tributaria de fecha 5 de mayo de 2006, modificado por acuerdo de 12 de junio de 2006, se dispuso la aprobación de las Bases para la provisión en régimen de interinidad de 38 plazas de la Escala de Administración Especial de la Agencia Municipal Tributaria.

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales contados desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Granada, en la página web del Ayuntamiento de Granada y en el Tablón de Anuncios de la Delegación y Subdelegación del Gobierno en Granada, según lo dispuesto en el art. 6 de la Orden APU 1461/2002 de 6 de junio por la que se establecen las normas para la selección y nombramiento de personal funcionario interino.

Las solicitudes se dirigirán al Alcalde Presidente de la Agencia Municipal Tributaria según modelo de solicitud aprobado que será facilitado en las Oficinas de Información y Registro del Excmo. Ayuntamiento de Granada, debiendo presentarse una solicitud por cada plaza a la que se aspire y deberá acompañarse de

- Copia cotejada del DNI
- Fotocopia compulsada de los diplomas y certificados de los méritos que se aleguen.
En Granada a el Consejo Rector de la Agencia Municipal Tributaria de Granada, en uso de las atribuciones que le confieren los artículos del Estatuto que rige el funcionamiento de la AMT, acuerda convocar concurso de méritos para el nombramiento de funcionarios/as interinos/as de la Agencia Municipal Tributaria de Granada, conforme a las siguientes bases.


BASES DE LA CONVOCATORIA

1. PUESTOS DE TRABAJO

Se convoca concurso de méritos para la provisión mediante el nombramiento de funcionarios/as interinos de 1 plaza de Economista, 1 plaza de Técnico Informático, 4 plazas de Licenciado en Derecho, 1 plaza de Técnico Medio de Gestión, 8 plazas de Técnico Auxiliar de Recaudación y 23 plazas de Auxiliar de Recaudación.

Titulación exigida:

Grupo A:

Economista: Licenciatura en Ciencias Económicas o Dirección y Administración de Empresas o Ciencias Empresariales.

Técnico/a Informático: Ingeniería Superior Informática.

Licenciado/a en Derecho: Licenciatura en Derecho.

Grupo B:

Técnico Medio de Gestión

Diplomatura en Ciencias Empresariales o en Relaciones Laborales.

Grupo C:

Técnico Auxiliar de Recaudación:

- Título de Bachiller Superior.
- Título de Formación Profesional de Segundo Grado.
- Título de Maestría Industrial.
- Haber superado las pruebas de acceso a la Universidad para Mayores de 25 años.

Grupo D:

Auxiliar de Recaudación:

- Titulo de Bachiller Elemental.
- Título de Graduado Escolar.
- Título de Formación Profesional de Primer Grado.
- Título de Oficial Industrial.
- Certificado de Estudios Primarios expedido con anterioridad a la finalización del curso 1975/76.

2. - REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES

a) Requisitos Generales:

Los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

- Ser español o, en los términos previstos en la Ley 17/1993, nacional de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

- Tener cumplidos los 18 años de edad.

- No estar afectado por limitación psíquica o física que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

- Estar en posesión de la titulación exigida para la plaza solicitada.

- Presentar, en forma y plazo, la correspondiente solicitud.

Los requisitos deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión.

3. - SISTEMA SELECTIVO

El sistema selectivo será el concurso, en el que se valorarán los siguientes méritos:

A) MÉRITOS PROFESIONALES: 5 PUNTOS

1.- Experiencia profesional en puestos de trabajo en Recaudación Municipal de Tributos en periodo ejecutivo.

Puntuación máxima: 5 puntos.

Forma de puntuación: 0,025 puntos por cada mes completo de experiencia.

No serán de aplicación los requisitos específicos y méritos profesionales anteriores para las plazas de Técnico Informático y Economista, para las que se valorarán los siguientes:

Técnico Informático:

Experiencia profesional en tareas similares o relacionadas con las funciones de recaudación y/o coordinación con los servicios municipales que han de desempeñarse en la plaza que se pretende proveer.

Forma de puntuación: 0,025 puntos por mes completo, hasta un máximo de 5.

Economista:

Experiencia profesional como economista en tareas similares a las funciones de contabilidad pública y presupuestos en empresa pública o privada.

Forma de puntuación: 0,025 puntos por mes completo, hasta un máximo de 5 puntos.

B) MÉRITOS FORMATIVOS: 5 PUNTOS

B. 1) Titulación: 0,75 puntos

Titulación o especialidad académica distinta a la exigida para participar en las pruebas, relacionada con las funciones propias de la plaza a la que se pretende acceder (Derecho, Empresariales, Económicas, Dirección y Administración de Empresas, Relaciones Laborales, Informática).

Forma de puntuación: Se valorarán las titulaciones acreditadas por los concursantes que sean inmediatamente superiores a las exigidas para cada plaza conforme a la siguiente escala:

Grupo A: Doctor ……………………………………………….…………. 0,75 puntos

Grupo B: Licenciatura o equivalente ……………………………………. 0,50 puntos

Grupo C: Diplomatura ……………………………………………………. 0,25 puntos

Grupo D: Bachillerato, Formación Profesional de 2º Grado,

Acceso a la Universidad para mayores de 25 años o equivalente. …. 0,10 puntos

B. 2) Conocimientos específicos: 4,25 puntos.

- Por uso y manejo del Sistema de Información Municipal (SIM) 1,45 puntos.

- Por uso y manejo de Sistema de Información de Recaudación Ejecutiva Municipal de Granada 1,45 puntos.

- Por uso y manejo del Sistema Informático de Recaudación de Sanciones Municipal de Granada 1,35 puntos.

No serán de aplicación los conocimientos específicos anteriores para las plazas de Técnico Informático y economista, para las que se valorarán los siguientes:

Técnico Informático:

- Por conocimientos del Sistema de Información Municipal (SIM) 1,45 puntos.

- Por conocimientos de aplicaciones informáticas de recaudación municipal 1,45 puntos.

- Por conocimientos de la base de datos ORACLE 1,35 puntos

Puntuación máxima 4,25 puntos.

Economista:

-Por conocimientos de la contabilidad pública de SICALWIN 2,90 puntos

-Por conocimientos de la base de datos ORACLE 1,35 puntos.

Puntuación máxima 4,25 puntos.

C) FORMA DE ACREDITACIÓN DE LOS MÉRITOS:

- Experiencia profesional: certificado expedido por la correspondiente unidad de personal, en el caso de experiencia adquirida en la Administración, y fotocopia del contrato de trabajo y/o certificación de vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social en los demás casos.

- Titulación: Fotocopia cotejada de los títulos o certificación de haber realizado todos los estudios necesarios para su obtención.

- Conocimientos específicos: Certificación expedido por el servicio municipal competente.

D) CRITERIOS DE DESEMPATE

El Tribunal Calificador propondrá al candidato/a que haya obtenido mayor puntuación según el baremo previsto en las bases. En caso de empate en la puntuación total, se acudirá para dirimirlo, en primer lugar, a la puntuación otorgada en los méritos específicos y, en segundo lugar, a la otorgada en los meritos profesionales valorando el computo total de meses que ha servido de base para el calculo de la puntuación.

4. - TRIBUNAL CALIFICADOR

El Tribunal Calificador estará compuesto por los siguientes:

PRESIDENTA: La Vicepresidenta de la Agencia Municipal Tributaria.

VOCAL: La Tesorera Municipal. Suplente: El Recaudador Municipal.

VOCAL: El Interventor Municipal. Suplente: El Jefe se Sección de Contabilidad y Presupuestos.

VOCAL: El Director General del Área de Economía y Hacienda. Suplente: La Coordinadora General del Área de Economía y Hacienda.

Un miembro de cada uno de los sindicatos y sus respectivos suplentes. (CCOO, CSIF, UGT)

El Tribunal Calificador tendrá su sede en el Área de Economía y Hacienda del Excmo. Ayuntamiento de Granada.

Los miembros del Tribunal Calificador tendrán que abstenerse y podrán ser recusados de acuerdo con la normativa vigente.

5. - SELECCIÓN

A) PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

- Las solicitudes para tomar parte en el proceso selectivo regulado por las presentes bases, dirigidas al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente de la Agencia Municipal de Administración Tributaria o en la forma y lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Granada, en el plazo de diez días naturales a contar desde el siguiente al de publicación de esta convocatoria en los lugares enunciados en el punto 6. 1 de la Orden APU/1461/2002, de 6 de junio.

- El modelo de solicitud: será el que figura en el Anexo I, estará disponible en las Oficinas de Información y Registro del Excmo. Ayuntamiento de Granada.

- Documentación a presentar junto con la solicitud:

· Documento Identidad (se acompañará fotocopia cotejada del mismo).

· Fotocopias cotejadas de la documentación acreditativa de los méritos que el candidato desee que se valoren.

B) DESARROLLO DEL PROCESO SELECTIVO

El Tribunal Calificador elaborará una lista de los/as aspirantes admitidos y excluidos haciendo constar el motivo, ordenada alfabéticamente (incluirán nombre, apellido y número de documento de identidad), Los/as aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles desde su publicación en el Tablón de Anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Granada para presentar reclamaciones, contados a partir del día siguiente a la publicación de la lista.

Transcurrido el plazo de reclamación, el Tribunal Calificador elaborará una lista provisional con la puntuación obtenida por los/as aspirantes en cada uno de los méritos y su puntuación total, sin que en ningún caso el Tribunal pueda declarar aprobados un mayor número de aspirantes que plazas ofertadas. Superarán el proceso selectivo los 38 aspirantes que tengan mayor puntuación en cada una de las plazas a las que optan. Los/as aspirantes dispondrán de un plazo de 5 días hábiles para presentar reclamaciones, contados a partir del día siguiente a la publicación de la lista. Las reclamaciones se dirigirán al Tribunal Calificador. Finalizado dicho plazo el Tribunal Calificador publicará, en los mismos lugares que la lista provisional, la lista definitiva de los/as candidatos seleccionados, ordenados de mayor a menor según la puntuación final obtenida en cada una de las plazas convocadas.

Concluido el proceso selectivo, los/as aspirantes que no lo hayan superado, pero hayan obtenido alguna puntuación, pasarán a formar parte de una bolsa para futuras incorporaciones al Organismo Autónomo, por orden de puntuación.

6. - NOMBRAMIENTO DE FUNCIONARIOS INTERINOS

Tras la publicación de la lista definitiva de candidatos/as , se elevará a la autoridad competente la propuesta de nombramiento de funcionarios/as según el orden de prelación establecido en la lista definitiva mencionada, en número no superior al de los puestos convocados.

En el caso de que alguno de los/as candidatos no presente la documentación correspondiente en el plazo establecido o no cumpla los requisitos exigidos a los aspirantes, la plaza se adjudicará al siguiente candidato/a de la lista definitiva.

Si, una vez efectuado el nombramiento, alguno de los/as funcionarios interinos/as causa baja, se podrá sustituir por el siguiente candidato/a de la lista definitiva.

7. - IMPUGNACIÓN

La convocatoria y sus bases, así como cuantos actos administrativos se deriven de aquella y de las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnadas en los términos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

url: http://www.granada.org/inet/wgr.nsf/buscaindice!open&indice=AAA00013

Según contestación a consulta efectuada a la Agencia de Protección de Datos el 29/03/2004: "La publicación de datos personales en Internet constituye un tratamiento automatizado de datos personales. Por ello, se requiere el previo consentimiento de los titulares de los datos para esa publicación, salvo que los datos figuren, a su vez, en fuentes accesibles al publico (como los Boletines Oficiales)."

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