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BASES CONCURSO OPOSICION LIBRE DOS PLAZAS DE EDUCADORES DE MEDIO ABIERTO(OEP 2004)

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BASES CONCURSO OPOSICION LIBRE DOS PLAZAS DE EDUCADORES DE MEDIO ABIERTO

EDICTO El Delegado de Personal, Servicios Generales y Organización del Ayuntamiento de Granada, HACE SABER: Que por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 17 de diciembre de 2004, se han aprobado las bases del concurso oposición libre convocado para provisión en propiedad de dos plazas de Educadores de Medio Abierto, que a continuación se relacionan:

BASES
1. NORMAS GENERALES
1.1. Por Decreto de la Alcaldía de fecha 13 de diciembre de 2004, se convocan pruebas selectivas para cubrir dos plazas de Educador de Medio Abierto, Grupo B, de la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Cometidos Especiales, correspondiente a la Oferta de Empleo Público año 2004, vacantes números 1 y 3, de conformidad con la siguiente distribución:
a) Una plaza para promoción interna
b) Una plaza para el turno libre.

Las plazas reservadas a promoción interna que queden sin cubrir se acumularán al sistema general de acceso libre. A tal efecto la evaluación de las pruebas de promoción interna finalizarán antes que las correspondientes al sistema de acceso libre 1.2. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 30/84, de 2 de agosto; la Ley 7/85, de 2 de abril y Ley 11/99, de 21 de abril; R.D.L. 781/86, de 18 de abril; R.D. 896/91, de 7 de junio; R.D. 364/95, de 10 de marzo y las Bases de la presente convocatoria.

1.3. REQUISITOS: A. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos en la Ley estatal que regule la materia.

b) Tener cumplidos los 18 años de edad.

c) Estar en posesión del título de Maestro/a, Diplomado/ a en Profesorado de E.G.B. o Maestro/a de Primera Enseñanza, Educador Social, Trabajador Social o haber superado tres cursos completos de licenciatura en Ciencias Sociales o Humanidades, según la Ley 30/84.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función.

e) No hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específica previstas en la legislación vigente.

f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

g) Los aspirantes a promoción interna deberán reunir, además, el haber prestado servicios efectivos, al menos durante dos años, como funcionario/a de carrera, en cuerpos o escalas del grupo de titulación inferior al del cuerpo o escala al que pretendan acceder.

B. Todos los requisitos a que se refiere la base 1.3 apartado A., deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo.

1.4. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición.

La fase de concurso se celebrará previamente a la fase de oposición, puntuándose con arreglo al siguiente baremo: a) Por méritos profesionales: - Por cada mes o fracción superior a quince días de servicios prestados, cuando sean por cuenta ajena, en cualquiera de las Administraciones Públicas en puesto igual al que se opta, acreditados mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente, 0,10 puntos. La experiencia obtenida en el régimen de colaboración social será valorada en idénticas condiciones, acreditada mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente.

- Por cada mes o fracción superior a quince días de servicios prestados en empresa pública o privada, cuando sean por cuenta ajena, en puesto igual al que se opta, que deberán ser suficientemente acreditados a través del contrato de trabajo visado por el INEM, junto con certificado de cotizaciones a la S.S., 0,05 puntos.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

b) Formación: - Formación extraacadémica recibida: Se considerará en este apartado la asistencia a cursos, seminarios, congresos, jornadas o similar, impartidos por organismos públicos y/o oficiales, relacionados con el puesto a desempeñar, valorándose mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Nº de horas x 0,005 puntos.

Se aplicará la fórmula de valoración a aquellos cursos de una duración superior o igual a 10 horas e inferior a 400 horas, y para los de una duración superior se valorarán por 400 horas.

Aquellos cursos con menos de 10 horas o que no especifiquen su duración, se valorarán a razón de 0,02 puntos por curso.

- Formación extraacadémica impartida: Se considerarán en este apartado los cursos, conferencias, seminarios, comunicaciones a congresos, ponencias, etc., organizados por organismos públicos y/o oficiales, y las publicaciones.

Por cada hora de curso: 0,05 puntos.

Por conferencia o ponencia en cursos, seminarios o jornadas: 0,15 puntos.

Por cada comunicación: 0,10 puntos Por cada artículo en revista especializada: 0,40 puntos.

Por cada capítulo de libro: 0,40 puntos/Nº de autores, sin poder exceder de 1 punto.

Por cada libro: 1 punto/Nº de autores.

La puntuación en este apartado no podrá exceder de 2,50 puntos.

- Formación académica recibida: En este apartado no se valorará la titulación académica exigida para el acceso a la plaza correspondiente ni las que resulten necesarias para obtener la titulación superior.

Se valorarán otras titulaciones académicas complementarias y directamente relacionadas con la plaza, a razón de 1,00 punto por titulación, sin poder exceder de 2,00 puntos.

1.5. Aplicación del concurso: Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de aprobados.

Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

Siendo la puntuación máxima a otorgar en los anteriores apartados, la siguiente: Méritos profesionales: 5,00 puntos No pudiendo sobrepasar en el apartado de servicios prestados en empresas públicas o privadas: 1,50 puntos de los del total de presente epígrafe.

Formación: 5,00 puntos 1.6. Fase de oposición: Promoción interna.-Constará de dos ejercicios, segundo y tercero, de los que a continuación se relacionan que por este sistema pasan a ser primero y segundo, siendo eliminatorios cada uno de ellos.

Acceso libre.- Constará de los siguientes ejercicios, siendo eliminatorios cada uno de ellos:

PRIMER EJERCICIO: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en contestar por escrito, un cuestionario de 125 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, en un tiempo de 125 minutos elaborado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización en relación con los temas contenidos en el Grupo I y Grupo II del Anexo de esta convocatoria, debiendo consignarse al menos una pregunta por cada uno de los temas. El criterio de corrección será el siguiente: por cada dos preguntas incorrectas se invalidará una correcta. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario, una vez restadas las preguntas invalidadas según la proporción citada, corresponderá a 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio, repartiéndose el resto de preguntas contestadas correctamente de forma proporcional entre la puntuación de 5,00 a 10,00 puntos.

SEGUNDO EJERCICIO: De carácter obligatorio, consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de una hora, un tema extraído al azar, igual para todos los aspirantes, de entre los contenidos en el Grupo II del Anexo a la convocatoria.

TERCER EJERCICIO: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos, determinados por el Tribunal inmediatamente antes de su realización, de entre las materias contenidas en el Grupo II del Anexo a la convocatoria, en tiempo que, asimismo determine éste.

2. DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS

2.1. La actuación de los opositores se iniciará por orden alfabético a partir del primero de la letra S, de conformidad con resolución de 29 de enero de 2004, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

2.2. En el Decreto por el que se aprueba la lista de admitidos se determinará la fecha y lugar de celebración del primer ejercicio, así como la designación de los miembros del Tribunal.

Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días naturales. Una vez comenzadas las pruebas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios se harán públicos en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, con 12 horas de antelación al menos al comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas, si se trata de uno nuevo.

2.3. Los Tribunales adoptarán, siempre que sea posible, las medidas oportunas, siempre que sea posible, para garantizar que los ejercicios escritos sean corregidos y valorados sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

2.4. En cualquier momento los Tribunales podrán requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad.

2.5. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.

2.6. El programa que ha de regir estas pruebas selectivas es el que figura publicado como Anexo.

2.7. Si durante el transcurso del procedimiento llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes ha incurrido en inexactitudes o falsedades deberá dar cuenta a los órganos municipales competentes, a los efectos que procedan.

3. CALIFICACION DE LOS EJERCICIOS

3.1. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:

a) Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.

b) Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.

c) Tercer ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.

3.2. La puntuación total del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición.

3.3. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a las mejores puntuaciones obtenidas en el tercer ejercicio de la oposición.

4. SOLICITUDES

4.1. Las solicitudes serán facilitadas en la Oficina de Municipal de Información y Atención al Ciudadano, Juntas Municipales de Distrito y Registro General de Entrada de este Ayuntamiento. A la solicitud se acompañará el resguardo de haber ingresado los derechos de examen.

Los nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea deberán acompañar igualmente a la solicitud la acreditación de la nacionalidad y, en su caso, el vínculo de parentesco, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un Estado miembro de la Unión europea con el que tenga vínculo.

4.2. Las solicitudes dirigidas al Excmo. Sr. Alcalde, se presentarán en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, después de la publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y en el de la Junta de Andalucía. Podrán presentarse: - En el Registro General y Juntas Municipales de Distrito de este Ayuntamiento ubicadas en C/ Carretera de la Zubia, s/n (Zaidín); C/ Carretera de Málaga, 100 (antiguo Merca Chana) (Chana); Plaza Aliatar, s/n (Albayzin); C/ Dr. Fleming, 6 y 8 (Beiro); Avda. de Cervantes, 27 Palacio Quinta Alegre (Genil) y Plaza Jesús Escudero García, 2 (Norte).

- A través de las Oficinas de Correos, debidamente certificadas.

- A través de las representaciones diplomáticas o consulares correspondientes, las suscritas por los españoles en el extranjero.

- Y, asimismo en la forma establecida en el art. 38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

4.3. Los derechos de examen serán de 30,59 euros y se ingresarán en la cuenta corriente núm. 0182-5695-89- 0017349557, denominada “Pruebas Selectivas Ayuntamiento de Granada” del BBVA (Banco Bilbao-Vizcaya Argentaria, Oficina Institucional).

4.4. Los aspirantes que pretendan puntuar en la fase de concurso, acompañarán a sus instancias los documentos acreditativos de los méritos y servicios a tener en cuenta conforme a la base 1.4., además de enumerarlos en la solicitud. Los documentos habrán de ser originales, o en caso de presentarse fotocopias, legalizadas mediante documentos notarial, debidamente compulsadas por órgano competente, previa exhibición del original, o previo el trámite establecido en el art. 38.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la nueva redacción dada con la Ley 4/99.

En el supuesto de tratarse de servicios prestados en el Ayuntamiento de Granada, se acreditarán de oficio por la Sección de Selección de Personal, siempre a petición del interesado.

Los méritos o servicios a tener en cuenta, estarán referidos a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias. Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Granada correspondientes a los días transcurridos desde la fecha de la certificación aportada por el aspirante hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias, se acreditarán de oficio por la Sección de Selección de Personal.

4.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

5. ADMISION DE LOS ASPIRANTES

5.1. Terminado el plazo de presentación de instancias el Excmo. Sr. Alcalde dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos así como la de excluidos, con indicación de las causas y el plazo de subsanación de defectos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el B.O.P., se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos y el lugar y fecha del comienzo del primer ejercicio.

5.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión.

6. TRIBUNALES

6.1. El Tribunal calificador que tendrá la categoría 2ª de las recogidas en el Anexo IV del R.D. 462/02, de 24 de mayo, estará integrado de la siguiente forma: Presidente, el de la Corporación y suplente. Vocales, que deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para las plazas convocadas: por la Junta de Andalucía, titular y suplente; por la Jefatura del Servicio, titular y suplente; funcionarios designados por la Corporación, dos titulares y suplentes; en representación sindical, dos titulares y suplentes. Secretario, titular y suplente.

6.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de cinco de sus componentes.

6.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Excmo. Sr. Alcalde, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, de conformidad con el art.13.2 del R.D.364/1995, de 10 de marzo.

6.4. El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo, declaración expresa de no hallarse incursos en causa de abstención en las circunstancias previstas en el art. 28 de la ley 30/92.

Asimismo los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

6.5. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior al de vacantes convocadas. Las propuestas de aprobados que contravengan este límite serán nulas de pleno derecho.

6.6. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos par la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de sus resultados.

6.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que serán la única base de su colaboración con el órgano de decisión.

6.8. Por resolución de la Alcaldía se procederá al nombramiento de los empleados públicos que deban colaborar colaborar temporalmente en el desarrollo de los procesos de selección, con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa de los distintos ejercicios que en cada prueba selectiva les atribuya el Tribunal. Este personal estará adscrito a dicho Tribunal y ejercerá sus funciones de conformidad con las instrucciones que éste le curse al efecto.

6.9. Las resoluciones de los Tribunales vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión, conforme a lo previsto en el art. 102 y ss. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

7. LISTA DE APROBADOS, PRESENTACION DE DOCUMENTACION Y NOMBRAMIENTO DE FUNCIONARIOS

7.1. La lista de aprobados de cada ejercicio se publicará en los locales donde se hayan celebrado los mismos, así como en los tablones de edictos de la Corporación.

7.2. Finalizados los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará público el anuncio de los aspirantes aprobados, que no podrán exceder de las plazas objeto de esta convocatoria, con especificación de la puntuación total obtenida por los mismos sumadas las fases de concurso y oposición. Dicho anuncio será elevado al Excmo. Sr. Alcalde con propuesta de los candidatos para el nombramiento de funcionarios.

7.3. En el plazo de veinte días naturales los aspirantes que figuren en el anuncio a que se refiere la base anterior deberán presentar en la Sección de Selección de Personal de este Ayuntamiento la documentación acreditativa de los requisitos expresados en la base 1.3.

7.4. Quien tuviera la condición de funcionario público estará exento de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u organismo de quien dependa, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal. Caso de ser funcionario del carrera del Ayuntamiento de Granada, se aportará de oficio la documentación.

7.5. Si dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor no presentare la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de algunos de los requisitos señalados en la base 1.3., no podrá ser nombrado funcionario y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

7.6. El plazo para tomar posesión será de un mes a contar desde la notificación del nombramiento al interesado, suponiendo la falta de este requisito la renuncia al empleo.

8. NORMA FINAL

8.1. La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas, agotan la vía administrativa, pudiendo interponer los/as interesados/as recurso contencioso-administrativo ante la Sala de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

No obstante, puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde la men- cionada publicación, o cualquier otro recurso que estime procedente.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Granada, 17 de diciembre de 2004.-El Delegado de Personal, Servicios General y Organización, fdo. Jaime Sánchez-Llorente Illescas.

ANEXO GRUPO I

1. La Constitución Española de 1978. Principios generales.

Características y estructura.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

3. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho.

Fuentes del Derecho público. La ley. Clases de leyes.

4. El interesado. Concepto y clases. La capacidad del interesado y sus causas modificativas. Colaboración y participación de los ciudadanos. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración Pública.

5. El procedimiento administrativo común: sus fases.

El régimen del silencio administrativo.

6. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Organización y competencias municipales/ provinciales.

7. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales.

Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

8. Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local: organización, selección y situaciones administrativas.

El personal laboral. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad.

Régimen disciplinario. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.

9. Funcionamiento de los órganos colegiados locales.

Convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución.

Votaciones. Actas y certificados de acuerdo.

10. Los contratos administrativos de las Entidades Locales.

11. El presupuesto local. Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. La fiscalización del presupuesto local.

12. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Objeto, ámbito de aplicación. Derechos y obligaciones. Servicios de prevención.

GRUPO II

13. El Sistema Público de Servicios Sociales en España.

14. Las prestaciones de los Servicios Sociales Comunitarios.

15. Los Centros Municipales de Servicios Sociales Comunitarios.

Objetivos. Funciones. Planificación de los Servicios necesarios desde un Centro de Servicios Sociales.

16. Servicios Sociales Comunitarios: Definición y objetivos.

Relación entre los Servicios Sociales Comunitarios y especializados 17. Estructura social. Análisis de la estructura social española. Clases Sociales. La marginación social en sentido amplio.

18. El desempleo y la desestructuración familiar. Dos problemas sociales prioritarios en las sociedades avanzadas.

19. La Ley 2/1988 de 4 de abril, de Servicios Sociales de Andalucía.

20. Regulación Jurídica Andaluza de la atención a, Discapacitados y drogodependientes.

21. Protección Jurídica del Menor: Ley 1/1998 de 20 de abril de los Derechos y la Atención al menor. Desamparo, Tutela y Guarda 22.La Ley 5/2000, de responsabilidad penal del menor.

23. El servicio de Ayuda a Domicilio. Régimen Jurídico.

El Educador de Medio Abierto en el Servicio de Ayuda a Domicilio.

24. Los Consejos Sectoriales Municipales como órganos de participación en el ámbito de los Servicios Sociales 25. La planificación como proceso: niveles, concepto e instrumentos. El nivel estratégico de la planificación social: el Plan. Características de un plan. Elementos de un plan 26. El nivel táctico de la planificación social: los programas.

Elementos que debe contemplar el diseño de un programa. Programa marco. Programación específica.

27. El nivel operativo de la planificación social: los proyectos. Aspectos que debe contemplar el diseño de un proyecto. Diseño y elaboración de proyectos sociales.

Tipología de proyectos. Pasos lógicos a tener en cuenta en la planificación de un proyecto de intervención social. Contenidos de un proyectos social.

28. Métodos y técnicas para diseñar y evaluar proyectos sociales.

29. La evaluación como proceso. Definición. Finalidad y requisitos de la evaluación. Tipos de evaluación. Momentos y fases de la evaluación. Técnicas e instrumentos de la evaluación. Los indicadores de evaluación.

30. La integración de la perspectiva de género en la planificación social. Análisis de género: ¿Qué es el análisis de género?. ¿Cuándo y a qué niveles es necesario el enfoque de género en la planificación/organización?. Las diferentes formas de abordar la igualdad entre mujeres y hombres en los proyectos sociales. La planificación de género: herramientas conceptuales para analizar y planificar.

Fases de la planificación de género.

31. Cómo trabajar en equipo. Equipos de trabajo y reuniones eficaces. Estructura de los equipos de trabajo.

Claves para la gestión eficaz de los equipos de trabajo.

32. La coordinación integral desde la Administración Local. Concepto de coordinación. ¿Por qué es necesaria la coordinación?. Tipos de coordinación, mecanismos e instrumentos. Niveles y modalidades de coordinación.

Experiencias de coordinación.

33. Las necesidades sociales. Concepto de necesidad social. Diferentes perspectivas de análisis de las necesidades sociales. Métodos para la prospección de necesidades sociales.

34. Los recursos sociales. Concepto, características y diferentes formas de clasificarlas. El análisis de necesidades y recursos. La tipología de recursos en Servicios Sociales.

Niveles organizativos y principios operativos. Es- tructura de la financiación: los presupuestos por programas y las subvenciones.

35. La calidad en los Servicios Sociales. La gestión de la calidad en el Sistema de Servicios Sociales. Los proceso de aplicación de los modelos de gestión de calidad en la Administración. Sistemas de evaluación de la satisfacción del usuario y del clima laboral.

36. El fomento del asociacionismo juvenil. Tipología de asociaciones juveniles. Asociacionismo y voluntariado.

37. La investigación social: la metodología en el análisis sociológico. Fuentes y técnicas para el estudio del hecho social. La muestra y el trabajo de campo. La elaboración de cuestionarios y la entrevista. El análisis estadístico aplicado a la investigación social.

38. Minorías étnicas: la intervención del Educador de Medio Abierto con infancia y adolescencia. Problemas.

Areas de actuación desde los Servicios Sociales Comunitarios.

39.Violencia familiar. Tipos de maltrato. El ciclo de la violencia.

40. Dinámica de grupos. La integración en un grupo: entorno, afinidad, intereses y valores sociales. Estructuración del grupo: tipos, relaciones interpersonales y dinámica interna. Distribución de funciones en un grupo: roles. Tipos de liderazgo. resolución de conflictos grupales.

Técnicas de trabajo con grupos. Observación y registro de la dinámica grupal.

41. La socialización: aprendizaje e interiorización de normas y valores. ámbitos de socialización: centros educativos y otras instituciones socioculturales; asociaciones, grupos de iguales y medios de comunicación. La construcción de los roles masculino y femenino y su influencia social. La socialización en el medio urbano y en el medio rural.

42. El desarrollo en la adolescencia y juventud: teorías.

Cambios que acompañan a la pubertad y sus consecuencias psicológicas. Influencia de la cultura y de la familia.

Implicaciones directas en las intervenciones educativas y sociales.

43. El desarrollo de la adolescencia y la juventud. Desarrollo cognitivo: las operaciones formales. El desarrollo social, moral y de la personalidad. Principales conflictos.

La emancipación de la familia y las relaciones de amistad.

44. El trabajo conjunto de Educadores de Medio Abierto y profesionales de los centros educativos en relación a la infancia y adolescencia en riesgo social. Dificultades, objetivos y metodología.

45. El Plan Joven del Ayuntamiento de Granada 2004- 2007.

46. Educación para la salud. Medios de prevención y actitudes fundamentales referidas a la alimentación, descanso, higiene y a la actividad física y mental. La educación de hábitos saludables en los distintos sectores de intervención. Programas de promoción de la salud: características y organismos difusores.

47. Programas de intervención familiar. Factores socioambientales e interpersonales en el proceso de enseñanza- aprendizaje. Influencia de la familia y las expectativas del educador sobre el niño y otro colectivos de intervención. Valor educativo de la interacción entre iguales: tareas educativas y actividades cooperativas.

48. La educación en valores como eje metodológico en la intervención social y educativa. Los valores y la formación técnico-profesional. Implicación en los diferentes niveles de concreción curricular.

49. Desarrollo comunitario. Principios de intervención.

Ambitos de intervención actuales. Modelos de recursos comunitarios. Análisis de entornos comunitarios.

50. Interculturalidad y multiculturalidad. Fenómenos de transmisión y permanencia cultural. Procesos de aculturación y colonialismo cultural.

51. El ocio y el tiempo libre en la sociedad actual y posible evolución. técnicas específicas de animación en el campo del ocio y del tiempo libre. recursos de ocio y tiempo libre: fiestas y juegos, la naturaleza, tecnología, vida social y otros. Organización de los recursos: programas de actividades y centros de recursos.

52. La infancia en situación de riesgo social: indicadores.

el maltrato infantil: indicadores. Servicios especializados dentro de una política de bienestar social: adopción, acogimiento familiar, centros de acogida e intervención con las familias. Referencias legislativas.

53. La figura del Educador de Medio Abierto en los Servicios Sociales Comunitarios. Su perfil profesional.

Funciones asignadas.

54. Metodología, técnicas e instrumentos a utilizar por el/la educador/a de Medio abierto en su intervención profesional.

55. La intervención social contra el absentismo, la desescolarización y el abandono escolar desde los Servicios Sociales Comunitarios. Intervención del Educador de Medio Abierto.

56. La delincuencia juvenil. Acciones preventivas y respuestas socioeducativas. Proceso de intervención del educador de medio abierto en grupos con problemas de delincuencia.

57. Diferencias y afinidades entre educadores sociales, animadores socioculturales y trabajadores sociales de un Centro Municipal de Servicios Sociales Comunitarios.

Reparto de tareas profesionales a nivel individual, familiar y comunitario.

58. Historia y evolución de la educación social en España.

Principios, objetivos y metodología de la intervención en medio abierto.

59. La formación como elemento clave para el acceso al empleo. acciones socio-educativas que fomenten el acceso a la formación y al empleo. Medidas de formación y empleo para jóvenes/adolescentes en riesgo social.

El trabajo del educador de medio abierto al respecto.

60. El Educador de medio abierto en los procesos de prevención, reinserción y atención social en drogodependencias, en el marco de los Servicios Sociales Municipales.


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