Educación
Resolución de 13 de agosto de 2013, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2013-2014, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.
BOE 198/2013 (del 19/08/2013)
BOE núm. 198, de 19 de agosto de 2013
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2013-9041
Resolución de 13 de agosto de 2013, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2013-2014, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.
TEXTO
El Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, estableció un nuevo régimen de las becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, modificando el anteriormente vigente de gestión centralizada y regulando, con carácter básico, los parámetros precisos para asegurar la igualdad en el acceso a las citadas becas y ayudas al estudio sin detrimento de las competencias normativas y de ejecución de las comunidades autónomas.
Por su parte, el Real Decreto 609/2013, de 2 de agosto, ha establecido los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, que serán de aplicación en el curso 2013-2014, al tiempo que ha modificado parcialmente el Real Decreto 1721/2007 para establecer una nueva fórmula de asignación de las becas que considera de forma proporcional la renta familiar y el rendimiento de los estudiantes, pero que contempla especialmente la situación económica desfavorable de aquellas familias que se encuentran por debajo del umbral 1 de renta familiar, así como las necesidades de residencia fuera del domicilio familiar.
Por otra parte, el pasado curso 2012-2013 se introdujeron algunas novedades dirigidas a fomentar la mejora del rendimiento académico de los estudiantes y se anunciaron otras para el actual curso 2013-2014. En efecto, si bien es indudable que las becas constituyen uno de los instrumentos que contribuyen de forma más eficaz a hacer posible el principio de igualdad de oportunidades y reflejan el firme compromiso del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte con la dimensión social de la educación, no puede olvidarse que los programas de becas también mejoran la eficiencia educativa.
Es propósito decidido del Gobierno seguir avanzando por esta vía de búsqueda del esfuerzo académico y la responsabilidad, reforzando así la auténtica equidad básica que es la igualdad de oportunidades y consiguiendo que la educación contribuya a la promoción social, garantizando, al mismo tiempo, la mejor eficiencia de los importantes recursos públicos destinados a la política de becas y ayudas al estudio, que para el curso 2013-2014 se han cuantificado en 1.417,54 millones de euros de los cuales se estima que 1.314,72 se invertirán en esta convocatoria general y el resto en la convocatoria de ayudas para alumnos con necesidades educativas especiales y en la compensación a las universidades públicas de las bonificaciones en los precios públicos por servicios académicos de los estudiantes pertenecientes a familias numerosas de tres hijos.
Así, pues, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte convoca a través de esta resolución, para el curso académico 2013-2014, las becas para estudiantes de enseñanzas postobligatorias, tanto universitarios como no universitarios dando, así, continuidad a la política de becas que se viene desarrollando en los últimos años y manteniendo los esfuerzos financieros pese al estricto marco de austeridad presupuestaria.
Por lo demás, en esta resolución se prevé la posibilidad de celebrar convenios de colaboración con las comunidades autónomas a fin de que éstas puedan realizar las funciones de tramitación, pago, inspección, verificación, control y, en su caso, resolución de los recursos correspondientes a las becas convocadas, en tanto se procede a la aprobación de los correspondientes reales decretos de traspasos de las funciones, medios y servicios necesarios para asumir el ejercicio efectivo de estas competencias.
Por todo ello, de conformidad con la disposición adicional novena de la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de Reforma para el Impulso de la Productividad, los Reales Decretos anteriormente citados y la Orden ECI/1815/2005, de 6 de junio, (Boletín Oficial del Estado de 15 de junio) por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas y ayudas al estudio por el Ministerio de Educación y Ciencia, he resuelto:
resolucion_13_agosto_2013_becas