Subvenciones, Becas y Ayudas
Igualdad
2023. Becas madres estudiantes 2023-2024
BOP 232/2023 (del 07/12/2023)
Plazo de Presentación de solicitudes
Las interesadas en obtener esta beca deberán presentar la solicitud en el plazo de 15 días naturales, desde el 8 al 22 de diciembre de 2023, ambos inclusive., conforme al modelo de solicitud normalizado debidamente cumplimentada y firmada por la solicitante y, en caso de ser menor de edad, por la persona representante. Resumen
Las “Becas para Madres Estudiantes” tienen por objeto la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, con la finalidad de apoyar a las madres estudiantes de la ciudad de Granada para compatibilizar el cuidado de sus hijos e hijas y la incorporación o continuidad de sus estudios
BOP nº 232, Granada, jueves 7 de diciembre de 2023
Igualdad
Las “Becas para Madres Estudiantes” tienen por objeto la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, con la finalidad de apoyar a las madres estudiantes de la ciudad de Granada para compatibilizar el cuidado de sus hijos e hijas y la incorporación o continuidad de sus estudios.
La presente convocatoria 2023 cuenta con dos importantes novedades respecto a las solicitantes:
1.- No se establece límite en la edad de las madres solicitantes
2.- Deben ser madres de un hijo/a menor de 10 años a fecha de 31 de diciembre 2023
Becas para madres estudiantes curso 2023-2024
Las interesadas en obtener esta beca deberán presentar la solicitud en el plazo de 15 días naturales,
desde el 8 al 22 de diciembre de 2023, ambos inclusive.
, conforme al modelo de solicitud normalizado debidamente cumplimentada y firmada por la solicitante y, en caso de ser menor de edad, por la persona representante.
Puede acceder al contenido completo de la convocatoria, extracto y acuerdo de la Junta de Gobierno local a través del siguiente enlace:
Convocatoria de becas madres jóvenes estudiantes
a) Ser madre de un hijo/a menor de 10 años a fecha de 31 de diciembre del año de la convocatoria.
b) Estar empadronada en el municipio de Granada con una antelación previa de seis meses.
Respecto a la fecha de finalización del plazo de solicitud.
c) Cursar estudios en cualquiera de las siguientes modalidades:
- Formación reglada de bachillerato, formación profesional, estudios universitarios o escuela oficial de idiomas, siempre que sea impartida por centros públicos o privados con reconocimiento oficial, incluyendo la formación presencial, semipresencial, on line o a distancia.
- Formación no reglada reconocida y homologada por una administración pública. Esta deberá ser presencial, acreditando asistencia y aprovechamiento, con una duración de al menos 250 horas o equivalencia en créditos ECTS.
Los requisitos señalados en el apartado 1 deberán mantenerse durante todo el periodo que abarque la formación o el curso académico, excepto el apartado a) en relación a la edad.
La comisión de valoración estará compuesta por: Concejala Delegada de Educación, Empleo e Igualdad (Presidencia), -Jefatura del Servicio de Igualdad, Representante del Consejo Municipal de la Mujer y 1 Agente para la Igualdad, que realizará las funciones de secretaría y verificará que las solicitudes cumplen los requisitos exigidos.
Esta Comisión de Valoración formulará propuesta motivada de resolución basándose en los siguientes criterios:
Las solicitudes serán valoradas sobre una puntuación máxima de 25 puntos, distribuidos conforme a los siguientes criterios:
CRITERIOS FAMILIARES (Máximo 20 puntos)
1. Edad de la solicitante (hasta 5 puntos)
- De 18 a 25 años: 5 puntos
- De 25 a 30 años: 4 puntos
- De 30 a 35 años: 2 puntos
- De 35 años o más: 0 puntos
2. Nº de miembros menores de edad en la unidad familiar de convivencia (hasta 5 puntos)
- 1 miembro: 2 puntos
- 2 miembros: 4 puntos
- 3 miembros o más: 5 puntos
3. Existencia de miembros con discapacidad (igual o superior al 33%) en la unidad familiar de convivencia a cargo de la solicitante (2 puntos)
4. Contar la solicitante con el reconocimiento de persona cuidadora no profesional de persona/s en situación de dependencia (2 puntos).
5. Unidad familiar monoparental (convivencia sólo de la madre con sus hijos/as) (5 puntos)
6. Acreditación de la condición de víctima de violencia de género (1 punto)
CRITERIOS ECONÓMICOS (Máximo 5 puntos)
Renta anual de la unidad familiar referida a 2022 (hasta 5 puntos)
- Renta anual no superior a 18.000 euros : 5 puntos
- Renta anual entre 18.001euros y 24.000: 2 puntos
- Renta anual entre 24.001 euros y 30.000 euros: 1 punto
La concesión se realizará mediante la comparación de las solicitudes presentadas, estableciendo una prelación de acuerdo con los criterios de valoración fijados. Las becas se adjudicarán en función de la puntuación obtenida en el proceso de baremación entre aquellas solicitantes que cumplan los requisitos establecidos, y con el límite fijado en la convocatoria dentro del crédito disponible. El número de Becas concedido nunca podrá superar la dotación presupuestaria establecida previamente.
Estos criterios serán de aplicación cuando el número de solicitudes de becas aprobadas a trámite supere la asignación presupuestaria en la convocatoria respectiva. En caso de empate, se dilucidará mediante la selección de las solicitantes que obtengan mayor puntuación, aplicando uno a uno, en el mismo orden y con carácter excluyente, los criterios recogidos en el apartado 1. De persistir el empate se atenderá a la menor renta familiar.