Las Oficinas de Registro del Ayuntamiento de Granada podrán recoger escritos dirigidos a cualquier órgano administrativo ya sea de la Administración General del Estado, de la Administración Autonómica o de la Administración Local, previa identificación del organismo oficial correspondiente, así como el domicilio del mismo.
El Ayuntamiento de Granada pone también a disposición de los ciudadanos su registro electrónico, que permite igualmente la presentación a través de Internet de solicitudes, escritos y comunicaciones.
Lugar de Presentación:
Horario de atención al público:
Oficinas de Información y Registro. Oficinas desconcentradas de las Juntas Municipales de Distrito
Servicio de Atención a la ciudadanía: A través del número de teléfono 010 (para llamadas realizadas desde fuera del municipio: 958 539 697). Este servicio funciona ininterrumpidamente de 8:30 a 20:30 horas, de lunes a domingo.
Normativa:
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La sede electrónica es la dirección electrónica disponible para la ciudadanía cuya titularidad, gestión y administración corresponden al Ayuntamiento de Granada en el ejercicio de sus competencias. A través de la sede la ciudadanía accederá a la información y a los servicios y trámites electrónicos de la Administración del Ayuntamiento de Granada.
La sede electrónica funcionará todos los días del año durante las veinticuatro horas, y para hacer uso de los servicios que en ella se ofrecen será necesario disponer del Certificado Digital de la FNMT
La Sede Electrónica del Ayuntamiento de Granada ha sido creada por la Ordenanza Municipal Reguladora de la Administración Electrónica, de 29 de diciembre de 2009
Normativa:
- Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Público
- Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones
- Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica
- Ordenanza Municipal Reguladora de la Administración Electrónica, de 29 de diciembre de 2009.
Documentación necesaria (Presentar original y copia):
Legislación aplicable:
Documentación necesaria
Legislación aplicable: