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Residencias para personas mayores
Descripción de la idea
Se trata de la habilitación de un centro de alojamiento y de convivencia concertado con la administración pública, que tiene una función sustitutiva del hogar familiar, ya sea de forma temporal o permanente, donde se presta a la persona mayor una atención integral.
Ubicación
La ubicación de la residencia es uno de los factores determinantes en la evolución del negocio. Conviene realizar un estudio de mercado antes de ponerse a la búsqueda del lugar donde instalará el centro: población de personas mayores, oferta de plazas tanto públicas como privadas, coste del alquiler o de la compra de un terreno, etc. Siempre que sea posible, es interesante dar con un enclave en el barrio o en zonas próximas al lugar de residencia de los futuros clientes.
Todas cuentan con las siguientes áreas e instalaciones:
- Zona residencial: dormitorios individuales y dobles, baño geriátrico, pulsadores de llamada.
- Zona de servicios generales: sala de visitas, teléfono público, zonas verdes, comedor, unidades diferenciadas de enfermería.
- Zona de atención especializada: sala de usos múltiples para rehabilitación, gimnasia, terapia ocupacional.
Producción y aprovisionamiento
Además del alojamiento y la manutención los servicios a prestar serán:
- Atención a la salud, mediante una actuación programada que incluye la valoración individualizada y la evaluación y seguimiento en cada caso.
- Estimulación de las capacidades bio-psico-sociales, conforme a las pautas establecidas en la programación individualizada (rehabilitación y estimulación física, cognitiva, relacional…).
- Ayuda en el desarrollo de las actividades de la vida diaria (aseo personal, ayuda en la alimentación, movilidad, y la realización de todas aquellas actividades que no puedan realizarse por sí mismos).
Hay que tener en cuenta que para sacar rentabilidad a la inversión tendrá que contar con un mínimo de 30 plazas.
Una vez puesta en marcha la actividad, el incremento de los gastos fijos por los servicios prestados a unos 30 residentes es insignificante. Si consigue cubrir estas plazas, dependiendo de la inversión realizada, comenzará a ver beneficios entre 2 y 4 años después de la puesta en marcha de la residencia. Los precios medios de las residencias españolas rondan entre 900 y 1.100 euros por residente en habitación doble.
La disponibilidad media es de 40 camas por residencia.
Mercado y clientes
El incremento paulatino de población mayor, unido a la necesidad generalizada de plazas residenciales, hace del sector de las residencias uno de los más atractivos para iniciar una actividad empresarial, con incrementos sostenidos del sector del 10 por ciento en los últimos años y perspectivas de mantener ese ritmo durante bastante tiempo, ya que el frenético ritmo de vida actual no concede margen para prestar a los ancianos los cuidados que necesitan.
Las estadísticas revelan que el volumen de plazas ofertadas por los centros existentes no es suficiente para atender de forma adecuada a la tercera edad. Mientras que en la mayor parte de los países europeos el número de camas está entre 5 y 6 por cada 100 habitantes, en España la tasa es de 2,5. Por
tanto, nuestro país necesita incrementar entre un 40 y un 50 por ciento el número de plazas para ponerse a la altura de la UE y poder cubrir las necesidades de este segmento de la población.
Las listas de espera para ingresar en una residencia pública son interminables y tan sólo a unos pocos se les concede el privilegio de disfrutar de una plaza. Si el presupuesto familiar lo permite, la alternativa es recurrir a un centro privado.
Además hay que considerar que las residencias se están especializando en la atención a personas asistidas, es decir, que necesitan de cuidados especiales, ya que en el caso de personas válidas tanto ellas mismas como la administración prefieren alargar al máximo su estancia en el domicilio mediante programas de ayuda a domicilio.
Comercialización y venta
La comercialización de una residencia se debe abordar en 2 direcciones:
- Mercado público: la obtención de plazas concertadas deberá conseguirse a través de las convocatorias que al efecto vaya efectuando la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía. Para ello será necesario cuidar al máximo la calidad de las infraestructuras y servicios ofrecidos y estar permanentemente al día en cuanto a normativa y convocatorias.
- Mercado privado: aquí la oferta será directa a particulares o a sus familiares, generalmente de clase alta ó media-alta. Para la captación de clientes habrá que poner especial empeño en prestar un servicio inmejorable.
Los usuarios deben sentirse como en su propia casa, lo que depende en buena medida de la cualificación del personal que se contrate.
Recursos humanos
Para montar y poner en marcha una residencia es fundamental que la persona emprendedora haya tenido algún contacto profesional con la atención asistencial o con el ámbito sanitario.
Un buen complemento a esta experiencia puede ser uno de los master especializados en este campo que imparten diversas universidades españolas para perfeccionar conocimientos y aprender lo necesario para una gestión óptima del centro.
Necesitará un equipo de auxiliares de clínica preferentemente especializados en geriatría, DUE y Medicina, (cuyo número dependerá, de acuerdo con la normativa, del número de plazas) así como personal de limpieza, mantenimiento y atención a los servicios de la cocina. No obstante, buena parte de estos servicios puede ser subcontratada.
Posibles innovaciones
Además de los servicios fundamentales, puede ofrecer a sus clientes otras prestaciones como terapia ocupacional, fisioterapia, animación, asistencia social y peluquería, para lo que tendrá que incrementar la plantilla de personal especializado o llegar a acuerdos con personal de apoyo.
Otra fórmula para sacar mayor partido a la inversión es ofrecer servicios externos a la residencia, como ayuda a domicilio y tele asistencia o aprovechar las instalaciones como centro de día.
Incorporación de las nuevas tecnologías
Procesos informatizados integrados de gestión administrativa, comercial y de clientes (expedientes médicos y de seguimiento), para los que existe software específico.
También se puede crear una página web para reforzar la comercialización en el mercado privado.
Reglamentación
La Orden de 30 de agosto de 1996, modificada por las órdenes 17 de octubre de 1996 y de 5 de abril de 2000, regula la concertación de plazas con centros de atención especializada para el sector de Personas Mayores, entre el Instituto Andaluz de Servicios Sociales y las Entidades Públicas o Privadas titulares de los centros y servicios.
Para la concertación de plazas, los Centros tienen que cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 87/1996, de 20 de febrero, por el que se regula la autorización, registro y acreditación de los Servicios Sociales de Andalucía.
Otra normativa de interés:
- Ley 2/1988, de 4 de abril, de Servicios Sociales de Andalucía. (BOE 154/1988 de 28-06-1988, pág. 20135)(BOJA 29/1988 de 12-04-1988).
- Ley 6/1999, de 7 de julio, de Atención y Protección a las Personas Mayores (BOE 233/1999 de 29-09-1999, pág. 34670) (BOJA 87/1999 de 29-07-1999).
- ORDEN de 29 de febrero de 1996, por la que se regulan los requisitos materiales y funcionales de los Servicios y Centros de Servicios Sociales de Andalucía, en desarrollo del Decreto 87/1986.
- Normativa Atención domiciliaria 1996 (http://www.inforesidencias.com/reglamentacion/AndaluciaOrdenSAD1996.PDF)
- RESOLUCION de 10 de febrero de 2003, del Instituto Andaluz de Servicios Sociales, por la que se actualiza el coste de plazas concertadas para los sectores de personas mayores:
Pág 1 (http://www.inforesidencias.com/reglamentacion/Andaluciaprecio2003a.pdf)
Pág 2 (http://www.inforesidencias.com/reglamentacion/Andaluciaprecio2003b.pdf)
Convenio colectivo laboral de residencias privadas de personas mayores y del servicio de ayuda a domicilio 2003-2005 (http://www.inforesidencias.com/docs/convenioIII.PDF)
Normas UNE sobre Gestión de servicios en las residencias de mayores (http://www.inforesidencias.com/#une)
ACUERDO de 24 de junio de 2003, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan General de Inspección de las Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales (http://www.ssm.ayuncordoba.es/pdf/030711.pdf) de la Comunidad Autónoma de Andalucía para los años 2003-2004.
Conviene también suscribir un seguro de responsabilidad civil que le respalde ante cualquier percance que pudiera sufrir el paciente.
Inversión
Una vez que se ha elegido la zona para desarrollar la actividad, puede alquilar un edificio y acondicionarlo como residencia o instalarse con un centro de nueva construcción.
Independientemente de la fórmula que escoja, tendrá que disponer de una superficie mínima de unos 700 m2 para prestar sus servicios a unas 30 personas. Si prefiere el alquiler, tenga en cuenta que puede encontrar dificultades para dar con el espacio que se ajuste a los requisitos arquitectónicos impuestos por la legislación. Por ejemplo: el espacio dedicado en el dormitorio tiene que contar con un mínimo de 5,5 m2 por persona; si el cliente necesita asistencia, las dimensiones mínimas son de 7,5 m2.
Si logra dar con el edificio ideal, además del alquiler tendrá que invertir alrededor de 6.000 euros por plaza para acondicionar y equipar la residencia tal y como establece la normativa.
A modo de referencia, calcule que necesitará alrededor de 180.000 euros para acondicionar un centro para 30 personas.
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