Consejos municipales
Consejo municipal de accesibilidad y personas con discapacidad
El Consejo Municipal de Personas con Discapacidad es el órgano máximo de participación democrática de las entidades y asociaciones dedicadas a la atención de personas con discapacidad en el ámbito del Municipio de Granada.
Finalidad
El Consejo Municipal de Personas con Discapacidad tendrá como fines la atención y promoción del bienestar de las personas con discapacidad, para lo que ejercerá las siguientes funciones:
a) Promover la participación de las personas con discapacidad en los asuntos municipales, en especial aquellos que le afecten directamente.
b) Proponer al Ayuntamiento estudios, programas y actuaciones para las personas con discapacidad que tengan por objeto su integración y participación en la sociedad, evitando su marginación.
c) Fomentar el asociacionismo entre las personas con discapacidad, estimulando la creación y desarrollo de asociaciones, a fin de que emprendan la solución de sus problemas.
d) Facilitar la colaboración entre las asociaciones y entidades que lo integren.
e) Dar a conocer a las instituciones y particulares la problemática de las personas con discapacidad, promoviendo soluciones al respecto.
f) Hacer de interlocutor entre el Ayuntamiento y las organizaciones de personas con discapacidad en todo lo que les afecta.
g) Impulsar y apoyar el desarrollo de iniciativas con otros colectivos de la población.
h) Contribuir a la difusión de los valores democráticos en nuestra sociedad.
i) Emitir dictamen previo para inscripción de asociaciones y entidades relacionadas con las personas con discapacidad en el Registro Municipal de Asociaciones.
Requisitos para ser miembro
1.- Podrán ser miembros del Consejo Municipal de Personas con Discapacidad:
a) Las asociaciones o entidades de personas con discapacidad reconocidas legalmente.
b) Las Secciones de Personas con Discapacidad de las demás asociaciones, siempre que tengan reconocida estatutariamente autonomía funcional, organización y gobierno propio para los asuntos específicos del colectivo de personas con discapacidad.
c) Las federaciones de asociaciones de vecinos del municipio.
d) Las federaciones o confederaciones relacionadas con las personas con discapacidad compuestas por un mínimo de tres miembros, implantadas en el municipio.
2.- La incorporación al Consejo de una federación y/o confederación, excluye la de sus miembros por separado.
Miembros del Consejo
El Consejo Municipal de Personas con Discapacidad contará con los siguientes órganos de gobierno:
La Asamblea General
La Comisión Ejecutiva
El Presidente
El Vicepresidente
Asociaciones que componen el Consejo
Miembros de la Comisión Ejecutiva
Presidencia: La persona titular de la Alcaldía ostenta el cargo de Presidente Nato de todos los Consejos Sectoriales. Nombra a Doña Amparo Arrabal Martín, Concejala Delegada de Política Social, Familia, Discapacidad y Mayores.
Vicepresidencia : María Matilla Nieto de la Asociación GRANADOWN.
Vocalías:
Mª Angustias Díaz Martínez de la Asociación PARKINSON.
Cristóbal Rodríguez Segura de la Asociación ASPACE.
Carmen Doña Varela de la Asociación LUNA.
Fermín Navarro de ONCE.
Reglamento de los Consejos Municipales (BOP nº 141, Granada, lunes, 31 de agosto de 2020)
Reglamento de los Consejos Municipales Sectoriales del Área de Derechos Sociales, Familia, Infancia, Igualdad y Accesibilidad del Ayuntamiento de Granada
Puede consultar el contenido completo a través del siguiente enlace:
Reglamento de los Consejos Municipales Sectoriales
Enlace a la guía:
Cómo hablar de diversidad. Propuesta para el uso correcto del lenguaje sobre la discapacidad
Correo electrónico:
accesibilidad@granada.org