Beneficiarios: Las entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas y registradas, en su caso, en el registro correspondiente, según el ámbito autonómico o nacional de la entidad, que estén inscritas en el Registro Municipal de Entidades ciudadanas del Ayuntamiento de Granada y que tengan entre sus fines estatutarios el desarrollo de programas/proyectos y/o actividades directamente relacionadas con el objeto de la subvención. Las entidades beneficiarias deben tener entre los fines recogidos en sus Estatutos, la atención a colectivos en situación de vulnerabilidad o de exclusión: infancia y adolescencia, personas mayores, personas con discapacidad, personas sin hogar, personas pertenecientes a minorías étnicas, inmigrantes, personas que ejercen la prostitución, mujeres víctimas de violencia de género, personas que tienen o han tenido un problema de adicción, personas con enfermedades crónicas, de larga duración o similares, otros colectivos en situación de necesidad social.
Finalidad: Contribuir al sostenimiento del funcionamiento y la actividad ordinaria desarrollada en el ámbito de la acción social por las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que actúan en la ciudad de Granada mediante la financiación de gastos generales de funcionamiento para el cumplimiento de sus objetivos.
Actualizado: 22/12/2020