Conservación de Edificios
Año 2017. Plazo voluntario IEE cada 10 años
Subdirección de Arquitectura
Servicio de Conservación de Edificios
Plazo Voluntario para la presentación del Informe de Evaluación del Edificio (IEE).
El Real Decreto Legislativo 7/2015 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, establece la obligación de realizar un Informe de evaluación periódico de los edificios con el objeto de acreditar la situación en que se encuentran en relación con el estado de conservación de los mismos y sobre accesibilidad universal, así como, en los edificios de tipología residencial de vivienda colectiva, sobre el grado de eficiencia energética de los mismos, determinando, en su caso, las deficiencias en el estado de conservación que deben ser subsanadas o la susceptibilidad de realizar ajustes razonables en materia de accesibilidad, estableciendo dicha obligatoriedad para las construcciones con una antigüedad superior a 50 años y con una periodicidad mínima cada 10 años.
En base a las disposiciones de esta imposición legal, la Ordenanza Reguladora del Deber de Conservación de Edificios de Granada obliga a
TODOS los propietarios de construcciones y edificios que superen la antigüedad de 50 años y
con una periodicidad de 10 años, a acreditar el estado de conservación, accesibilidad y eficiencia energética mediante el
Informe de Evaluación del Edificio (IEE).
Al haber transcurridos 10 años desde el anterior Informe de Inspección periódica presentado, los edificios relacionados en la tabla adjunta deberán presentar dicho IEE, siendo la fecha máxima de presentación el
31 de diciembre de 2017.
Puede consultar el listado a través del siguiente documento pdf: