Moción:
Moción del Grupo Municipal Unidas Podemos por Granada para una correcta regulación de los VTC en Andalucía.
Se anuncia por la Presidencia, que la siguiente moción que figura en el orden del día relativa a una correcta regulación de los VTC en Andalucía, y que pertenece al Grupo Municipal Unidas Podemos por Granada, ha sido suscrita también por el Grupo Municipal Socialista, pasando a ser Moción conjunta de ambos Grupos Municipales.
Para presentar la moción, que se reproduce de forma íntegra a continuación, pasa a intervenir el Sr. Portavoz del Grupo Municipal Unidas Podemos por Granada, D. Antonio Cambril Busto:
“El apartado primero de la Disposición transitoria única (Autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor existentes a la entrada en vigor de este real decreto-ley o cuyas solicitudes estuvieran pendientes de resolverse) del Real Decreto-Ley 13/2018, de 28 de septiembre, por el que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de arrendamiento de vehículos con conductor, contempla un periodo transitorio o moratoria de cuatro años para la modificación del ámbito territorial de las autorizaciones VTC. Pasado ese periodo transitorio, esas autorizaciones solo podrán realizar trayectos interurbanos.
Las distintas asociaciones representativas del sector del Taxi han venido reclamando insistentemente a las administraciones autonómicas y locales la necesidad de que la actividad de arrendamiento de vehículos con conductor (VTC) estuviera regulada en nuestra comunidad autónoma durante el periodo transitorio previsto en el Real Decreto-ley 13/2018, ya que esa falta de regulación autonómica generaba un vacío normativo que ha permitido a las empresas titulares de esas autorizaciones trabajar en nuestra comunidad autónoma practicando el intrusismo en la actividad del taxi así como una competencia desleal. Pero durante estos cuatro años el Gobierno de la Junta de Andalucía ha hecho caso omiso de esta petición.
Para avanzar en una correcta regulación, que no vaya en detrimento del sector del Taxi, las distintas asociaciones han formulado una serie de propuestas que deben ser atendidas por el conjunto de las administraciones públicas, atendiendo a sus correspondientes competencias.
Tal y como ha fallado el Tribunal Supremo, el servicio de auto taxi debe ser considerado de ‘interés general, lo que justifica medidas regulatorias respecto a servicios análogos en el mismo segmento de mercado’. Por ello, la normativa autonómica sectorial así como todas las normativas locales sobre la regulación de los VTC deben declarar expresamente el carácter de ‘servicio público de interés general’ del servicio de autotaxi. Y ello con carácter exclusivo en el ámbito del transporte discrecional de viajeros en automóviles turismo.
A su vez, los taxistas reclaman con razón que se exija a los VTC una autorización previa por parte de los ayuntamientos para poder operar en los municipios. Como es sabido, el taxi debe contar con una licencia que habilite para poder ofrecer sus servicios en el ámbito urbano, tal y como lo dispone el reglamente andaluz para el transporte de viajeros en vehículos de turismo y la Ordenanza reguladora del servicio de transporte público de viajeros y viajeras en automóviles de turismo auto-taxi en el municipio de Granada. Para que el taxi pueda prestar servicios en el ámbito interurbano es necesario una autorización diferente otorgada por la Junta de Andalucía. Por el contrario, las autorizaciones VTC disponen de una licencia que les habilita para prestar servicios interurbanos, entre comunidades autónomas, de acuerdo a lo que dispone tanto la LOOT como la ROOT. No tiene sentido y resulta contraproducente con la organización competencial del territorio español en materia de transportes, que una autorización otorgada por el ministerio a nivel estatal, pueda prestar servicio en el ámbito urbano.
En este sentido, El artículo 92 (Competencias propias de los municipios) del Estatuto de Autonomía de Andalucía establece en su apartado 2.f) que: ‘Los Ayuntamientos tienen competencias propias sobre las siguientes materias, en los términos que determinen las leyes: f) Ordenación de la movilidad y accesibilidad de personas y vehículos en las vías urbanas.’ De igual forma, el apartado primero del artículo 4 de la Ley 2/2003, de 12 de mayo, de transportes urbanos y metropolitanos de viajeros en Andalucía, establece que : ‘Los municipios son competentes, con carácter general, para la planificación, ordenación, gestión, inspección y sanción de los servicios urbanos de transporte público de viajeros que se lleven a cabo íntegramente dentro de sus respectivos términos municipales, sin perjuicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de acuerdo con lo previsto en la presente Ley.’
Además las asociaciones de personas consumidoras, han pedido entre otras cosas, una mejor regulación que proteja los derechos de las usuarias del servicio, así como la posibilidad de que los Ayuntamientos puedan establecer precios máximos de trayectos.
Sin embargo el Decreto-ley 8/2022, de 27 de septiembre, por el que se modifica la Ley 2/2003, de 12 de mayo, de Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía, no aborda muchas de estas cuestiones, o directamente regula en sentido contrario, un Decreto Ley que presume de un proceso de escucha, pero que casualmente regula en el sentido que solicitaban las empresas de VTC, únicas que han saludado el texto.
Es por ello que resulta sensato, que el la Excelentísima Sra. Consejera María Francisca Carazo, recapitule y proponga una modificación al Decreto Ley 8/2022 que de una respuesta a las peticiones de todas las partes, incluyendo a los Ayuntamientos que han visto como la Junta de Andalucía, delega competencias propias, sin negociar con los mismos, y que suponen una carga más para la administración local. Por todo lo anterior se propone al Pleno Municipal la adopción de los siguientes ACUERDOS:
1. El Ayuntamiento de Granada manifiesta su apoyo al sector del taxi y declara de forma expresa al servicio de auto taxi como un servicio público de interés general.
2. El Ayuntamiento de Granada considera negativo el contenido del Decreto Ley 8/2022, por ser un texto que no cuenta con el apoyo del sector del Taxi y de las asociaciones de consumidores.
3. El Ayuntamiento de Granada insta a la Junta de Andalucía a reformar el Decreto Ley 8/2022, contando con las aportaciones, de los Ayuntamientos, del sector del Taxi y de las asociaciones de consumidores, para que sea un texto normativo consensuado y que debería abordar entre otras, las siguientes cuestiones:
- Establecer un tiempo de amortización de licencias de VTC, para ir reduciendo el número y llegar al ratio de licencias de 1-30.
- Establecer un tiempo mínimo 15 minutos para la precontratación del servicio.
- Dar competencia a los Ayuntamientos y Consorcios competentes para establecer un precio máximo del servicio.
- Vincular las licencias de VTC a una provincia, donde realizarán el servicio.
- Otorgar las competencias a los ayuntamientos de capitales de provincia, para que estos realicen las pruebas de capacitación a los conductores de VTC que trabajarán en sus provincias.
4. El Ayuntamiento de Granada establecerá una campaña especial de vigilancia del servicio de VTC, ajustándose a lo establecido en el Decreto Ley 8/2022, haciendo especial seguimiento de la circulación por vías en búsqueda de clientes, captación de viajeros de forma irregular, distancias a las zonas de especial protección,...
5. Instar a la Junta de Andalucía a establecer un método propio de inspección de los vehículos VTC, que no cargue sobre los Ayuntamientos esta tarea.”
Constan en el expediente enmiendas al texto de la moción presentadas por el Grupo Municipal Popular que no son aceptadas por los Grupos Proponentes, por lo que no ha lugar a su tratamiento.
Durante el debate se producen las siguientes intervenciones:
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Concluido el debate se procede a la votación de la moción, obteniéndose el siguiente resultado:
- 15 votos a favor emitidos por los 10 Concejales/Concejalas del Grupo Municipal Socialista, Sres./Sras.: D. Francisco Cuenca Rodríguez, Dña. Ana María Muñoz Arquelladas, Dña. Raquel Ruz Peis, D. Miguel Ángel Fernández Madrid, D. Eduardo José Castillo Jiménez, Dña. María de Leyva Campaña, D. Francisco Herrera Triguero, Dña. Nuria Gutiérrez Medina, D. Luis Jacobo Calvo Ramos y Dña. Sandra Rodríguez Salas; los 3 Concejales/Concejalas del Grupo Municipal Unidas Podemos por Granada, Sres./Sras.: D. José Antonio Cambril Busto, Dña. Elisa María Cabrerizo Medina y D. Francisco Puentedura Anllo; y 2 Concejales no adscritos, Sres.: D. Luis Miguel Salvador García y D. José Antonio Huertas Alarcón.
- 8 votos en contra emitidos por los 6 Concejales/Concejalas del Grupo Municipal del Partido Popular, Sres./Sras.: D. Luis González Ruiz, Dña. Eva Martín Pérez, D. César Díaz Ruiz, Dña. Josefa Rubia Ascasibar, D. Francisco Fuentes Jódar y D. Carlos Ruiz Cosano; y 2 Concejales/Concejalas no adscritos/as, Sr./Sra.: D. Manuel Olivares Huertas y Dña. María Lucía Garrido Guardia.
- 4 abstenciones emitidas por las 3 Concejalas del Grupo Municipal VOX, Sras.: Dña. Beatriz Sánchez Agustino, Dña. Mónica del Carmen Rodríguez Gallego y Dña. Paloma Gómez Enríquez y un Concejal no adscrito, Sr. D. Sebastián Pérez Ortiz.
En consecuencia, el Excmo. Ayuntamiento Pleno acuerda por mayoría (15 votos a favor, 8 votos en contra y 4 abstenciones) aprobar la Moción Conjunta de los Grupos Municipales Unidas Podemos por Granada y Socialista para una correcta regulación de los VTC en Andalucía, cuyo texto ha sido reproducido de forma íntegra al comienzo del presente acuerdo.