Moción:
Se presenta a Pleno Moción del Grupo Municipal Popular relativa a inclusión de las competencias de las Entidades Locales en materia de Juventud y su financiación en el articulado de la Ley de Juventud de Andalucía, que expone su Concejal, D. Rafael Francisco Caracuel Cáliz, y que literalmente dice:
“Después de cuatro años de retraso ha llegado al Parlamento la Ley de Juventud de Andalucía, sin embargo el documento presentado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, no cumple con las grandes expectativas que se habían generado alrededor del mismo tras de cuatro años de tramitación.
Este es un hecho que ha advertido el propio Consejo Económico y Social, que considera que el proyecto de Ley apenas tiene carácter innovador, sino que se trata más bien, de un compendio de instrumentos normativos ya existentes para conformar un solo marco con rango de ley, y dotar así de unidad y homogeneidad a las distintas y diversas actuaciones que el Ejecutivo autonómico ya realiza, por lo tanto se trata de un Proyecto de Ley que carece de utilidad, más allá de conformar en un solo cuerpo legal todo lo que ya lleva a cabo la Junta de Andalucía referente a Juventud y que tan pocos resultados ha dado.
Desde este Grupo Municipal entendemos que la importancia de la materia que regula esta disposición, las Políticas de Juventud en la Comunidad Autónoma de Andalucía, requerían de un Proyecto de Ley ambicioso, realista y que sirviera para resolver los grandes problemas de los jóvenes andaluces, entre los que destacan el desempleo y la falta de posibilidades para el acceso a la vivienda, en una Comunidad Autónoma con los peores datos nacionales en esos aspectos.
Se trata de un Proyecto de Ley difuso y que no recoge medidas concretas para mejorar la vida de los jóvenes andaluces. Hay importantes cuestiones que no han sido incluidas en el Proyecto de Ley como son la regulación del marco competencial en materia de Juventud de las diferentes Administraciones Públicas, especialmente de las Entidades Locales que desarrollan un importante labor en los municipios andaluces. Ello supone una visión excesivamente centralista de las Políticas de Juventud de Andalucía, queriéndose atribuir todas las relaciones con la Juventud y olvidando las competencias de los municipios en diversas materias que afectan de manera transversal a las políticas de juventud, como son la promoción y la gestión de vivienda, los servicios sociales comunitarios, la promoción, defensa y protección del medio ambiente, la promoción de la cultura y del deporte, la promoción del uso de las T.I.Cs, el Transporte Colectivo Urbano o la participación ciudadana, entre otras. En esta ley no se contempla en modo alguno el marco de actuación de las restantes administraciones públicas. Además son las Entidades Locales Andaluzas las que soportan muchos de los Servicios y recursos para la Juventud como son la realización de actividades de ocio y tiempo libre, la promoción de la cultura, el apoyo a los jóvenes creadores, la difusión de campañas de prevención, mediación y concienciación, impulsando también el ocio preventivo y saludable, el complemento en oferta formativa y de idiomas, el fomento de la movilidad europea así como la emisión del Carné Joven Europeo, la apertura y mantenimiento de los Centros y Puntos de Información Juvenil en Andalucía, o la construcción y apertura de instalaciones juveniles como son las Casas de Juventud o centros culturales para jóvenes.
La Ley no garantiza un marco de financiación estable que garantice la dotación necesaria de recursos económicos, materiales, infraestructuras, ni equipos de trabajo que posibiliten a las entidades locales el desarrollo de las políticas. La propia memoria económica del anteproyecto de ley así lo reconoce al poner de manifiesto que su aprobación no va a suponer incremento de gastos, por tanto las entidades andaluzas seguirán sin un marco de financiación estable que compense los servicios y actividades en materia de juventud desarrollada por los Ayuntamientos.
La Ley de Juventud de Andalucía suprime el programa "Municipio Joven en Andalucía" que suponía un reconocimiento para los ayuntamientos y que facilitaba líneas de ayudas anuales para programas y actuaciones de juventud. Así mismo, sigue sin restablecer las ayudas a la creación de equipamientos y espacios públicos para la juventud que fueron suprimidas en XX. Pero esta omisión de las competencias municipales de juventud, va más allá en determinados aspectos, llegando incluso a colisionar con la autoorganización de la que se dotan las Entidades Locales en la Propia Ley de Autonomía Local de Andalucía, como es en el caso de excluir a las entidades locales en los Consejos Locales de la Juventud, no dando autonomía a los mismos, quedando excesivamente vinculados al ámbito autonómico, así mismo no existe suficiente implicación de las Entidades Locales en la elaboración de los planes.
La Ley tampoco garantiza con medios y medidas concretas la existencia de recursos de Juventud igualitarios en todos los municipios andaluces, por ello creemos necesario seguir apostando por la Juventud en el ámbito rural ateniendo a programas específicos, locales y comarcales, que permitan que todos los jóvenes tengan acceso a los mismos servicios y recursos de juventud con independencia a su lugar de residencia.
Por último, destacar que la Ley se olvida de los Ayuntamientos, Administración más cercana a los jóvenes, a pesar de que son los que están manteniendo el grueso de las políticas de Juventud en nuestra Comunidad Autónoma.
Por todo lo anteriormente expuesto el Grupo Municipal del Partido Popular propone la adopción de los siguientes Acuerdos:
-Instar al Parlamento de Andalucía y a la Junta de Andalucía a trabajar en un proyecto de Ley de Juventud que recoja lo siguiente:
• Reconocimiento expreso de las competencias desarrolladas por los Ayuntamiento Andaluces en materia de Juventud.
• Mayor participación de las Entidades Locales en la planificación autonómica de las políticas de Juventud y reconocimiento de la descentralización administrativa para impulsar políticas de Juventud a través de las Entidades Locales Andaluces, especialmente en materia de empleo joven y vivienda.
• Prestar servicios de información, prevención y mediación, formación, difusión cultural y apoyo creativo, así como el desarrollo de actividades de ocio y tiempo libre, de acuerdo con las necesidades del municipio.
• Facilitar la implicación de las entidades locales en los órganos de Participación Juvenil propio de su ámbito territorial.
• Garantizar mediante la Ley el apoyo técnico y económico suficiente para cumplir con las competencias que desarrollan los Ayuntamientos en materia de Juventud, así como aquellas acciones, programas y servicios competencia por las Entidades Locales y que son competencias de la Junta de Andalucía.”
Abierto el debate se producen las siguientes intervenciones:
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Tras el debate se somete la moción a votación obteniéndose el voto favorable de la unanimidad de miembros de la Corporación.
En consecuencia, el Ayuntamiento Pleno acuerda por unanimidad aprobar la Moción del Grupo Municipal Popular relativa a inclusión de las competencias de las Entidades Locales en materia de Juventud y su financiación en el articulado de la Ley de Juventud de Andalucía, cuyo texto ha sido reproducido literalmente al comienzo del presente acuerdo.