Comisión Ejecutiva Gerencia de Urbanismo y OO.MM.
Minuta: 27. sesion ordinaria celebrada por la comision ejecutiva de la gerencia de urbanismo y obras municipales el dia 19 de julio de dos mil cinco.
SESION ORDINARIA CELEBRADA POR LA COMISION EJECUTIVA DE LA GERENCIA DE URBANISMO Y OBRAS MUNICIPALES EL DIA
19 DE JULIO DE DOS MIL CINCO.
MINUTA Nº 27
En la ciudad de Granada siendo las 10 horas del día 19 de julio del año dos mil cinco, en la Sala de Juntas de la Gerencia Municipal de Urbanismo y Obras Municipales, sita en el EDIFICIO CULTURAL GRAN CAPITÁN “HERMANITAS DE LOS POBRES”, se reune la Comisión Ejecutiva de la Gerencia, en sesión ordinaria, bajo la Presidencia del Presidente de la Gerencia de Urbanismo, D. José Torres Hurtado, el Vicepresidente D. Luis Gerardo Garcia-Royo Muñoz y los vocales: D. Jose Antonio Balderas Madrid, D. Vicente Aguilera Lupiañez, y D. Juan Antonio Mérida Velasco.
Asisten a la presente sesión: Dª. Mercedes López Domech, Secretaria General del Ayuntamiento de Granada y D. Manuel Lorente Sanchez-Palencia, Gerente de Urbanismo y Obras Municipales.
Abierta la sesión por el Presidente se pasan a tratar los siguientes puntos del Orden del Día:1.- Lectura y aprobación de las Actas de la sesión ordinaria de la Comisión Ejecutiva celebrada el 12 de Julio de 2005.
OCUPACION VIA PUBLICA
2.- 1.380.-Autorización de terraza en plaza Aliatar nº 4, “Bar los Caracoles”. (Expte. 7413/05).
“Se examina el Expte. 7413/05 del Negociado de Gestión de Vía Pública relativo a la instalación de terrazas y estructuras auxiliares en Plaza Aliatar nº 4.
La Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales, por unanimidad de los presentes acuerda:
Retirar el expediente del orden del día para someterlo a una próxima Comisión, una vez se incluyan en el mismo nuevos informes.”
3.- 1.381.-Autorización de terraza en c/ Doctor Guirao Gea nº 1,” Restaurante Ramírez “. (Expte. 5837/05).
“En relación a la solicitud de (…), en calidad de titular del establecimiento de hostelería Restaurante RAMIREZ, con DNI/CIF nº (…) y domicilio a efectos de notificación en c/ Doctor Olóriz, nº 14, de licencia municipal de ocupación del dominio público para la instalación de terrazas y estructuras auxiliares, recabado y emitido favorablemente por el Arquitecto Técnico Municipal visado por el Ingeniero Municipal el pertinente informe técnico de fecha 31 de mayo de 2005, cuyo tenor literal previo a las prescripciones de autorización es el siguiente:
1.- Antecedentes.
Esta terraza fue informada favorablemente en 2004, de acuerdo con las especificaciones de la vigente Ordenanza Reguladora de la Ocupación de la Vía Pública con Terrazas y Estructuras Auxiliares, aprobada en 2003, y al no haberse producido ninguna variación con respecto a las circunstancias de partida, es por lo que procede autorizarla en términos similares a los del año anterior.
2.- Emplazamiento.
El establecimiento se encuentra haciendo esquina entre la C/ Doctor Guirao Gea y la Avenida Doctor Olóriz. Justo en el encuentro entre ambas calles hay un paso de peatones que debe quedar libre de ocupación, tal y como se recoge en la Ordenanza.
La acera de C/ Doctor Guirao Gea cuenta con una ancho de 4,40 m, de manera que atendiendo a lo dispuesto en el art. 34.b.1, se puede autorizar la instalación de la terraza frente a la fachada, ocupando un banda de 2 m de ancho por los 6 m de longitud de fachada.
De acuerdo con esto, se puede autorizar la instalación de tres (3) mesas, dejando un paso peatonal desde la terraza a la fachada de 2,40 m.
La presencia del paso de peatones, el estrechamiento de la acera y una importante afluencia de tráfico de vehículos y de peatones, a causa de la cercanía del Hospital Clínico, además de que el interesado no solicita ese emplazamiento, hacen recomendable mantener libre de terrazas el tramo de fachada de Avenida Doctor Olóriz
3.- Documentación aportada.
Justificante del abono de las tasas por ocupación del espacio público según expte. 415/2005.
Justificante de la comunicación previa a la Comunidad de propietarios de acuerdo con el art. 8.2 de la Ordenanza.
Por ello que de conformidad con la Ley 7/99 de 29 de septiembre de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales aprobados definitivamente el 23 de diciembre de 2003, así como con la Resolución de la Presidencia de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales de 27 de diciembre de 2004 ratificada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, la Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales por unanimidad de los presentes, acuerda:
PRIMERO.- AUTORIZAR la instalación de la terraza, condicionada a las siguientes prescripciones:
1º.- Condiciones específicas
Nombre del establecimiento.- Restaurante Ramírez.
Dirección.- C/ Doctor Guirao Gea nº 1.
Nº de mesas autorizadas.- Tres (3) mesas tipo.
Otros elementos autorizados.- Sombrillas.
Definición del emplazamiento.- Franja rectangular de 6 m de largo por 2 m de ancho, frente a la fachada del establecimiento en C/ Doctor Guirao Gea en la que se dispondrán las mesas en una única fila. Deberá dejar libre un paso entre la terraza y la fachada de 2,40 m. No podrá ocuparse con la terraza la zona de proyección del paso de peatones.
Período autorizado.- Temporada.
Horario.- El horario de funcionamiento será el más restrictivo de los aprobados por el Ayuntamiento, al estar en las proximidades de un hospital.
2º Condiciones generales
Deberá atenerse a la Ordenanza municipal reguladora de la Ocupación de Vía Pública con Terrazas, aprobada por el Pleno municipal del 25 de abril de 2003, publicada en el BOP del 3 de julio de 2003.
La autorización, o la tarjeta municipal con el resumen de la misma, deberá estar en lugar visible de la terraza y exibirse a la inspección municipal cuantas veces sea requerida.”
4.- 1.382.-Autorización de terraza en c/ Profesor Francisco Dalmau, “Café-Bar Nuevo Horizonte.”(Expte. 6282/05).
“En relación a la solicitud de (…), en calidad de titular del establecimiento de hostelería Café Bar NUEVO HORIZONTE, con DNI/CIF nº (…) y domicilio a efectos de notificación en c/ Profesor Francisco Dalmau, nº 37-38, de licencia municipal de ocupación del dominio público para la instalación de terrazas y estructuras auxiliares, recabado y emitido favorablemente por el Arquitecto Técnico Municipal visado por el Ingeniero Municipal el pertinente informe técnico de fecha 31 de mayo de 2005, cuyo tenor literal previo a las prescripciones de autorización es el siguiente:
1.- Antecedentes.
Esta terraza fue informada favorablemente en 2004, de acuerdo con las especificaciones de la vigente Ordenanza Reguladora de la Ocupación de la Vía Pública con Terrazas y Estructuras Auxiliares, aprobada en 2003, y al no haberse producido ninguna variación con respecto a las circunstancias de partida, es por lo que procede autorizarla en términos similares a los del año anterior.
2.- Emplazamiento.
El tramo de acera de C/ Profesor Francisco Dalmau frente al establecimiento cuenta con un ancho de 5,90 m, de manera que atendiendo a lo dispuesto en el art. 34.b.1, se puede autorizar la instalación de la terraza frente a la fachada, ocupando como máximo dos tercios del ancho.
De acuerdo con esto, se puede autorizar la instalación de las diez (10) mesas solicitadas, dejando un paso peatonal desde la terraza de 1,90 m.
3.- Documentación aportada.
Justificante del abono de las tasas por ocupación del espacio público según expte. 448/2005.
Justificante de la comunicación previa a la Comunidad de propietarios de acuerdo con el art. 8.2 de la Ordenanza.
Por ello que de conformidad con la Ley 7/99 de 29 de septiembre de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales aprobados definitivamente el 23 de diciembre de 2003, así como con la Resolución de la Presidencia de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales de 27 de diciembre de 2004 ratificada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, la Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales por unanimidad de los presentes, acuerda:
PRIMERO.- AUTORIZAR la instalación de la terraza, condicionada a las siguientes prescripciones:
1º.- Condiciones específicas
Nombre del establecimiento.- Café Bar Nuevo Horizonte.
Dirección.- C/ Profesor Francisco Dalmau.
Nº de mesas autorizadas.- Diez (10) mesas tipo, de acuerdo con la solicitud.
Otros elementos autorizados.- Sombrillas.
Definición del emplazamiento.- Franja rectangular de 10 m de largo por 4 m de ancho situada junto a los soportales, frente a la fachada del establecimiento en la que se dispondrán dos filas de cinco mesas cada una. Deberá dejar libre un paso peatonal entre la terraza y el bordillo de 1,90 m.
Período autorizado.- Temporada
Horario.- El horario de funcionamiento será el más restrictivo de los aprobados por el Ayuntamiento, al ser zona eminentemente residencial.
2º Condiciones generales
Deberá atenerse a la Ordenanza municipal reguladora de la Ocupación de Vía Pública con Terrazas, aprobada por el Pleno municipal del 25 de abril de 2003, publicada en el BOP del 3 de julio de 2003.
La autorización, o la tarjeta municipal con el resumen de la misma, deberá estar en lugar visible de la terraza y exhibirse a la inspección municipal cuantas veces sea requerida.”
5.- 1.383.-Autorización de terraza en Huete nº 12, “Bar Palmira”.(Expte. 5198/05).
“Se examina el Expte. 5198/05 del Negociado de Gestión de Vía Pública relativo a la instalación de terrazas y estructuras auxiliares en C/ Huete nº 12.
La Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales, por unanimidad de los presentes acuerda:
Retirar el expediente del orden del día para someterlo a una próxima Comisión, una vez se incluyan en el mismo nuevos informes.”
6.- 1.384.-Autorización de terraza en c/ Torre Pedro de Morales nº 6, “Taberna Ríos”.(Expte. 4258/05).
En relación a la solicitud de (…), en calidad de titular del establecimiento de hostelería Taberna RIOS, sito en c/ Torre de Pedro Morales, nº 6, con DNI/CIF nº (…) y domicilio a efectos de notificación en c/ Profesor Tierno Galván, Urb. Jardines del Violón, portal 5, 1º C de licencia municipal de ocupación del dominio público para la instalación de terrazas y estructuras auxiliares, recabado y emitido favorablemente por el Arquitecto Técnico Municipal visado por el Ingeniero Municipal el pertinente informe técnico de fecha 5 de abril de 2005, cuyo tenor literal previo a las prescripciones de autorización es el siguiente:
1.- Antecedentes.
Esta terraza fue informada favorablemente en 2004, de acuerdo con las especificaciones de la vigente Ordenanza Reguladora de la Ocupación de la Vía Pública con Terrazas y Estructuras Auxiliares, aprobada en 2003, y al no haberse producido ninguna variación con respecto a las circunstancias de partida, es por lo que procede autorizarla en términos similares a los del año anterior.
2.- Emplazamiento
Como la acera cuenta con un ancho inferior a los tres metros, la instalación deberá realizarse en la zona de aparcamiento en línea, sobre tarima, ocupando la longitud de fachada del establecimiento y parte de la del local nº 5, de la que se presenta autorización.
3.- Documentación aportada
Se aporta el justificante del abono de las tasas por ocupación del espacio público según expte. 257/05.
Comunicación previa a la Comunidad de Propietarios, de acuerdo con el art. 8.2 de la Ordenanza.
Se hace constar que el solicitante responde de la veracidad de la documentación aportada, pudiendo anularse la autorización en caso de no ser correcta.
Por ello que de conformidad con la Ley 7/99 de 29 de septiembre de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales aprobados definitivamente el 23 de diciembre de 2003, así como con la Resolución de la Presidencia de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales de 27 de diciembre de 2004 ratificada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, la Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales por unanimidad de los presentes, acuerda:
PRIMERO.- AUTORIZAR la instalación de la terraza, condicionada a las siguientes prescripciones:
1º.- Condiciones específicas
Nombre del establecimiento.- Taberna Ríos
Dirección.- C/ Torre Pedro de Morales nº 6.
Nº de mesas autorizadas.- Ocho (8) mesas tipo, de acuerdo con la solicitud.
Otros elementos autorizados.- Ninguno.
Definición del emplazamiento.- Frente a la fachada del establecimiento en C/ Torre Pedro de Morales, en la zona de aparcamiento en línea montada sobre tarima, ocupando 12 metros de largo por 2 m de ancho, medidos desde la esquina del establecimiento con la entrada al portal del edificio, y sin invadirlo.
Período autorizado.- Temporada.
Horario.- El horario de funcionamiento será el más restrictivo de los aprobados por el Ayuntamiento.
2º Condiciones generales
Deberá atenerse a la Ordenanza municipal reguladora de la Ocupación de Vía Pública con Terrazas, aprobada por el Pleno municipal del 25 de abril de 2003, publicada en el BOP del 3 de julio de 2003.
La autorización, o la tarjeta municipal con el resumen de la misma, deberá estar en lugar visible de la terraza y exhibirse a la inspección municipal cuantas veces sea requerida.”
7.- 1.385.-Autorización de terraza en c/ Salmón nº 4, “Bar Teruel”. (Expte. 5428
/05).
“En relación a la solicitud de (…), en calidad de titular del establecimiento de hostelería Bar TERUEL, con DNI/CIF nª(…)y domicilio a efectos de notificación en Avda. del Sur, nº 12, 1º E, de licencia municipal de ocupación del dominio público para la instalación de terrazas y estructuras auxiliares, recabado y emitido favorablemente por el Arquitecto Técnico Municipal visado por el Ingeniero Municipal el pertinente informe técnico de fecha 9 de junio de 2005, cuyo tenor literal previo a las prescripciones de autorización es el siguiente:
1. Antecedentes.
Esta terraza fue informada favorablemente en el 2004, de acuerdo con las especificaciones de la vigente Ordenanza Reguladora de la Ocupación de la Vía Pública con Terrazas y Estructuras Auxiliares, aprobada en 2003. No obstante, al haberse producido cambios en la estructura del establecimiento, se informa nuevamente, modificándose las condiciones de la autorización del año anterior.
2. La terraza está afectada por el Plan de Ordenación de Usos de Terrazas de Torres de la Chana.
3. La zona de Torres de la Chana está considerada como de capacidad limitada.
4. Emplazamiento.
El establecimiento cuenta ahora con dos fachadas, una a la C/ Salmón y otra a la C/ Raya, pudiendo montar terraza en ambas, ya que se dan las condiciones para ello.
En C/ Salmón, que es la ubicación original de la terraza, y donde se ha autorizado en años anteriores la instalación de la misma, se mantienen las mismas condiciones del año anterior, pudiendo instalar la terraza en la zona de aparcamiento en batería ocupando 3,60 m de ancho por 10 m de longitud, que es la máxima que establece la Ordenanza para terrazas en zonas de aparcamiento en batería, donde puede instalar diez (10) mesas tipo.
En C/ Raya, espacio que se solicita por primera vez, aunque la acera cuenta con ancho de 3 m, que permitiría la instalación de la terraza en la misma, se mantiene el criterio establecido para las terrazas de la zona, y se autoriza en la zona de aparcamiento en línea, pudiendo ocupar 2 m de ancho por los 7,80 m de la longitud de fachada, lo que permite la instalación de cinco (5) mesas.
5. Se aportan los justificantes de los abonos de las tasas por ocupación del espacio público según exptes. 369/2005 y 370/2005.
Por ello que de conformidad con la Ley 7/99 de 29 de septiembre de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales aprobados definitivamente el 23 de diciembre de 2003, así como con la Resolución de la Presidencia de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales de 27 de diciembre de 2004 ratificada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, la Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales por unanimidad de los presentes ,acuerda:
PRIMERO.- AUTORIZAR la instalación de la terraza, condicionada a las siguientes prescripciones:
1º.- Condiciones específicas
Nombre del establecimiento.- Bar Teruel.
Dirección.- C/ Salmón nº 4
Nº de mesas autorizadas.- Quince (15) mesas tipo, diez (10) en C/ Salmón y cinco (5) en c/ Raya
Otros elementos autorizados.- La estructura de toldo de C/ Salmón, de acuerdo con la licencia concedida en el año 2003, se puede autorizar con los siguientes requisitos:
Será desmontable y se retirará una vez caducado el permiso para ocupación con la terraza.
Ocupará el espacio correspondiente al aparcamiento existente frente al edificio con unas medidas aproximadas de 10 m de longitud por 3,50 m de ancho y una altura máxima de 3,20 m.
En C/ Raya, en caso de pretender la instalación de estructura de toldo, requerirá la presentación y tramitación del correspondiente proyecto.
Definición del emplazamiento de la terraza.- Se define gráficamente en el Plano del POUT de la zona Torres de la Chana, que se le podrá facilitar en el Negociado de Vía Pública, donde también podrá solicitar el replanteo in situ del espacio de la terraza.
En la C/ Salmón se instalará la terraza frente a la fachada del establecimiento, en la zona de aparcamiento, sobre tarima, ocupando como máximo las dimensiones autorizadas del toldo, es decir, 3,50 m de ancho por 10 m de longitud, sin que se pueda invadir la acera ni la calzada.
En C/ Raya también se instalará en la zona de aparcamiento en línea, sobre tarima, ocupando como máximo 2 m de ancho por los 7,80 m de longitud de la fachada, sin que se pueda invadir la acera, la calzada ni la zona del garaje colindante.
Periodo autorizado.- Temporada (Del 15 de marzo al 15 de octubre).
Horario.- El horario de funcionamiento será el más restrictivo de los que se aprueben para las terrazas, al ser zona eminentemente residencial.
Otras observaciones.- La mayoría de calles incluidas dentro del POUT Torres de la Chana carecen de la señalización horizontal que delimita los aparcamientos, aunque se realiza el estacionamiento de vehículos en todas ellas. Por ello, a efectos de delimitación de las terrazas, se considera que el aparcamiento en línea tiene un ancho de 2 m y el de batería de 5 m, de acuerdo con las especificaciones que se recogen en la Memoria del P.G.O.U. de Granada.
En aquellas calles que por sus dimensiones no se puedan emplear estas dimensiones, se indicará de forma especifica el ancho que podrá tener la terraza para compatibilizarlo con el tráfico rodado.
El acopio de las mesas y sillas autorizadas para esta terraza, habida cuenta que se encuentra en un espacio eminentemente peatonal, deberá hacerse de forma que no suponga ningún peligro para los niños y demás usuarios, por lo que, en el caso de esta terraza, el Ayuntamiento podrá dictar las normas complementarias que estime procedentes a este fin.
2º Condiciones generales
Deberá atenerse a la Ordenanza municipal reguladora de la Ocupación de Vía Pública con Terrazas, aprobada por el Pleno municipal del 25 de abril de 2003, publicada en el BOP del 3 de julio de 2003.
La autorización, o la tarjeta municipal con el resumen de la misma, deberá estar en lugar visible de la terraza y exhibirse a la inspección municipal cuantas veces sea requerida.”
8.- 1.386.-Autorización de terraza en Avenida Doctor Olóriz nº 14, “Café-Bar Plaza de Toros”. (Expte. 6751/05).
“En relación a la solicitud de (…), en calidad de titular del establecimiento de hostelería Café Bar PLAZA DE TOROS, con DNI/CIF nº (…) y domicilio a efectos de notificación en Avda Doctor Olóriz, nº 14, bajo, de licencia municipal de ocupación del dominio público para la instalación de terrazas y estructuras auxiliares, recabado y emitido favorablemente por el Arquitecto Técnico Municipal visado por el Ingeniero Municipal el pertinente informe técnico de fecha 9 de junio de 2005, cuyo tenor literal previo a las prescripciones de autorización es el siguiente:
1.- Antecedentes.
Esta terraza fue informada favorablemente en 2004, de acuerdo con las especificaciones de la vigente Ordenanza Reguladora de la Ocupación de la Vía Pública con Terrazas y Estructuras Auxiliares, aprobada en 2003, y al no haberse producido ninguna variación con respecto a las circunstancias de partida, es por lo que procede autorizarla en términos similares a los del año anterior.
2.- Emplazamiento
El tramo de acera de Avenida Doctor Olóriz frente al establecimiento, cuenta con un ancho de 3,95 m por lo que de acuerdo con lo establecido en el art. 34.b.1 es posible autorizar la instalación de la terraza en esta zona, ocupando 2 m de ancho por los 4,70 m de longitud de la fachada.
De acuerdo con esto, puede autorizarse la instalación de dos (2) mesas tipo.
3.- Documentación aportada
Justificante del ingreso del depósito previo, de acuerdo con la Ordenanza Fiscal según expte. 329/2005.
Por ello que de conformidad con la Ley 7/99 de 29 de septiembre de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales aprobados definitivamente el 23 de diciembre de 2003, así como con la Resolución de la Presidencia de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales de 27 de diciembre de 2004 ratificada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, la Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales por unanimidad de los presentes, acuerda:
PRIMERO.- AUTORIZAR la instalación de la terraza, condicionada a las siguientes prescripciones:
1º.- Condiciones específicas de la autorización de la terraza
Nombre del establecimiento.- Café Bar Plaza de Toros.
Dirección.- Avenida Doctor Olóriz nº 14
Nº de mesas autorizadas.- Dos (2) mesas tipo.
Definición del emplazamiento.- Frente a la fachada del establecimiento, junto al bordillo, ocupando un espacio máximo de 4,70 m de largo por 2 m de ancho.
Otros elementos autorizados.- Ninguno.
Período autorizado.- Temporada.
Horario.- El horario de funcionamiento será el más restrictivo de los que se aprueben para las terrazas de la zona.
2.-Condiciones generales
Deberá atenerse a la Ordenanza municipal reguladora de la Ocupación de Vía Pública con Terrazas, aprobar por el Pleno municipal del 25 de abril de 2003, publicada en el BOP del 3 de julio de 2003.
La autorización, o la tarjeta municipal con el resumen de la misma, deberá estar en lugar visible de la terraza y exhibirse a la inspección municipal cuantas veces sea requerida.”
9.- 1.387.-Autorización de terraza en c/ Mirador de la Sierra nº 1, “Café-Bar Bonsái”.(Expte. 6094/05).
“En relación a la solicitud de (…), en calidad de titular del establecimiento de hostelería Café Bar BONSAI, con DNI/CIF nº (…) y domicilio a efectos de notificación en c/ Mirador de la Sierra, nº 1, de licencia municipal de ocupación del dominio público para la instalación de terrazas y estructuras auxiliares, recabado y emitido favorablemente por el Arquitecto Técnico Municipal visado por el Ingeniero Municipal el pertinente informe técnico de fecha 9 de junio de 2005, cuyo tenor literal previo a las prescripciones de autorización es el siguiente:
1.- Antecedentes.
Esta terraza fue informada favorablemente en 2004, de acuerdo con las especificaciones de la vigente Ordenanza Reguladora de la Ocupación de la Vía Pública con Terrazas y Estructuras Auxiliares, aprobada en 2003, y al no haberse producido ninguna variación con respecto a las circunstancias de partida, es por lo que procede autorizarla en términos similares a los del año anterior.
2.- Emplazamiento.
Frente a la fachada del establecimiento, la acera no cuenta con ancho suficiente para la instalación de la terraza, por lo que de acuerdo con el art. 33 de la Ordenanza Reguladora de la Ocupación de la Vía Pública con Terrazas y Estructuras Auxiliares, se podría autorizar su instalación en la zona de aparcamiento en línea, ocupando el ancho del mismo por la longitud de fachada del establecimiento, lo que permite la instalación de dos (2) mesas tipo.
3.- Documentación aportada.
Justificante del ingreso del depósito previo, de acuerdo con la Ordenanza Fiscal según expte. 405/2005.
Por ello que de conformidad con la Ley 7/99 de 29 de septiembre de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales aprobados definitivamente el 23 de diciembre de 2003, así como con la Resolución de la Presidencia de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales de 27 de diciembre de 2004 ratificada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, la Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales por unanimidad de los presentes, acuerda:
PRIMERO.- AUTORIZAR la instalación de la terraza, condicionada a las siguientes prescripciones:
1º.- Condiciones específicas de la autorización de la terraza
Nombre del establecimiento.- Café Bar Bonsái.
Dirección.- C/ Mirador de la Sierra nº 1
Nº de mesas autorizadas.- Dos (2) mesas tipo.
Definición del emplazamiento.- Frente a la fachada del establecimiento, en la zona de aparcamiento en línea, ocupando una franja de ancho igual a la del aparcamiento por los 4 m de longitud de la fachada, dejando libre de ocupación la acera y la calzada.
Otros elementos autorizados.- Ninguno.
Período autorizado.- Temporada.
Horario.- El horario de funcionamiento será el más restrictivo de los que se aprueben para las terrazas de la zona.
2º Condiciones generales
Deberá atenerse a la Ordenanza municipal reguladora de la Ocupación de Vía Pública con Terrazas, aprobada por el Pleno municipal del 25 de abril de 2003, publicada en el BOP del 3 de julio de 2003.
La autorización, o la tarjeta municipal con el resumen de la misma, deberá estar en lugar visible de la terraza y exhibirse a la inspección municipal cuantas veces sea requerida.”
10.- 1.388.-Autorización de terraza en c/ Pintor Manuel Maldonado nº 16, “Cafetería Valencia”. (Expte. 7033/05).
“En relación a la solicitud de (…), en calidad de titular del establecimiento de hostelería Cafetería VALENCIA, con DNI/CIF nº (…), y domicilio a efectos de notificación en c/ Pintor Maldonado, nº 16, 4º D, de licencia municipal de ocupación del dominio público para la instalación de terrazas y estructuras auxiliares, recabado y emitido favorablemente por el Arquitecto Técnico Municipal visado por el Ingeniero Municipal el pertinente informe técnico de fecha 9 de junio de 2005, cuyo tenor literal previo a las prescripciones de autorización es el siguiente:
1.- Antecedentes.
Esta terraza fue informada favorablemente en 2004, de acuerdo con las especificaciones de la vigente Ordenanza Reguladora de la Ocupación de la Vía Pública con Terrazas y Estructuras Auxiliares, aprobada en 2003, y al no haberse producido ninguna variación con respecto a las circunstancias de partida, es por lo que procede autorizarla en términos similares a los del año anterior.
2.- Emplazamiento.
La acera de C/ Pintor Manuel Maldonado tiene un ancho de 4,50 m entre la fachada del establecimiento y la zona ajardinada que hay junto al bordillo, de manera que en aplicación del art. 34.b.1 de la Ordenanza sobre instalación de terrazas en aceras, puede instalarse la terraza dejando libre un paso peatonal mínimo de 1.50 m.
De acuerdo con esto, existe espacio suficiente para la instalación de la terraza con las dos (2) mesas solicitadas frente a la fachada del establecimiento.
3.- Documentación aportada.
Justificante del ingreso del depósito previo, de acuerdo con la Ordenanza Fiscal según expte. 405/2005.
Por ello que de conformidad con la Ley 7/99 de 29 de septiembre de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales aprobados definitivamente el 23 de diciembre de 2003, así como con la Resolución de la Presidencia de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales de 27 de diciembre de 2004 ratificada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, la Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales por unanimidad de los presentes, acuerda:
PRIMERO.- AUTORIZAR la instalación de la terraza, condicionada a las siguientes prescripciones:
1º.- Condiciones específicas de la autorización de la terraza
Nombre del establecimiento.- Cafetería Valencia.
Dirección.- C/ Pintor Manuel Maldonado nº 16.
Nº de mesas autorizadas.- Dos (2) mesas tipo, de acuerdo con la solicitud.
Definición del emplazamiento.- Frente a la fachada del establecimiento en C/ Pintor Manuel Maldonado, centrada con respecto a la misma, ocupando una franja de 2 m de ancho máximo por 4 m de longitud, dejando un espacio libre peatonal de 2,50 m. desde la línea de fachada hasta la terraza.
Otros elementos autorizados.- Ninguno.
Período autorizado.- Temporada.
Horario.- El horario de funcionamiento será el más restrictivo de los que se aprueben para las terrazas de la zona
2º Condiciones generales
Deberá atenerse a la Ordenanza municipal reguladora de la Ocupación de Vía Pública con Terrazas, aprobada por el Pleno municipal del 25 de abril de 2003, publicada en el BOP del 3 de julio de 2003.
La autorización, o la tarjeta municipal con el resumen de la misma, deberá estar en lugar visible de la terraza y exhibirse a la inspección municipal cuantas veces sea requerida.”
11.- 1.389.-Autorización de terraza en c/ Sancho Panza nº 9, “Mesón Juan Ramos.”(Expte. 5840/05).
“En relación a la solicitud de (…), en calidad de titular del establecimiento de hostelería Mesón JUAN RAMOS, con DNI/CIF nº (…) y domicilio a efectos de notificación en c/ Sancho Panza, nº 9, de licencia municipal de ocupación del dominio público para la instalación de terrazas y estructuras auxiliares, recabado y emitido favorablemente por el Arquitecto Técnico Municipal visado por el Ingeniero Municipal el pertinente informe técnico de fecha 9 de junio de 2005, cuyo tenor literal previo a las prescripciones de autorización es el siguiente:
1.- Emplazamiento
El tramo de acera de C/ Sancho Panza frente al establecimiento cuenta con un ancho de 5,60 m. De acuerdo con el art. 34.b.1 sobre instalación de terrazas en aceras, podrá ocuparse como máximo los dos tercios de la anchura, lo que supone 3,70 m.
De acuerdo con esto se puede instalar una única fila con cuatro (4) mesas, junto al bordillo, debiendo quedar libre un paso peatonal de 3.20 m entre la terraza y la fachada del establecimiento.
2.- Documentación aportada
§ Justificante del abono de las tasas por ocupación del espacio público según expte. 375/2005.
§ Croquis sin escala de la ubicación prevista para la terraza.
§ Justificante de la comunicación previa a la Comunidad de propietarios de acuerdo con el art. 8.2 de la Ordenanza.
Por ello que de conformidad con la Ley 7/99 de 29 de septiembre de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales aprobados definitivamente el 23 de diciembre de 2003, así como con la Resolución de la Presidencia de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales de 27 de diciembre de 2004 ratificada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, la Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales por unanimidad de los presentes, acuerda:
PRIMERO.- AUTORIZAR la instalación de la terraza, condicionada a las siguientes prescripciones:
1º.- Condiciones específicas
Nombre del establecimiento.- Mesón Juan Ramos.
Dirección.- Sancho Panza nº 9.
Nº de mesas autorizadas.- Cuatro (4) mesas tipo.
Otros elementos autorizados.- Ninguno.
Definición del emplazamiento.- Frente a la fachada del establecimiento en C/ Sancho Panza nº 9, ocupando 8 m de largo por 2 m de ancho, sin que se pueda invadir la zona de acera correspondiente a la proyección del paso de peatones.
Deberá quedar libre un paso peatonal entre la terraza y la fachada del establecimiento de 3.20 m.
Período autorizado.- Temporada.
Horario.- El horario de funcionamiento será el más restrictivo de los aprobados por el Ayuntamiento.
2º Condiciones generales
Deberá atenerse a la Ordenanza municipal reguladora de la Ocupación de Vía Pública con Terrazas, aprobada por el Pleno municipal del 25 de abril de 2003, publicada en el BOP del 3 de julio de 2003.
La autorización, o la tarjeta municipal con el resumen de la misma, deberá estar en lugar visible de la terraza y exhibirse a la inspección municipal cuantas veces sea requerida.”
12.- 1.390.-Autorización de terraza en c/ Tórtola nº 32, “Bar Nido”.(Expte. 7600/05).
“En relación a la solicitud de (…), en calidad de titular del establecimiento de hostelería Bar NIDO, con DNI/CIF nº (…) y domicilio a efectos de notificación en c/ Tórtola, nº 32, de licencia municipal de ocupación del dominio público para la instalación de terrazas y estructuras auxiliares, recabado y emitido favorablemente por el Arquitecto Técnico Municipal visado por el Ingeniero Municipal el pertinente informe técnico de fecha 9 de junio de 2005, cuyo tenor literal previo a las prescripciones de autorización es el siguiente:
1.- Antecedentes.
Esta terraza fue informada favorablemente en 2004, de acuerdo con las especificaciones de la vigente Ordenanza Reguladora de la Ocupación de la Vía Pública con Terrazas y Estructuras Auxiliares, aprobada en 2003, y al no haberse producido ninguna variación con respecto a las circunstancias de partida, es por lo que procede autorizarla en términos similares a los del año anterior.
2.- Emplazamiento.
La configuración irregular del espacio, el paso de peatones, la entrada del inmueble y los elementos de mobiliario urbano, sólo dejan como espacio susceptible de ser ocupado con terraza el tramo de fachada entre el portal y la puerta de entrada al establecimiento y junto a los jardines, a ambos lados del paso de peatones, que deberá quedar libre en toda su anchura, al igual que la puerta de entrada al portal nº 32.
Por lo tanto, el número máximo de mesas que se pueden instalar es de cuatro (4), considerando el modelo tipo.
3.- Documentación aportada.
Justificante del abono de las tasas por ocupación del espacio público según expte. 404/2005.
Por ello que de conformidad con la Ley 7/99 de 29 de septiembre de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales aprobados definitivamente el 23 de diciembre de 2003, así como con la Resolución de la Presidencia de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales de 27 de diciembre de 2004 ratificada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, la Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales por unanimidad de los presentes, acuerda:
PRIMERO.- AUTORIZAR la instalación de la terraza, condicionada a las siguientes prescripciones:
1º.- Condiciones específicas
Nombre del establecimiento.- Bar Nido.
Dirección.- C/ Tórtola nº 32.
Nº de mesas autorizadas.- Cuatro (4) mesas tipo.
Otros elementos autorizados.- Ninguno.
Definición del emplazamiento.- Se instalarán dos mesas junto a la fachada del establecimiento y las otras dos junto a los jardines que delimitan la acera, una a cada lado del paso de peatones, que deberá quedar libre en toda su anchura.
Período autorizado.- Temporada.
Horario.- El horario de funcionamiento será el más restrictivo de los aprobados por el Ayuntamiento, al ser zona eminentemente residencial.
2.-Condiciones generales
Deberá atenerse a la Ordenanza municipal reguladora de la Ocupación de Vía Pública con Terrazas, aprobada por el Pleno municipal del 25 de abril de 2003, publicada en el BOP del 3 de julio de 2003.
La autorización, o la tarjeta municipal con el resumen de la misma, deberá estar en lugar visible de la terraza y exhibirse a la inspección municipal cuantas veces sea requerida.”
13.- 1.391.-Autorización de terraza en Paseo del Salón nº 1,”Cafetería del Salón.(Expte. 8245/05).
“En relación a la solicitud de (…), en calidad de titular del establecimiento de hostelería Cafetería del Salón, con DNI/CIF nº (…) y domicilio a efectos de notificación en Paseo del Salón, nº 1, 1º B, de licencia municipal de ocupación del dominio público para la instalación de terrazas y estructuras auxiliares, recabado y emitido favorablemente por el Arquitecto Técnico Municipal visado por el Ingeniero Municipal el pertinente informe técnico de fecha 31 de mayo de 2005, cuyo tenor literal previo a las prescripciones de autorización es el siguiente: