Boletín Oficial del Estado: 10 de diciembre de 2010, Núm. 300
Ministerio de Política Territorial y Administración Pública
Resolución de 25 de noviembre de 2010, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio de colaboración por el que se crea el Consorcio para la conmemoración del Primer Milenio de la Fundación del Reino de Granada.
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TEXTO
Suscrita adenda al Convenio de colaboración por el que se crea el Consorcio para la conmemoración del Primer Milenio de la Fundación del Reino de Granada, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», cuyo texto figura a continuación.
Madrid, 25 de noviembre de 2010.–El Subsecretario de Política Territorial y Administración Pública, Juan Antonio Cortecero Montijano.
ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN POR EL QUE SE CREA EL CONSORCIO PARA LA CONMEMORACIÓN DEL PRIMER MILENIO DE LA FUNDACIÓN DEL REINO DE GRANADA
En Granada, 5 de noviembre de 2010.
REUNIDOS
La señora doña Juana María Lázaro Ruiz, Subsecretaria del Ministerio de Economía y Hacienda, en representación de dicho Departamento, ejerciendo por delegación (Orden EHA/2359/2008, de 31 de julio), las facultades que atribuye a la Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El señor don Juan Antonio Cortecero Montijano, Subsecretario de Política Territorial y Administración Pública, en representación (Orden de 2 de noviembre de 2010) del Vicepresidente Tercero del Gobierno y Ministro de Política Territorial y Administración Pública, en virtud de los nombramientos efectuados por Real Decreto 553/2009, de 7 de abril, y Real Decreto 1328/2010, de 20 de octubre, actuando en representación de la Administración General del Estado, en el ejercicio de las facultades que tiene atribuidas por la disposición adicional decimotercera de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La señora doña María del Mar Moreno Ruiz, Consejera de la Presidencia nombrada por Decreto del Presidente 15/2010 de 22 de marzo, en representación de la Administración de la Junta de Andalucía,
El señor don José Torres Hurtado, Alcalde del Ayuntamiento de Granada,
El señor don Antonio Martínez Caler, Presidente de la Diputación Provincial de Granada,
El señor don Juan Carlos Usero López, Presidente de la Diputación Provincial de Almería,
El señor don Francisco González Cabaña, Presidente de la Diputación Provincial de Cádiz,
El señor don Francisco Pulido Muñoz, Presidente de la Diputación Provincial de Córdoba,
El señor don Moisés Muñoz Pascual, Presidente de la Diputación Provincial de Jaén,
El señor don Salvador Pendón Muñoz, Presidente de la Diputación Provincial de Málaga,
EXPONEN
Que con fecha 2 de marzo de 2009 fue celebrado en Granada un Convenio de colaboración por el que se crea el Consorcio para la Conmemoración del Primer Milenio de la Fundación del Reino de Granada.
Que dicho Convenio prevé, en su cláusula sexta, que la financiación de los gastos derivados del funcionamiento ordinario del Consorcio, así como de sus actividades, correrá a cargo de las Administraciones Públicas firmantes del Convenio.
Que, de acuerdo con la cláusula segunda de la adenda al Convenio firmada el 25 de noviembre de 2009, las Administraciones Públicas firmantes financiarán el Consorcio, durante los ejercicios presupuestarios sucesivos y hasta el año 2014 incluido. La cuantía de esta financiación, que tendrá como límite la cantidad que se determine a estos efectos en los respectivos presupuestos aprobados para cada una de las partes, así como la correspondiente aplicación presupuestaria sobre la que se imputa, se determinarán en una adenda anual al Convenio.
Que con el fin de adecuar las aportaciones financieras anuales de las Administraciones Públicas firmantes a las exigencias derivadas del desarrollo de actividades y funcionamiento del Consorcio, resulta necesario concretar el límite de la aportación para el ejercicio correspondiente al año 2010 fijado en la cantidad que en cada presupuesto respectivo aprueben los órganos correspondientes, compromiso que queda definido en la presente adenda.
Que, por otra parte, la Ley 26/2009, de 23 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 establece en su disposición adicional quincuagésima novena que la celebración de la «Conmemoración del Milenio de la Fundación del Reino de Granada» tendrá la consideración de acontecimiento de excepcional interés público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Que según establece el citado artículo 27 de la Ley 49/2002, en el Consorcio creado para la Conmemoración del Primer Milenio de la Fundación del Reino de Granada estarán representadas, necesariamente, las Administraciones públicas interesadas en el acontecimiento y, en todo caso, el Ministerio de Hacienda.
De conformidad con ello, las partes firmantes
ACUERDAN
Desarrollar el Convenio de colaboración por el que se crea un Consorcio para la Conmemoración del Primer Milenio de la Fundación del Reino de Granada, mediante la presente adenda, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Adhesión del Ministerio de Economía y Hacienda al Convenio de 2 de marzo de 2009.–El Ministerio de Economía y Hacienda se adhiere al Convenio de Colaboración de dos de marzo de 2009 por el que se crea un Consorcio para la Conmemoración del Primer Milenio de la Fundación del Reino de Granada.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, el Ministerio de Economía y Hacienda estará representado en el Consorcio creado.
Segunda. Modificación de los Estatutos del Consorcio.–Se modifican los artículos 6 y 9 de los Estatutos del Consorcio anexados al Convenio de 2 de marzo de 2009, en los términos siguientes:
«Artículo 6.1 b): Dos representantes de la Administración General del Estado, uno en representación del Ministerio de Economía y Hacienda y el otro en representación del Ministerio de Política territorial y Administración Pública.»
«Artículo 9.1. b): Un representante de la Administración General del Estado, en representación del Ministerio de Economía y Hacienda.»
Tercera. Aportaciones económicas al Consorcio para el año 2010.–Durante el ejercicio presupuestario de 2010, las Administraciones Públicas que participan en el Consorcio financiarán los gastos derivados de su funcionamiento y de sus actividades, con las cuantías siguientes:
La Administración General del Estado: 200.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 22.01.922Q.440 correspondiente al Presupuesto de Gastos del Ministerio de Política Territorial.
La Comunidad Autónoma de Andalucía: 500.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 01.00.460.01.00 del programa 1.1.A correspondiente al Presupuesto de Gastos de la Consejería de Presidencia.
La Diputación Provincial de Granada: 100.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 010.929.A1.48905.
La Diputación Provincial de Almería: 30.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 0800 945 46702.
La Diputación Provincial de Cádiz: 30.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 0001334A46700.
La Diputación Provincial de Córdoba: 30.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 110 9120 46700.
La Diputación Provincial de Jaén: 30.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 2010 82094347600 corregida 2010 82094346700.
La Diputación Provincial de Málaga: 30.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 0011912A046709.
El Ayuntamiento de Granada: 20.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 0101-94500-46701.
Cuarta.–Aportaciones económicas futuras.–Las Administraciones Públicas firmantes financiarán el Consorcio, durante los ejercicios presupuestarios sucesivos y hasta el año 2014 incluido. La cuantía de esta financiación, que tendrá como límite la cantidad que se determine a estos efectos en los respectivos presupuestos aprobados para cada una de las partes, así como la correspondiente aplicación presupuestaria sobre la que se imputa, se determinarán en una adenda anual al Convenio.
Quinta. Régimen jurídico.–El régimen jurídico aplicable al Convenio y a la presente adenda es el establecido en los artículos 6 y 9 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Las posibles controversias o cuestiones litigiosas que pudieran derivarse de su aplicación, interpretación, modificación, efectos o resolución, serán resueltas de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, las partes firmantes del Convenio suscriben la presente adenda al Convenio de 2 de marzo de 2009, en el lugar y fecha indicados.