Normativa: Local
Descansos de taxis
DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD
Descansos de taxis
EDICTO
Por el presente se hace saber que con fecha 22/02/2019, la Concejala Delega de Movilidad y Protección Ciudadana, ha dictado el siguiente Decreto por el que se modifica el descanso de los sábados y domingos para los vehículos auto-taxis.
DECRETO: La Asociación Gremial de Trabajadores Autónomos de Auto-Taxi de Granada y la Asociación Radio Taxi Genil, han presentado escrito en el Registro General 6/02/2019 y el 12/02/2019, la modificación del horario de descanso de los taxis los sábados y domingos, prolongándose una hora, de 7:00 horas a 8:00 horas sin perjuicio de lo estipulado en la Ordenanza municipal respecto a la liberalización de los descansos los fines de semana de Navidad. Esta propuesta se fundamenta en la mejora del servicio a los/las usuarios/as, que demandan estos servicios a las horas de cierre de las discotecas y centros de ocio.
El Responsable de Transportes y Aparcamientos ha emitido informe favorable en el siguiente sentido: “La propuesta presentada se concreta en la modificación del horario de descanso los sábados y domingos, prolongándose una hora, de 7:00 horas a 8:00 horas sin perjuicio de lo estipulado en la Ordenanza municipal respecto a la liberalización de los descansos los fines de semana de Navidad. Esta propuesta se fundamenta en la mejora del servicio a los/las usuarios/as, que demandan estos servicios a las horas de cierre de las discotecas y centros de ocio.
Conforme la Disposición Adicional Primera de la Ordenanza reguladora del Servicio de Transporte Público de Viajeros y Viajeras en Automóviles de Turismo Auto-Taxi en el Municipio de Granada, las licencias que deberán descansar los sábados y domingos coincidirá en cada semana la cifra par o impar del día del mes que corresponda con el número par o impar del número de licencia.
Teniendo en cuenta que ambas asociaciones han solicitado la modificación del horario descrita y esta afecta por igual a todos los taxistas, conforme al plan de descansos establecido, no existe inconveniente en su autorización con el fin de mejorar del servicio de auto-taxi.”
La Disposición Adicional Primera de la Ordenanza reguladora del Servicio de Transporte Público de Viajeros y Viajeras en Automóviles de Turismo Auto-Taxis en el Municipio de Granada, aprobada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno el 25/09/2015 y publicada en el BOP nº 203 de 22/10/2015, establece que: “1....
Asimismo, con carácter anual las asociaciones y organizaciones profesionales del sector del taxi confeccionarán de forma consensuada un calendario anual de descansos de obligado cumplimiento para los días festivos de lunes a viernes. Estos descansos serán para el 50% de la flota desde las 7:00 horas hasta las 20:00 horas coincidiendo con el número de la licencia para o impar en función del calendario establecido. Dicho calendario será equitativo para que descansen el mismo número de días las licencias impares y pares.
3. Asimismo, con motivo de la celebración de festividades, eventos multitudinarios u otras circunstancias debidamente justificadas en la necesidad de adecuar la oferta a la mayor o menor demanda del servicio, previa solicitud motivada al efecto de las asociaciones y organizaciones profesionales del sector del taxi, mediante Decreto de Alcaldía o Concejal/a con competencias delegadas, se podrá autorizar la modificación del intervalo de horas de descanso dentro de los días establecidos en el apartado primero de esta disposición.”
En virtud de lo establecido en la Ordenanza Municipal reguladora del Servicio de Transporte Público de Viajeros y Viajeras en Automóviles de Turismo Auto-Taxi en el Municipio de Granada, y en uso de las facultades que confiere el art. 127.1 y 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con el acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 20 de mayo de 2016, publicado en el BOP núm. 103 de 2 de junio de 2016, por el que se delegan competencias en la Concejala Delegada de Movilidad y Protección Ciudadana, DISPONGO:
PRIMERO: Modificar del horario de descanso de los taxis los sábados y domingos, retrasándose una hora el inicio del descanso obligatorio, de 7:00 horas a 8:00 horas.
SEGUNDO: Notificar a las asociaciones del sector del taxi más representativas y publicar la presente resolución en el BOP para general conocimiento.
Granada, 26 de febrero de 2019.-La Concejala Delegada de Movilidad y Protección Ciudadana, fdo.: Raquel Ruz Peis.
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