2019 Convocatoria Subvenciones Para Sostenibilidad Del Movimiento Vecinal El objeto de las subvenciones para la sostenibilidad del movimiento vecinal es sufragar los gastos generales de funcionamiento de las asociaciones de vecinos generados por el mantenimiento de su sede social y funcionamiento normal de la actividad que le es propia y se desarrolla en la misma, que se hayan generado durante el año de concesión de la subvención.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones para la sostenibilidad del movimiento vecinal las asociaciones de vecinos constituidas conforme al régimen general dispuesto por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Excmo. Ayuntamiento de Granada, y que tengan como fines la defensa de los intereses generales de los vecinos respecto de las cuales, además, no exista a su favor acuerdo de cesión de uso de local o bien inmueble por parte de ninguna Administración pública o entidad de derecho público o privado.
Actualizado: 14/05/2019