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Constituye la empresa
El siguiente paso es la realización de los tramites trámites legales, fiscales y administrativos necesarios para la constitución y puesta en marcha de la empresa.
Es interesante que dispongas de certificado digital ya que, muchos de estos trámites se han de realizar obligatoriamente de forma telemática.
Aqui tienes la dirección de la FNMT: https://www.fnmt.es/ceres
Trámites de constitución
Estos trámites dotarán de personalidad jurídica a la empresa, es decir de la capacidad suficiente para contraer derechos y realizar actividades que generan obligaciones, frente a sí mismos y frente a terceros
Si vas a ser autónomo/a, no necesitas realizar estos trámites ya que la personas físicas tienen personalidad jurídica desde el momento de su nacimiento.
En cambio, si vas a adoptar una forma societaria, sí tienes que realizar los trámites oportunos para adquirirla, siendo el último que da la publicidad y dota de personalidad jurídica a la sociedad su inscripción en el registro Mercantil correspondiente. ( RDL 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital “Con la inscripción la sociedad adquirirá la personalidad jurídica que corresponda al tipo social elegido”).
Estos trámites vienen determinados por la fórmula jurídica elegida y siguen un orden temporal.
En este enlace tienes la identificación de los trámites de constitución según la forma jurídica que vayas a adoptar:
https://plataformapyme.es/es-es/creacion/Paginas/proceso-de-constitucion.aspx
Hacer una mención especial a las cooperativas ya que en Andalucía se regulan a través de la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas; existe un procedimiento específico para la constitución de este tipo de sociedades de economía social.
En el siguiente enlace dispones de la información tanto de sus características como de los distintos los tramites de constitución a realizar.
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/areas/economia-social/cooperativas.html
Trámites de puesta en marcha
Son los procedimientos administrativos necesarios para el inicio de la actividad de la empresa y se realizan en al ámbito fiscal, de la seguridad social y de las distintas administraciones.
Los más habituales se realizan en la Agencia Estatal Tributaria, la Tesoreria General de la Seguridad Social y en el Ayuntamiento del municipio donde vayas a desarrollar tu actividad.
Para algunas actividades pueden ser precisos trámites de carácter específico.
Puedes ampliar esta información en :
https://plataformapyme.es/es-es/creacion/Paginas/tramites-puesta-en-marcha.aspx
A nivel municipal, el Ayuntamiento de Granada es el competente para otrogar dos de las licencias necesarias para el inicio de tu actividad.
– Licencia de obras: En el caso de que necesites realizar algun tipo de obra en el local o terreno donde vayas a desrrollar tu actividad necesitaras tener esta licencia que es un permiso emitido por las administración local, para la realización de cualquier tipo de construcción; supone la autorización municipal para realizar las obras. Su fin es comprobar la adecuación de la solicitud de licencia a lo establecido en la normativa urbanística.
– La licencia de apertura es una Autorización municipal que permite comenzar la actividad tras comprobar que los locales e instalaciones correspondientes reúnen las condiciones idóneas de tranquilidad, seguridad, salubridad y accesibilidad, se ajustan a los usos determinados en la normativa y planeamiento urbanístico, así como cualquier otro aspecto medio ambiental establecido en las ordenanzas o norma sectorial aplicable.
La licencia de apertura o actividad se concede al dueño de un negocio para el desarrollo de una actividad determinada. Debe renovarse cada vez que cambie la actividad desarrollada en el local, que haya modificaciones en el mismo o que cambien los propietarios del negocio, por ejemplo en caso de traspaso.
Puedes obtener toda la información de ambas licencias en el siguiente enlace.
https://www.granada.org/inet/ventanilla.nsf/4bbb77ba029296b2c125788b003a08bd/200ac8af85ff545ac12573a8004634f5!OpenDocument
Recuerda que puedes beneficiarte de las bonificaciones municipales
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